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Fondo Juicio a las Juntas

  • AR-ANM-JJ
  • Arquivo
  • 1983 - 2023

A través del Decreto 158 del 15 de diciembre de 1983, el gobierno de Raúl Alfonsín ordenó la realización de un juicio sumario a los integrantes de las Juntas Militares que estuvieron en el poder desde el 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de Malvinas. Tras derogar la “Ley de autoamnistía” sancionada hacia el final de la dictadura, el 28 de diciembre de 1983 el gobierno comunicó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que debía iniciar la instrucción y el juicio sumario de la que más tarde sería conocida como “Causa 13”.
Apoyándose en la ley 23.049/84 de reforma de del Código de Justicia Militar, y ante las demoras del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas para juzgar a sus pares, el 4 de octubre de 1984 la Cámara Federal desplazó al tribunal castrense y por avocación continuó con la investigación.
No obstante a cargo de la justicia penal, el proceso judicial se realizó bajo los procedimientos del Código de Justicia Militar, que imponía el juicio sumario, oral y público. Por decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones, el canal estatal de televisión, Argentina Televisora Color (ATC), registró íntegramente el desarrollo del juicio.
Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 tuvieron lugar las audiencias orales del juicio en las que prestaron declaración testimonial 833 personas citadas por las defensas y por el Ministerio Público. Entre agosto y septiembre se dio lectura a la acusación presentada por la Fiscalía y entre los meses de octubre y noviembre tuvieron lugar los alegatos de las defensas de los ex comandantes. El 9 de diciembre de 1985, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dictó sentencia fundada en el análisis de 709 casos presentados. Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera fueron condenados a reclusión perpetua; Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión; Armando Lambruschini a ocho años y Orlando Ramón Agosti a cuatro años y seis meses. Omar Domingo Rubens Graffigna, Basilio Arturo Lami Dozo, Leopoldo Fortunato Galtieri y Jorge Isaac Anaya fueron absueltos.
El fondo comprende la totalidad de las audiencias orales (530 horas) producidas en el marco del proceso judicial conocido como Juicio a las Juntas Militares, en el que se juzgó a los nueve miembros de las tres primeras Juntas Militares como responsables por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en Argentina durante la dictadura cívico-militar durante los años 1976 y 1983. Como material complementario fueron digitalizadas las actas mecanografiadas del juicio.
Asimismo, contiene copia digital de los 185 cuerpos de la Causa13/84 caratulada 'causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional'. Así como copia de las actas mecanografiadas de las manifestaciones vertidas por el Tribunal, las partes y testigos en el transcurso de la audiencia.
El fondo también reúne la documentación aportada como prueba por cada una de las partes. Se destacan los "cuadernos de la defensa" de Ramón Orlando Agosti, Leopoldo Fortunato Galtieri, Armando Lambruschini, Emilio Eduardo Massera, Jorge Rafael Videla y Roberto Eduardo Viola; así como las Directivas, Planes y Reglamentos de las tres Fuerzas Armadas. También hay copia de los expedientes del Consejo de Guerra Especial Estable. A su vez, pueden encontrarse la documentación traducida del idioma inglés aportada como cuaderno de prueba de la Fiscalía, documentación y reclamos gestionados a través de la Cancillería argentina vinculados a denuncias realizadas en el exterior y copia de la documentación aportada por los testigos.
Por su parte, pueden encontrarse copias de las denuncias vinculadas a desapariciones forzadas de personas recibidas por el Ministerio de Defensa durante el periodo de la dictadura, distintas denuncias de privación ilegítima de la libertad recibidas ante la justicia de las provincias de Entre Ríos, Mendoza y Santa Fe y copia de todos los habeas corpus presentados durante el juicio.

Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal

Fondo Subsecretaría del Interior (Ministerio del Interior de la Nación)

  • AR-ANM-BANADE
  • Arquivo
  • 1973-1992 (1976-1983)

