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Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Archief
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Segundo informe de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Segundo informe de estado de avance de las acciones de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" a octubre de 2023.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Expediente Caso 14.147

Expediente de la presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del caso 14.147 por el incumplimiento por parte del Estado argentino de los artículos 50 y 61 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Vinculado a la anulación de sentecias a represores condenados por delitos de lesa humanidad, en los casos de Rodolfo Omar Farias y Glasdys Noemí Musante, en el marco de la aplicación de las leyes 23.492 y 23. 521 conocidas con Ley de Punto Final y Ley de Obediencia Debida respectivamente. Contiene correspondencia deTorres Molina y su patrocinada Alicia Consuelo Herrera, con la CIDH, presentaciones ante la Comisión, un informe del año 1992 de ésta y copias del expediente judicial.

Torres Molina, Ramón Horacio

Artículos sobre dictadura y la lucha de Madres de Plaza de Mayo

Esta serie reúne artículos, mayormente periodísticos, acerca de la detención y desaparición de Eduardo Korsunsky así como de la dictadura en general y sobre la lucha de Madres de Plaza de Mayo, especialmente de la búsqueda de Celia Jinkis de su hijo Eduardo. De las décadas de 1970 y 1980, algunos de ellos son recortes de las solicitadas publicadas en diferentes medios por la aparición de detenidos desaparecidos, entre los cuales se menciona a Eduardo. Otros, por su parte, tienen la foto de Eduardo y un texto sobre la búsqueda de su paradero. Por otro lado, hay artículos sobre su detención y desaparición en particular y sobre la desaparición de otros pampeanos y la causa llevada adelante por la búsqueda de treinta casos.
De la década de 1990, hay dos artículos periodísticos en los que se informa acerca de la decisión de la Comisión de festejo del centenario de la Escuela N°15 "José Hernández" de no permitir un homenaje a Eduardo Sergio Korsunsky.
Asimismo hay artículos sobre Celia y su lucha, sobre los juicios por crímenes de lesa humanidad, acerca del Padre Carlos Mujica, sobre un homenaje a ex alumnos de la Escuela General Mosconi de Ingeniero White que se encuentran detenidos desaparecidos, entre otros, que reflejan las preocupaciones de Celia Jinkis y el camino de búsqueda de su hijo, tras su desaparición en 1976.

Jinkis de Korsunsky, Celia

Tramitaciones de Celia Jinkis de Korsunsky por la desaparición de Eduardo Korsunsky

Esta serie reúne tramitaciones realizadas por Celia Jinkis de Korsunsky a partir de la detención y desaparición de su hijo Eduardo Korsunsky en 1976, incluyendo las acciones judiciales realizadas desde ese momento para localizar su paradero. Contiene distintos tipos de presentaciones judiciales como por ejemplo borradores de recursos de habeas corpus, ampliación de medidas y acciones, reiteratorios frente a las negativas de los habeas corpus recibidas de las distintas instancias y jurisdicciones del Poder Judicial. También pueden encontrarse declaraciones testimoniales y comunicaciones intercambiadas con los juzgados y tribunales en el marco de investigaciones sobre delitos de lesa humanidad a partir de la reapertura de los juicios en el año 2003, así como copia de las pruebas documentales presentadas. Finalmente, también se encuentran algunas de las denuncias realizadas ante distintos organismos nacionales e internacionales de derechos humanos. El recorrido por estos documentos permite recuperar el derrotero que significó para miles de Madres de Plaza de Mayo la búsqueda de sus hijos detenidos desaparecidos por la dictadura cívico militar.