En el estado preliminar de tratamiento archivístico en el que se encuentra el fondo, se puede inferir que este comprende documentos de la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior, particularmente de la Dirección General de Publicaciones y la Dirección General de Seguridad Interior. La mayoría de estos documentos se vinculan con el seguimiento y tratamiento de los medios de comunicación y publicaciones realizados por ese Ministerio durante la dictadura, pero no exclusivamente.
El Ministerio del Interior, a cargo del General de Brigada Albano Harguindeguy, concentró durante la dictadura el poder de policía, es decir, la capacidad de sanción acerca de todo lo que era caracterizado como una amenaza a la Seguridad Nacional. La Subsecretaría del Interior, a cargo del Coronel José Ruiz Palacios, recibía información proveniente de: a) la Secretaría de Información Pública (SIP) tales como informes de situación psicosocial y comportamiento de medios; b) la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE): sondeos, encuestas y partes informativos sobre noticias relativas al gobierno; c) y de los distintos organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Aduana, Correos, Policía Federal, entre otros. Por este motivo, pueden encontrarse dentro del fondo notas e informes de otras dependencias del Estado nacional y provinciales.
Para la dictadura cívico-militar, el análisis de los medios de comunicación social (MCS) incluía tanto a) las publicaciones: editoriales, diarios, revistas, libros, corresponsales extranjeros, agencias de noticias, imprentas, sistemas de distribución y comercialización, vía pública –afiches, fotografías, y productoras de discos–; como b) los espectáculos: teatros y café concert, conferencias, exposiciones, congresos, entre otros. Y dentro del Ministerio del Interior quien tenía a su cargo el control sobre estos medios era la Dirección General de Publicaciones.
Por este motivo, pueden encontrarse expedientes de la Dirección General de Publicaciones a través de los cuales se tramitaban prohibiciones a publicaciones (artículos, libros, diarios, revistas) que contiene notas remitidas por diferentes organismos del estado nacional y provinciales (como la SIP, el Batallón 601 de Inteligencia, SIDE, Fuerzas Armadas, policías y gobiernos provinciales, Ministerio de Relaciones Exteriores, Municipalidad de Buenos Aires) así como de particulares denunciando la publicación. Dicha Dirección elaboraba un informe con recomendaciones de acción (sanciones, multas, prohibiciones, entre otros) que era elevado a la Subsecretaría del Interior, a la SIP, al Poder Ejecutivo y al área que lo denunció. Si finalmente se prohibía la publicación, ésta se dictada mediante decreto del PEN, por lo que en muchos casos también se encuentran los proyectos de decretos. La encargada del cumplimiento de la medida era la Policía Federal, que debía informar de lo actuado a la Dirección General de Seguridad Interior, por lo que también se pueden encontrar estas notificaciones dentro del fondo. Al respecto, se mencionan algunos ejemplos:

  • Informes, planes y notas remitidas por la Secretaría de Información Pública de Presidencia, a cargo del Capitán de Navío Carlos Pablo Carpintero.
  • Informes de situación psicosocial (que abarca entre dos y tres semanas del 29 de abril al 12 de diciembre de 1981) y el Plan Nacional de Comunicación para el año 1978.
  • Sondeos de Opinión Pública elaborados por la SIDE (Dirección de Comunicación Social), así como informes sobre actuación de los medios de comunicación.
  • Informes del accionar de los medios de comunicación elaborados por la Jefatura II del Ejército Argentino del 27 de mayo al 26 de julio de 1981.
  • Nota Nº 40 remitida al Ministro del Interior por la Secretaría de Información Pública de Presidencia de la Nación, de fecha 6 de julio de 1977, con informa el análisis realizado por el Comité de Estudios en el ámbito de esa secretaría, integrado por representantes del Ministerio de Planeamiento, Interior y SIDE para analizar el seguimiento y tratamiento de los Medios de Comunicación.
  • Informe Especial 10 de octubre de 1977 titulado La subversión en los medios culturales elaborado por la Jefatura III de Operaciones del Estado Mayor General del Ejército, con anotaciones a mano sin identificar productor que contiene como anexo decretos, organigramas y órdenes vinculados a tratamiento de medios en relación a la ""subversión"".
  • Memorándum sin fecha del Ministro del Interior Harguindeguy al Presidente de la Nación donde solicita aprobación de las Bases para la Acción Gubernamental en materia de medios de comunicación escritos, sonoros y espectáculos públicos.
  • Asimismo, también se pueden encontrar notas tramitadas a través de la Dirección General de Provincias, quien era la encargada de la comunicación con las gobernaciones provinciales, vinculadas al control y censura de los medios de comunicación. Como por ejemplo, la normativa provincial relacionada con "moralidad y buenas costumbres" de varias provincias, en función de una solicitud realizada por esa Dirección General.

Por su parte, la Dirección General de Seguridad Interior, a cargo del Coronel (R) Carlos Alberto Tepedino, tenía como misión dirigir las actividades inmanentes al poder de policía y seguridad interior que le competen al Ministerio del Interior, entendiendo los aspectos funcionales y jurisdiccionales de la Policía Federal, Policía Territorial y Policías Provinciales. Por ello pueden encontrarse las comunicaciones con las diferentes policías y gobernaciones provinciales donde intercambian información referida a antecedentes de personas y/o organizaciones, allanamientos, accionar policial, movilizaciones, conflictos gremiales, entre otros.

En el fondo también pueden encontrarse organigramas, decretos, resoluciones y leyes vinculados a las funciones del Ministerio del Interior.

Argentina. Subsecretaría del Interior

Colección Tramitaciones de Organismos Internacionales

  • AR-ANM-TOI
  • Coleção
  • 1988-2012

Esta colección reúne expedientes del Ministerio de Justicia caratulados en 2011 y 2012 pero tramitados hacia finales de la década de 1980 y principios de la década de 1990 por la entonces Secretaría de Justicia a pedido del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Subsecertaría de Derechos Humanos y de la Mujer) como intermediario de los organismos internacionales ante los cuales los casos por violaciones de derechos humanos eran tramitados. Entre los organismos internacionales se encuentran la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La mayor parte de los expedientes se encuentran vinculados a violaciones a los derechos humanos durante la dictadura cívico militar de 1976 a 1973, como detenciones y desapariciones forzadas así como apropiación de menores y sustitución de sus identidades. Entre estos casos se encuentran el caso sobre Irma Carolina Ferrero de Fierro y su esposo José Enrique de Fierro así como también sobre Marta Ester Gatica de Giulani todos quienes sufrieron detenciones ilegales; los casos de Rosario Isabella Valenzi de Sánchez y Alicia Consuelo Herrera; el caso de Guillermo Rolando Puerta; el de Josefina Prat Gómez Lencinas, Hilda Susana Dillon de Ales, María del Carmen Boll de Vanella, Antonio Zorrilla, Pascual Ariño y Aurora María Paulina Tosoratto de García; el caso presentado por Darwiniana Rosa Monaco de Gallicchio por la desaparición de su hija y la apropiación de su nieta; el caso de desaparición forzada de Emiliano Carlos Castro Tortrino y otros; el caso de Raquel Altamira de Vaca Narvaja, Olga del Valle Marquez de Aredez, Luis Baronetto y Cristina Díaz; los casos de Pedro Luis Mazzocchi y de la niña Laura Dorado; el caso de Graciela Cristina Chein; el de Bernardo Bartoli y Rubén Héctor Padula que fueron detenidos forzosamente entre 1975 y 1976; el caso de José Mariano Torregiani; el de Sofía de Apelbaum por la desaparición de sus hijos; el caso sobre la detención del señor Jorge Altamira y otros; y los casos Rosario Isabella Valenzi y Alicia Consuelo Herrera.
Otros expedientes, por su parte, se encuentran relacionados a graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en otros períodos como es el caso del expediente que contiene las denuncias de la comunidad guaraní Fortín Mboraré; la denuncia de Ernesto Máximo Rodríguez; una encuesta sobre la aplicación de las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos (1989) solicitada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU); la denuncia presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por Raúl Sánchez Abelenda; el caso de María Arena por abusos cometidos por las autoridades penitenciarias del Gobierno Federal; el caso referido al juicio a los atacantes del regimiento de la Tablada; el caso sobre Julio y Luis María Armesto; la denuncia del señor Carlos Alberto Wuesen ante la CIDH; informe anual de la CIDH 1989-1990 a la asamblea general; la nota y anexos del Centro de Derechos Humanos en el orden internacional sobre "Principios y garantías para la protección de las personas recluidas por mala salud mental o padecer trastornos mentales"; y la denuncia de Horacio Verbitsky al Estado Argentino por violación a disposiciones del Pacto de San José de Costa Rica.