Jinkis de Korsunsky, Celia

Colección Guillermo Bernasconi

  • AR-ANM-GB
  • Collectie
  • Década de 1970 - 2012

El núcleo de la colección está constituido por documentación que perteneció al Comando I Cuerpo del Ejército Argentino. El Comando del I Cuerpo de Ejército se encuentra sito en el barrio de Palermo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el cruce entre las Avenidas Santa Fe y Bullrich. El mismo ha sido cabeza de una de las grandes Unidades de Batalla del Ejército Argentino, el I Cuerpo de Ejército creado originariamente en la zonificación en febrero de 1960. Dicha zona abarcó al comienzo la Capital Federal, la Provincia de Buenos Aires y La Pampa. A partir de la directiva 404/75, de octubre de 1975, la cual pone en ejecución la directiva 1/75 y posteriormente en marzo de 1976, mediante la directiva 405/76, llamada “Reestructuración de jurisdicciones y adecuación orgánica para intensificar las operaciones contra la subversión” se adecúan nuevamente las zonas modificando las competencias territoriales del Comando de la zona I . Allí se excluye de la zona I un conjunto de Partidos del noreste de la provincia de Buenos Aires que pasan a conformar la Zona IV. Por la zona militar bajo su responsabilidad durante la última dictadura cívico militar de 1976 ha sido el comando que tuvo bajo su órbita el mayor número de habitantes 11,5 millones de personas, con 7 subzonas y 31 áreas. Hacia finales de 1979, una nueva readecuación excluye de su incumbencia la Provincia de La Pampa. Entre los documentos sacados del Ejército, hay partes de inteligencia; documentos con fotos de distintitas personas tipo prontuario, de las que se consignaba nombre y apodo; notas entre miembros del Ejército con el objeto de enviar información sobre personas y documentos adjuntos de secuestrados; copias de documentos pertenecientes a organizaciones como Montoneros, Partido Revolucionario de los Trabajadores, Partido Comunista, Partido Obrero, Partido Comunista Revolucionario, entre otras; y documentos vinculados con el terrorismo de Estado en Chile. Muchos de los documentos, por la forma en que fueron obtenidos, se encuentran incompletos y poseen numeraciones dadas probablemente por el Ejército al incluirlos como anexos en partes de inteligencia o expedientes de documentación tomada en secuestros y allanamientos. Un alto porcentaje de la documentación tiene también sellos que indican "Secreto" o "Estrictamente secreto y confidencial". Adicionalmente, hay algunas publicaciones como un ejemplar de "Síntesis de prensa" en la que el Ejército analiza los principales titulares de tapa de diferentes medios gráficos de agosto de 1982 y el libro "Fichas de instrucción".
Entre los documentos personales, se incluye el DNI del donante, una orden de salida permanente del Comando I Cuerpo del Ejército Argentino (1982), el llamado al servicio de conscripción (marzo 1982) y la libreta del Servicio Militar Obligatorio (mayo 1982).
En cuanto a los documentos que Bernasconi añadió a este núcleo, se encuentran artículos de prensa de diversos medios como Clarín, Viva, La Nación, El País, Sur; folletos y volantes sobre el terrorismo de Estado en Argentina y las respuestas de la sociedad que el productor fue recopilando a lo largo de los años en circunstancias diversas y que entiende que ilustran la historia del país sentida como su historia personal.