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

Colección Bombardeo de la Plaza de Mayo 16 de Junio de 1955

  • AR-ANM-B1955
  • Coleção
  • 1955-2009

El 16 de junio de 1955 se produjo en la Ciudad de Buenos Aires el bombardeo de la Plaza de Mayo, la Casa Rosada y sus zonas adyacentes. Ese hecho, inédito hasta entonces, fue una acción instrumentada por militares y civiles argentinos decididos a poner fin al proceso democrático instaurado por el gobierno peronista en 1946. En cumplimiento de ese objetivo golpista, la conspiración no reparó en los costos humanos de su acción, ocasionando durante el bombardeo y los posteriores enfrentamientos armados al menos 309 víctimas fatales y un indeterminado número de heridos. Esta colección reúne recortes de prensa, publicaciones, nóminas de fallecidos, testimonios, fotografías, noticieros, diarios, revistas, artículos de publicaciones periódicas, actas de defunción, legislación, legajos militares, libros históricos, causas judiciales y otro tipo de documentos oficiales relacionados con las acciones de ese día de junio. En particular:

  • Recortes de prensa relacionados con el bombardeo del 16 de junio de 1955 y la “Revolución libertadora”. Periodo 1967/1972, 35 fojas.
  • Libro del Regimiento “Granaderos a Caballo General San Martín”, 37 fojas.
  • Policía Federal Argentina. “Nomina de fallecidos a raíz de hechos del día 16 de junio de 1955”, 20 fojas.
  • Expediente 2262/2009 de la Corte Suprema de la Nación. Solicitud de “informe s/practicas de autopsias a cadáveres fallecidos en inmediaciones de Plaza de Mayo el día 16-17-18/6/1955”, 8 fojas.
  • Ministerio de Marina. Decreto PEN 10.732/55 en relación a la baja del cuadro permanente de la Marina de Guerra del Teniente de Corbeta D. Eduardo Invierno y fotografías, 9 fojas.
  • Boletín oficial del 14 de julio de 1955, 1 foja.
  • Esto Es, Año III Número 82, Buenos Aires, 27 de junio de 1955, 20 fojas.
  • Carpeta conteniendo Proyecto de Ley 3216-D-2006- Monumento en recuerdo a las Víctimas del bombardeo a Pza. de Mayo de 1955 y artículos periodísticos varios, 26 fojas.
  • Trámite Nota ANM 311/08 en relación a solicitud de certificados de defunción correspondientes a los días 16,17,18 de junio de 1955 de las localidades de Avellaneda, Lanus, Berazategui, Quilmes y Lomas de Zamora, 33 fojas.
  • Gonzalo Cháves 16 de junio de 1955-La Masacre de Plaza de Mayo. “as Víctimas”, 27 fojas.
  • Copia del legajo Personal del General de Brigada Tomás Vergara Ruzo, 3 fojas.
  • Parte del Libro Histórico del Regimiento de Infantería 3 “General Belgrano”, 20 fojas.
  • Trámite Nota ANM 120/09 solicitando al Ministerio de Defensa Nómina de muertos en el bombardeo a Plaza de Mayo del 16 de junio de 1955, pertenecientes a la Fuerza Aérea Argentina, Armada Argentina, Ejército y demás fuerzas de seguridad, 79 fojas.
  • Clarín, 29/09/1955, 12 fojas.
  • Carpeta conteniendo publicaciones: El Emilio, Año 2 Nº 6, junio-julio 2005, 10 fojas; Suplemento especial Página 12, “Peronismo” por José Pablo Feinmann, 2 fojas; Suplemento Página 12 “Historia de la Economía Argentina del siglo XX” Nº 25, 8 fojas; Ahora, Año XXI Nº 2323, 4 de octubre de 1955, 16 fojas; Ahora, Año XXI Nº 2301, 15 de julio de 1955, 16 fojas.
  • Copias libro de Pedro Bevilacqua Hay que matar a Perón, 14 fojas.
  • Presentación de los Sres. Miguel De Renzis y Carlos Villagra de la Fundación Evita al ex Secretario de Derechos Humanos Dr. Eduardo luis Duhalde, 6 fojas.
  • “D’ Andrea Mohr: un coraje inqueblantable” por Juan Salinas, 1 foja.
  • Carpeta con actas de defunción del registro Civil de C.A.B.A., 188 fojas.
  • Policía Federal Argentina, “Nómina de Heridos que han declarado”, 29 fojas.
  • Documentación relativa a Mariano Grondona, vinculada a su rol en el intento de derrocamiento de Juan Domingo Perón en 1955.
  • Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (Consufa). Causa "C Almte Don Anibal O Olivieri y otros sobre rebelión militar EXP 26.137", 492 fojas.
  • Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Penal Especial N° 2 de la Capital Federal, "Averiguación hechos de rebelión", EXP 3.744, 8 cuerpos.
  • Archivos sonoros que se utilizaron para ser incorporados en la producción del material multimedia sobre el bombardeo a Plaza de Mayo del 16 de Junio de 1955. Se trata de 31 archivos de audio que incluyen crónicas de los hechos realizadas por diversas radios afines a los golpistas, y discursos del Presidente Juan Domingo Perón y de los militares involucrados en el golpe de septiembre de 1955.
  • Copia de las actuaciones de la justicia militar elaboradas por el Ejército Argentino para la investigación de los sucesos ocurridos durante el 16 de junio de 1955 (AJM 24310, AJM 24323, AJM 24334, AJM 24395, AJM 24400). También pueden encontrarse dentro de esta colección copias de las actuaciones vinculadas al golpe de Estado de septiembre de 1955 (AJM 24073, AJM 24089, AJM 24090, AJM 24111, AJM 24113, AJM 24116, AJM 24117, AJM 24118 y AJM 24158).

Asimismo, pueden encontrarse los registros audiovisuales de los siguientes sobrevivientes y familiares de víctimas del bombardeo dentro de la Sección Audiovisual del Fondo del Archivo Nacional de la Memoria:
Laura Abatángelo (empleada de comercio)
Natividad López (trabajadora)
Justo Roque González (trabajador del puerto)
Ignacio Olarte (ex conscripto)
Crescencio Ayala (obrero de la construcción)
Luis Guerci (granadero conscripto)
Diego Bermúdez (granadero conscripto)
Edmundo Napoleón Mercado (granadero conscripto)
Antonio Amitrano (militar conscripto)
Horacio Rossi (suboficial de Marina)
Daniela Marino (abogada y nieta de Juan Carlos Marino, empleado de la Aduana y fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Estela Cejas (ama de casa -hija de Delfina Cejas, ama de casa y fallecida durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Beatriz Contreras (hija de Tomás Eduardo Contreras, víctima del bombardeo a Plaza de Mayo)
Roberto Rodríguez (hijo de Carlos Rodríguez, chofer del director de la asistencia pública y fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Liliana Bacalja (hija de José Mariano Bacalja, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Enrique Juan Cosse (hijo de Enrique Adolfo Cosse, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
María Braña (hija Carlos Braña, Capitán de Marina)
Mirta Ñáñez (hermana de Raúl Alberto Ñáñez, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Ivonne Maccione y Lucas Maccione (nietos de Leonardo Salvador Maccione, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
María Cristina Rojas y Mario Rojas (hijos de Julio Ventura Rojas, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Liliana Mures (sobrina de Oscar Aníbal Mures, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo)
Sergio Bembich (hijo de Juan Bembich, fallecido durante el bombardeo a Plaza de Mayo).

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

Colección José Ricciardi

  • AR-ANM-JR
  • Coleção
  • 2021

La colección se compone de una copia digital del expediente 17.092 por infracción del Art Nº5 Ley 20.840 y Ley 21.261 de Andrés Staldeker y otros, perteneciente al Juzgado Federal de 1º instancia Azul, Olavarría, Buenos Aires, Secretaría en lo Criminal y Correccional. Incluye a José Ricciardi detenido acusado por "extremista" y preso en la Unidad de Azul. Este expediente fue solicitado al Juzgado de Azul por su hija Rosana.
Además, la colección incluye una investigación (PDF 26 páginas) de Rosana Ángela Ricciardi, Profesora en Psicopedagogía y Especialista en nivel superior en Educación y Derechos Humanos, titulada "La mirada local del rol empresarial, de civiles de los medios de comunicación durante la dictadura militar de 1976 y su relación con la detención y desaparición de obreros". Asimismo integran la colección un proyecto de su autoría del curso "Los sitios y espacios de memoria: políticas públicas para la construcción de derechos" que se presentó en el curso sobre sitios de memoria de la escuela provincial de DDHH, así como un mapa de su autoría en conmemoración del 24 de marzo para un concurso.