Bernasconi, Guillermo

Colección Horacio Pietragalla Corti

  • AR-ANM-HPC
  • Collectie
  • 2021

La colección reúne copias digitales de documentos sobre Liliana Corti, nacida el 9 de mayo de 1950 en la ciudad de Buenos Aires, y Horacio Miguel Pietragalla, nacido el 3 de agosto de 1948 en la misma ciudad, quienes fueron militantes de la organización política Montoneros. También hay documentos de Horacio Pietragalla Corti, segundo hijo de la pareja, nacido el 11 de marzo de 1975.
El 15 de octubre de 1975 Horacio Miguel Pietragalla fue detenido en la ciudad de Córdoba y asesinado el 8 de noviembre del mismo año, mientras que Liliana Corti fue asesinada el 4 de agosto de 1976 en un operativo realizado en la casa donde vivía en Villa Adelina. El niño hijo de la pareja, de cinco meses, fue llevado por personal policial a la Clínica Mayo y a la Brigada Femenina de San Martín, siendo luego entregado por el teniente coronel Hernán Tetzlaff a una mujer que trabajaba como empleada doméstica en su domicilio.
En el año 2002 Pietragalla Corti inicia el proceso de reconstrucción de su identidad a través de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI). El 4 de abril de 2003 el resultado de los estudios de ADN confirmó que se trataba de Horacio, hijo de Liliana Corti y Horacio Miguel Pietragalla, constituyendo el nieto número 75 que las Abuelas de Plaza de Mayo restituyeron a su familia biológica. Los restos de Liliana Corti y los de Horacio Miguel Pietragalla fueron exhumados e identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en el año 2004 y 2003 respectivamente.
La colección está constituida por documentos personales de Liliana y Horacio Miguel, tales como la invitación al casamiento de la pareja, la libreta de familia, certificados de nacimiento y defunción, fotografías, tarjetas, postales, algunas cartas que Horacio Miguel enviaba de niño, certificado de vacunación, la cédula de identidad del Ejército, el certificado de juramento a la bandera y un programa de una obra teatral en la que actuó Pietragalla, entre otros.
Hay, además, documentación de la actividad laboral de Liliana como es la copia fiel de su legajo de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), reparado por medio del decreto 1199/12 que alcanzó a las y los empleados/as de la Administración Pública Nacional que se encontraran en condición de desaparición forzada o hayan sido asesinados/as como consecuencia de la acción del terrorismo de Estado entre 1955 y 1983. El legajo cuenta con documentos como planillas y solicitudes de licencias y antecedentes administrativos que registran licencias por detenciones y su renuncia el 01 de enero de 1976.
También se encuentran documentos vinculados al ámbito educativo de Horacio Miguel. Hay una copia de su legajo de la Universidad de Buenos Aires, donde cursó sus estudios de Sociología, y un certificado de las materias realizadas. Asimismo hay un duplicado de su título de Bachillerato nocturno realizado en el Instituto Privado Incorporado a la Enseñanza Oficial Cardoso y los correspondientes boletines de calificaciones, certificados de conducta y algunos apuntes sobre historia argentina.
Adicionalmente hay algunos artículos periodísticos sobre el retorno al país del ex Presidente Juan Domingo Perón luego del exilio en 1972.
Una gran parte de la colección se encuentra conformada por la reunión de documentos vinculados a la desaparición forzada de Horacio Miguel y Liliana en 1975 y 1976 respectivamente, así como documentación vinculada a la búsqueda y restitución de la identidad de su hijo Horacio Pietragalla Corti. En este sentido, se encuentran solicitudes de paradero de Horacio Miguel presentadas por el padre de Horacio, Gerardo Horacio Pietragalla, y por su madre, María Angélica Ventura de Pietragalla, así como las respuestas obtenidas por el Ministerio del Interior notificando el desconocimiento de la ubicación de Horacio Miguel y certificando que no se encontraba detenido. Asimismo, hay solicitudes del paradero de su nieto Horacio Pietragalla Corti. También hay notas al Ministerio del Interior enviadas por el padre de Liliana, José Antonio Corti, solicitando conocer el paradero de su nieto y la respuesta del Ministerio, mientras que, en otras notas, el padre de Liliana solicita el cuerpo de su hija. Se puede encontrar además, una copia certificada por el Archivo Provincial por la Memoria de Córdoba del expediente 186.340 de 1976 del Ministerio del Interior iniciado por Gerardo Horacio Pietragalla solicitando información sobre el paradero de su hijo y otros documentos obrantes en ese Archivo provincial. Finalmente, se añaden documentos de las causas que investigan la sustracción, desaparición, retención y ocultamiento del niño Horacio Pietragalla Corti como por ejemplo la solicitud de acumulación de las causas, citaciones judiciales a declarar, entre otros documentos que evidencian la intensa búsqueda de la verdad y la justicia por parte de la familia de Liliana y Horacio Miguel así como de organismos de Derechos Humanos como Abuelas de Plaza de Mayo.