Ricciardi, Rosana

Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Arquivo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Causa Judicial Vesubio III

  • AR-ANM-CJVESUBIOIII
  • Arquivo
  • 1975-2022

El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa N° 2522 (Lex. 14216/2003/TO9) "Rodríguez, Hubo Roberto y otros s/privación ilegal de la libertad, agravada por mediar violencia o amenazas; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos" conocida como Vesubio III, tramitada ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (TOF 4). En particular, contiene los audios de las audiencias y la documentación aportada como prueba. Entre la documentación de prueba, se encuentran:

  • libros históricos de distintas unidades militares, juntas de calificaciones, directivas y reglamentos militares, copias de legajos de personal militar, boletines, listados de personal militar, policial y penitenciarios.
  • planos e inspecciones oculares
  • expedientes judiciales anexados a la causa
  • legajos de identificación de la Cámara Federal
  • constancia de pericias antropológicas y certificados de defunción
  • documentación de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires e informes de la Comisión Provincial por la Memoria
  • documentación aportada por el CELS que incluye artículos periodísticos, la declaración de Elena Alfaro, lista de trabajadores desaparecidos y documentos desclasificados del gobierno de Estados Unidos
  • copias de legajos CONADEP, SDH y REDEFEA y habeas corpus presentados para la búsqueda de paradero de las víctimas involucradas
  • Libros titulados "Subteniente de Caballería JCO 1977", "Derechos Humanos, Justicia y Reparación", "Vida y lucha de Vanguardia Comunista", "Genocidio en la Argentina" e "Historia Argentina contemporánea"

El Centro Clandestino de Detención El Vesubio funcionó entre 1975 y 1979 en un predio del Servicio Penitenciario Federal ubicado en el cruce de Autopista Ricchieri y Camino de Cintura en el partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires. Hasta su disolución y demolición completa a raíz de la inspección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), habían pasado más de 2.500 personas de las que hubo unos pocos sobrevivientes. Este tramo del juicio analiza la responsabilidad de seis agentes del Servicio Penitenciario Federal en los crímenes perpetrados contra casi 400 víctimas. Por esta causa en las que se investigaron crímenes cometidos contra casi 400 víctimas, el Tribunal condenó a un exmilitar y a dos exagentes penitenciarios federales a prisión perpetua, e impuso penas de entre tres años y seis meses de prisión y 15 años de prisión para otros cinco acusados. A su vez, el TOF 4 declaró que los hechos juzgados fueron crímenes contra la humanidad y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres "fue específica, sistemática y planificada" y que "partió de estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido y con un claro objetivo disciplinador". También dispuso la reparación de los legajos de las víctimas estudiantes y trabajadoras para que se consigne que fueron víctimas del terrorismo de Estado.

Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4

Fondo Causa Judicial Camps (044)

  • AR-ANM-CJCAMPS
  • Arquivo
  • 1984-1986

La causa, conocida como "Causa Camps (44), se inició a raíz del Decreto 280/84, del Poder Ejecutivo Nacional con fecha 18 de enero de 1984, que dispuso someter a juicio sumario ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas al General (R) Ramón Juan Alberto Camps, con motivo de las declaraciones prestadas por el nombrado y en donde habría reconocido su participación directa en la comisión de numerosos delitos. Entre los hechos más conocidos investigados en esta megacausa se encuentran “La noche de los lápices”, el secuestro del “grupo Graiver”, los secuestros de Jacobo Timerman y Jorge Julio López y el ataque a la “casa de Calle 30 Mariani Teruggi”, incluida la apropiación de la niña Clara Anahí. Se juzgaron los secuestros, tormentos, torturas y desapariciones en perjuicio de 280 víctimas -entre ellas embarazadas, bebés nacidos en cautiverio y niños secuestrados junto a sus padres- en los centros clandestinos que funcionaron en las Brigadas de San Justo y de Investigaciones de La Plata, el Destacamento de Arana, la Comisaría 5ta de La Plata, Puesto Vasco y Comando de Operaciones Tácticas I de Martínez. En la sentencia dictada el 2 de diciembre de 1986 se dictaminó la condena de Jorge Antonio, Ramón Juan Alberto Camps, Norberto Cozzani Cabezón, Miguel Osvaldo Etchecolatz Santillán; Ovidio Pablo Ricchieri y Ovidio Pablo.
El fondo se compone de la copia digital de los 57 cuerpos la causa, las actas mecanografiadas de las sesiones y la documentación aportada como prueba por las partes durante el desarrollo del juicio.

Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal

Fondo Ente Autárquico Mundial 78

  • AR-ANM-EAM78
  • Arquivo
  • 1975-1979

Este fondo reúne la documentación generada y recibida por el Ente Autárquico Mundial 78 (EAM 78) con el objeto de organizar y llevar adelante el Campeonato Mundial de Fútbol de ese año. La decisión de que la Argentina fuera la sede del evento había sido tomada ya previo al golpe de Estado del 24 marzo de 1976. Sin embargo, la Junta Militar le otorgó especial atención a la realización del Mundial, ya que consideraba que se trataba de una oportunidad privilegiada para mostrar una buena imagen del país a la comunidad extranjera, procurando evadir así las denuncias que circulaban en el extranjero contra la dictadura por violaciones a los derechos humanos.
Para su organización, el régimen militar creó, mediante la Ley N° 21.349 del 2 de julio de 1976, el EAM 78, que reemplazaba a la Comisión de Apoyo al Mundial dependiente del Ministerio de Bienestar Social. La entidad estuvo presidida inicialmente por el general Omar Actis. Luego de su asesinato, ocurrido el 19 de agosto de 1976, el cargo fue ocupado por el general (R) Antonio Merlo, aunque la mayoría de las decisiones en materia organizativa las tomó el contraalmirante Carlos Lacoste, quien había sido designado vicepresidente del organismo. Además de crear el EAM 78, la Junta Militar contrató a la empresa norteamericana Burson-Marsteller y Asociados, especializada en la mejora de la imagen de gobiernos, para que tuviera a cargo la publicidad del Mundial y demostrara que las denuncias contra la dictadura eran parte de una “campaña antiargentina” organizada desde el extranjero. A esto se destinó parte de los aproximadamente 500 millones de dólares que se gastaron para la realización del evento, una cifra astronómica para los parámetros de la época y que nunca pudo confirmarse con exactitud debido a la ausencia de balances contables. El dinero se utilizó también para remodelar algunos de los estadios que serían sede de los partidos y para la creación de una moderna planta de televisión a colores, el “Centro de Producción Buenos Aires”, ubicada en la esquina de la avenida Libertador y Tagle de la Ciudad de Buenos Aires.
Fuera de la Argentina, el Mundial generó un fuerte impacto entre las y los exiliados, que se tradujo en una fractura entre quienes pretendían impedir la realización del torneo –agrupados en el Comité de Boicot a la Organización del Mundial de Fútbol en la Argentina (COBA)– y quienes, en cambio, creían que el evento deportivo era una ocasión excepcional para concitar la atención de la prensa internacional y exponer así ante el mundo las atrocidades que cometía la Junta Militar en el país. Las posiciones y disputas entre ambos grupos quedaron reflejadas en la documentación que produjeron durante las distintas campañas de denuncia y solidaridad que llevaron adelante en diversos países de América y, fundamentalmente, de Europa Occidental.
El Mundial comenzó formalmente con la ceremonia de apertura que se realizó el 1 de junio, de la que participó el presidente de facto Jorge Rafael Videla, y se extendió a lo largo de poco más de tres semanas. La competencia deportiva tuvo como ganadora a la Argentina, que se consagró así por primera vez como campeona del mundo, aunque al día de hoy existen sospechas sobre el posible arreglo del partido en que la selección local le ganó 6 a 0 al combinado de Perú, resultado que le permitió clasificar a las instancias definitorias del certamen. En términos políticos, el enorme esfuerzo destinado por la dictadura para mejorar su imagen en el extranjero no rindió sus frutos, como dejaría en evidencia la creciente condena internacional al régimen militar durante los años posteriores.
Entre los documentos que forman parte de este acervo se encuentran: legajos de personal contratado, documentación administrativa, planos y fotografías de las obras realizadas en todo el país, expedientes de compras y contrataciones, resoluciones de la presidencia del Ente Autárquico, organigramas, adjudicaciones (muchas de ellas directas), libros de obras de construcción y ampliación de estadios de fútbol (River Plate, Vélez Sarsfield, Mar del Plata, Rosario Central, Córdoba y Mendoza), cintas de audio de partidos, correspondencia nacional e internacional, modelos de uniformes del personal, notas del concurso cerrado para la creación del afiche oficial Campeonato Mundial de Futbol 1978, fotocromos para boletines y transparencias varias, notas sobre las transmisiones televisivas, listados de acreditaciones periodísticas y planes de acción psicológica tendientes a mejorar la imagen del país.