Pietragalla Corti, Horacio

Fondo ANM (Archivo Nacional de la Memoria)

  • AR-ANM-ANM
  • Archief
  • 1973 - 2024

El Archivo Nacional de la Memoria en cumplimiento de su misión y funciones produce y recibe documentos que dan testimonio de su vida institucional. Es por ello que en su fondo se puede encontrar una amplia cantidad de documentos generados por sus dependencias, siendo la documentación más voluminosa la administrativa y de recursos humanos (correspondencia, memos, convenios, presupuestos, trámites internos, informes, normativas, contratos, registro y control de bienes patrimoniales, expedientes de compras, recibos de pagos, registro de asistencia, entre tantos otros).
Asimismo, este fondo permite acercarse a las acciones de cooperación internacional con la región del Mercosur como de países europeos, desacatándose los convenios con el gobierno del Reino de España, UNICEF, PNUD y la participación en el Programa de Apoyo al Desarrollo de los Archivos Iberoamericanos (ADAI) que aportaron al fortalecimiento institucional del Archivo, desde el 2005 al 2014. Además, en el marco de la construcción del Espacio y Centro Cultural para la Memoria Trelew en el viejo aeropuerto de la ciudad, podemos encontrar las notas remitidas por este tema tanto desde la Secretaría Ejecutiva del ANM como por el Secretario de Derechos Humanos de la Nación así como planos y fotos del aeropuerto, proyectos e informes vinculados con su construcción, folletería de difusión de la Secretaría de Derechos Humanos sobre el tema, síntesis de reuniones, propuestas y Actas de las reuniones de la Comisión Bipartita y Comisión Ad-hoc, entre otros.
A partir de las actividades de obtener, investigar y preservar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que este comprendida la responsabilidad del Estado Argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas violaciones, el Archivo produjo diversa documentación tal como:
Registros de testimonios de víctimas de desaparición forzada y del accionar represivo en el Cono Sur, conformados hasta julio 2013; registros censales de personas de nacionalidad argentina o extranjeros, que revistieron el carácter de presos políticos en la República Argentina en el período comprendido entre el 16 de septiembre de 1955 y el 10 de diciembre de 1989, generados desde el 2009 hasta el 2014; oficios judiciales e informes que hasta el día de hoy se producen, para dar respuesta a las solicitudes de antecedentes de personas por violaciones a los derechos humanos en el marco de las Ordenanzas 1/94 y 1/04 de la Prefectura Naval Argentina y el Decreto 157/2006 que regula la actividad de las empresas de seguridad privada en el ámbito de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; documentación generada a partir de las investigaciones llevadas a cabo por el Archivo: sobre las violaciones a los derechos humanos que sufrieron personas de origen español en la Argentina, Sitios de Memoria y ex Centros Clandestinos de Tortura y Exterminio, Ley de Residencia, Masacre de Trelew, Golpe de estado de 1955, Bombardeo de la Plaza de Mayo el 16 de Junio de 1955, Plan CONINTES (Conmoción Interna del Estado) el Cordobazo, Plan Cóndor, Doctrina de Seguridad Nacional, entre otras.
Prevalece una gran cantidad de registros fotográficos de actividades institucionales y de promoción de los derechos humanos, entre la cuales se encuentran las fotografías tomadas durante las actividades de la Comisión Especial de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) responsable de investigar la masacre ocurrida el 11 de septiembre de 2008 en la localidad boliviana de Pando. Se suman a estos registros fotografías de los edificios que funcionaron como Centros Clandestinos de Detención y del trabajo desarrollado por los trabajadores del ANM en la recuperación, tratamiento archivístico y conservación documental.
También hay registros audiovisuales de actividades institucionales en relación a los derechos humanos, actos y recorridos en el ex CCD ESMA y colocación de los carteles en los edificios de las distintas dependencias del Estado y de los organismos de derechos humanos; actividades de la recuperación y puesta en valor de los edificios que integran el predio del ex CCD ESMA; señalizaciones impulsadas por la Red Federal de Sitios de Memoria en lugares donde funcionaron centros clandestinos de detención, tortura y exterminio; actividades, actos y movilizaciones en el marco de los juicios de lesa humanidad que se siguen a los represores de la última dictadura militar y videos institucionales sobre la defensa y promoción de los derechos humanos y que se proponen visibilizar el operar del terror de Estado así como sus prácticas, mecanismos y efectos y las experiencias y legados de las organizaciones políticas y sociales y las militancias. Además, una gran cantidad de entrevistas a personas representativas de la vida política, social y cultural de la Argentina conforman el Archivo Oral.
También puede encontrarse dentro de este fondo tanto las comunicaciones, acuerdos, listados y documentos de trabajo vinculados con la "Mesa de Archivos", coordinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. Esta Comisión Técnica Mixta, compuesta por distintas instituciones de archivos públicos, representantes del Ministerio Público Fiscal y organismos de derechos humanos, se creó en el marco de los acuerdos bilaterales específicos realizados entre Argentina con Brasil, Uruguay y Chile en el ámbito de la Reunión de Altas Autoridades en materia de Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR (RAADDHH). El objetivo de estos acuerdos bilaterales (también conocidos como Memorandos de Entendimiento - MOU) es el intercambio de documentación para el esclarecimiento de graves violaciones a los derechos humanos entre los diferentes países. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación ha sido parte activa desde el principio en estos acuerdos, derivando la participación en las reuniones en el Archivo Nacional de la Memoria. Es atribución del ANM también la reunión y preservación de las copias de toda la información circulante en el marco de estos Memorandos: tanto aquella entregada por las instituciones nacionales (Cancillería, Ministerio de Defensa, Ministerio de Seguridad, Ministerio Público Fiscal, Comisión Provincial por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires, entre otras) como aquella provista a la Argentina por instancias de carácter internacional, siguiendo los criterios de confidencialidad que emanan de los acuerdos.
En cumplimiento de sus actividades fundamentales, vinculadas a "obtener, analizar, clasificar, duplicar, digitalizar y archivar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que esté comprometida la responsabilidad del Estado Argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas violaciones", el ANM crea colecciones en relación a sus intereses con documentos provenientes de diversos fondos de otras instituciones. Cada uno de estos agrupamientos, aunque vinculados estrechamente a las misiones del ANM, se describe de manera independiente.

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

Primer informe de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Informe de estado de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" del 16 de diciembre de 2022 en el que se informa las responsabilidad asumidas por cada miembro en cuatro reuniones realizadas.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Fondo Departamento 2 de Informaciones de la Policía de la Provincia de San Juan

  • AR-ANM-D2SJ
  • Archief
  • 1956-2003 (1967-1985)

Según la Ley Orgánica de la Provincia de San Juan Nº 3612, de 1970, la estructura de la policía provincial de la provincia de San Juan se componía de cinco departamentos, el D2 correspondía a Informaciones Policiales. Esta estructura se replicaba a nivel de las Fuerzas Armadas y de otras policías provinciales (D1 Personal, D2 Informaciones/Inteligencia, D3 Operaciones, D4 Logística, D5 Judicial en el caso de San Juan, también podía ser Asuntos Civiles o Territoriales en otras provincias). Los representantes del Ministerio Público Fiscal que investigaron su funcionamiento consideraron que el D-2 "realizaba el trabajo de inteligencia, y también intervenía en lo operativo"; el D-3 "prestaba el apoyo operativo a las acciones del D-2"; el D-4 "acompañaba con la logística", y el D- 5 "manejaba la información judicial existente de todas las víctimas, no así la política, que la obtenía, seleccionaba y utilizaba el D-2". A partir de la Directiva del Consejo de Defensa 1/75 del 15 de octubre de 1975, las policías provinciales quedaban bajo control operacional de las Fuerzas Armadas. En el territorio de San Juan, la policía provincial quedaba bajo las órdenes del Regimiento de Infantería de Montaña Nº 22 del Ejército.
El fondo se compone de los documentos producidos por el Departamento 2 de la Plana Mayor de la Policía Provincial, en el cumplimiento de sus funciones. Se encuentra en proceso de identificación las series documentales que lo integran. Por lo tanto, por el momento, se puede constatar solamente la existencia de fichas e informes de antecedentes y recortes periodísticos vinculados al seguimiento de personas y actividades de universidades, partidos políticos, gremios, sindicatos, entidades religiosas, entre otros.
El fondo reúne los siguientes biblioratos, que contienen lo que se detalla a continuación:

  • "Antecedentes de Personas (V25)": notas vinculadas a solicitudes y remisiones de antecedentes de personas, e informes de antecedentes. Se incluyen formularios con datos personales, educativos, laborales, ideológicos, gremiales, religiosos y /o judiciales.
  • "Gremios": comunicaciones, notas, recortes de prensa, volantes, artículos periodísticos, listados de comisiones directivas de distintos sindicatos, listados de organizaciones gremiales, invitaciones, designaciones, notas de peticiones de permiso para asambleas.
  • "Movimientos universitarios": recortes periodísticos de temas universitarios, certificados de alumno regular, ordenanzas internas, organigramas, listados de autoridades de universidades y folletos.
  • "Partidos políticos": recortes de prensa, listado de autoridades de los partidos, informes de inteligencia, informes de actividades, declaraciones de figuras políticas, listados de Comisiones Directivas de los partidos, volantes, boletines, listas de candidatos y volantes de votaciones.
  • "Subversión": partes de inteligencia semanales, recortes de prensa, nóminas de pasajeros, volantes, revistas, listados de automóviles que ingresan a la provincia.
  • "Entidades religiosas": Recortes de prensa, notificaciones, publicaciones y peticiones de autorizaciones.
  • "Residentes extranjeros": Recortes de prensa, solicitudes de informes de antecedentes, informes de antecedentes, cartas de ciudadanía, censos.
  • "Medios de comunicación": Listado de periodistas acreditados por el Mundial 78, artículos, recortes periodísticos sobre canales de TV, repetidoras, notas vinculadas a la prohibición de libros, y programación de medios.
  • "Personal de Informaciones policiales": Informes de novedades, memorandos, listados con nombres de personas
  • "Alta. Promoción. Baja personal policial": partes informativos semanales y Órdenes del día.
  • "Organismos de Derechos Humanos": recortes de prensa, informes de inteligencia, listados de personas desaparecidas en San Juan, volantes y folletos.
    Además, hay legajos policiales de detenidos a disposición del PEN, recortes de prensa sobre la Asocicación Amigos Sanjuaninos, memos e informes varios de los años 2002 a 2003.
    Por último, forma parte del fondo, un fichero donde figuran, ordenadas alfabéticamente, antecedentes de personas.

Argentina. Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de San Juan

Expediente Caso 10.181

Expediente de la presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del caso 10.181 por el incumplimiento por parte del Estado argentino de los artículos 50 y 61 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Vinculados a la anulación de sentecias a represores condenados por delitos de lesa humanidad, en el caso de Silvia Mabel Isabella Valenzi, en el marco de la aplicación de las leyes 23.492 y 23. 521 conocidas con Ley de Punto Final y Ley de Obediencia Debida respectivamente. Contiene correspondencia de Torres Molina y su patrocinada, Rosario Isabella Valenzi de Sanchez, con la CIDH, presentaciones ante la Comisión, un informe del año 1992 de ésta y copias del expediente judicial.

Torres Molina, Ramón Horacio

Colección Ramón Torres Molina

  • AR-ANM-RHTM
  • Collectie
  • 1988 enero 14 -1992 octubre 21

La colección reúne dos expedientes producidos por Ramón Horacio Torres Molina en el cumplimiento de sus funciones como abogado de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo y de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas. Refieren a dos casos presentados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), caso 10.181 y caso 10.147, por el incumplimiento por parte del Estado argentino de los artículos 50 y 61 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), vinculados a la anulación de sentecias a represores condenados por delitos de lesa humanidad en el marco de la aplicación de las leyes 23.492 y 23. 521 conocidas con Ley de Punto Final y Ley de Obediencia Debida respectivamente.

Torres Molina, Ramón Horacio

Colección Causa Camps v. Bravo Evidence

  • AR-ANM-BRAVO
  • Collectie
  • 2022

La colección se compone de copias digitales de la documentación presentada como evidencia en el juicio llevado a cabo en Florida (Estados Unidos) contra Roberto Guillermo Bravo por las cuatro víctimas Alberto Camps, Eduardo Cappello, Rubén Bonet y Ana María Villarreal de Santucho de la Masacre de Trelew. Bravo se mudó a los Estados Unidos en 1973, donde evadió la justicia hasta que los clientes del Center for Justice and Accountability (CJA) lo demandaron. En julio de 2022, un jurado de Florida lo declaró responsable de ejecución extrajudicial, intento de ejecución extrajudicial y tortura en la Masacre de Trelew. La evidencia incluye el testimonio de uno de los tres únicos sobrevivientes de la Masacre, del personal que trabajó en la Base Naval Almirante Zar durante o inmediatamente después de la Masacre, y de nuestros clientes y otros familiares de las víctimas. También incluye evidencia fotográfica y documental de las lesiones de las víctimas, un informe contemporáneo sobre la Masacre realizado por militares argentinos, así como el testimonio pericial de nuestros expertos legales, históricos, forenses y médicos.
También se incluye documentación recopilada por la defensa que no fue admitida como evidencia en el juicio. La mayoría de los documentos se encuentran en idioma inglés.
Entre los documentos vinculados a la causa se encuentran:

  • Las transcripciones del proceso judicial del caso civil Camps et al. v. Bravo
  • Las transcripciones completas de las declaraciones previas al proceso judicial del caso civil Camps et al. v. Bravo de Carlos Celi, Carlos Marandino, Roberto Bravo y Julio Ulla.
  • Los videos de las declaraciones completas previas al proceso judicial del caso civil Camps et al. v. Bravo de Carlos Celi, Carlos Marandino, Roberto Bravo y Julio Ulla.
  • El expediente completo del proceso judicial del caso civil Camps et al. v. Bravo.
  • El expediente completo del proceso de extradición de Roberto Bravo en el año 2010.
  • Las transcripciones de la audiencia relacionada al proceso de extradición de Roberto Bravo en el año 2010.
  • El expediente completo del proceso de extradición de Roberto Bravo en el año 2019.
  • Las transcripciones de las audiencias relacionadas al proceso de extradición de Roberto Bravo en el año 2019.
  • Los documentos del proceso penal en Argentina relacionado con la Masacre de Trelew (2006 - 2012) que están en posesión de el “CJA”.
  • Informes de expertos (el historiador Brennan, el prof. Langer sobre derecho comparado, el médico forense Dr. Anderson, y el físico forense Dr. Pregliasco) junto con notas del CJA donde se señalan las transcripciones de sus declaraciones en vivo.
  • Diario del juicio: informe de la Clínica Internacional de Defensa de los Derechos Humanos en la Facultad de Derecho de la Universidad Estatal de Florida, Estados Unidos.

Center for Justice and Accountability

Informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Esta serie incluye los oficios de creación, normas de funcionamiento y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Correspondencia de Celia Jinkis de Korsunsky

Esta serie reúne correspondencia de Celia Jinkis de Korsunsky, mayormente vinculada a la detención y desaparición de su hijo, Eduardo Korsunsky, en agosto de 1976. Muchas de las cartas, y algunos borradores de las mismas, están dirigidas a diversas autoridades civiles y eclesiásticas así como a las Fuerzas Armadas y de Seguridad solicitando ayuda para dar con el paradero de Eduardo. Asimismo hay algunas cartas enviadas o recibidas de organismos internacionales como Amnistía Internacional (AI), la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y otras a embajadas de diferentes países. Entre las respuestas recibidas, ninguna ofrece información de su hijo. Estas comunicaciones registran la intensa búsqueda de su hijo que Celia llevó adelante desde el día de su desaparición.

Jinkis de Korsunsky, Celia