Ente Autárquico Mundial 78

Colección Colegio Nacional Buenos Aires

  • AR-ANM-CNBA
  • Coleção
  • 1973-1978

La colección reúne informes de reuniones de delegados y delegadas estudiantes, diversos expedientes (entre ellos de prohibición de asambleas y expulsión de alumnos y alumnas), acciones de amparo de estudiantes, listados de personal afectado por bajas de personal (Ley 21.274), bibliografía recomendada para el Departamento de Historia, documentos de la Asociación de Padres de alumnos del Colegio, correspondencia, discursos y conferencias de prensa de autoridades, memorias de los distintos departamentos y secretarías del Colegio, planes educativos, y publicaciones.

Colegio Nacional Buenos Aires

Colección Gas del Estado

  • AR-ANM-GE
  • Coleção
  • 1976 - 2012

La colección se compone de la nota presentada por Miguel Ángel Núñez Cortez al Presidente del Archivo Nacional de la Memoria, adjuntando copia del expediente Nº 26013/1976 del Interventor Militar en Gas del Estado donde se determina su cesantía y el telegrama de su baja del 24 de abril de 1976. A su vez, adjunta copia de la Ley Nº 21.274 (de prescindibilidad) mediante la cual se establecían las cesantías de trabajadores de la Administración Pública y copia del Boletín Oficial Año LII Nº 31 del 16 de abril de 1976 de la Provincia de Catamarca (con el objeto de mostrar el alcance de aplicación de la ley). También consta el proyecto de ley presentado ante la Cámara de Diputados de la Nación de "reivindicación histórica para los cesanteados por el gobierno militar".
También, componen la colección quince expedientes de los cuales tres son de cesantías y doce son recursos de revocatoria interpuestos por los y las trabajadoras cesantes, la totalidad de estos quince expedientes corresponden al año 1977.
Por último, forman parte de esta colección los listados remitidos por la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de trabajadores cesanteados en Gas del Estado en el periodo de marzo de 1976 a diciembre de 1983, el motivo de su cesantía u otra causal de cesación en el cargo y el nombre de las persona reincorporadas; y un listado de los egresos ocurridos en esas fechas por las Leyes N° 21.260 y 21.274 y el personal que fue reincoporado. Corresponde mencionar que en la nota de dicho Ministerio se deja constancia que los legajos de esos trabajadores se encuentran disponibles para su consulta.

Gas del Estado

Colección Pedro Pablo Turner

  • AR-ANM-PPT
  • Coleção
  • 1974-1996

La colección contiene documentos relacionados con la Masacre de Pasco, es decir, relativos al secuestro, asesinato y dinamitación de los cuerpos de ocho militantes de la Juventud Peronista el 21 de marzo de 1975 por parte de agentes de la Triple A; hecho sucedido en el marco de un conflicto político transcurrido entre el 25 de julio de 1973 y el 12 de diciembre de 1975 vinculados a la destitución del Intendente de Lomas de Zamora de la Provincia de Buenos Aires Ricardo Ortiz, la asunción y destitución de Pedro Pablo Turner y la asunción como intendente de Eduardo Alberto Duhalde. Pedro Pablo Turner fue detenido en la provincia de Chaco el 29 de marzo de 1976 y unos días después su cuerpo fue hallado en Avellaneda (Provincia de Buenos Aires). En particular, la colección se compone de una carpeta titulada "Acontecimientos" con fotos y recortes de prensa organizados mensualmente de enero a mayo de 1974, una declaración testimonial del hermano y del hijo de Pablo Turner, la copia del Expediente 49025 de sucesión correspondiente al Juzgado de Primera Instancia Nº 9 en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires Año de fecha 23 de octubre de 1996, un telegrama escrito por Pedro Pablo Turner del 9 de agosto de 1974 dirigido al delegado de la CGT Valsechi denunciando injerencia gremial en relación a su suspensión como intendente, 13 fotografías, 74 páginas de recortes periodísticos y ejemplares del diario La Voz del Pueblo de diciembre de 1973 y mayo de 1974, suplemento de Evita Inmortal de La Razón del 17 de noviembre de 1974, diario Crónica del 18 de noviembre de 1972, diario La Opinión del 4 de julio de 1975, diario La Prensa del 5 de julio de 1975, diario Crónica del 1 de agosto de 1974,diario noticias del 5 de julio de 1974, parte del diario La Opinión del 28 de junio de 1975 y diario Así del 5 de julio de 1975.

Turner, Pablo (hijo)

Colección Horacio Pietragalla Corti

  • AR-ANM-HPC
  • Coleção
  • 2021

La colección reúne copias digitales de documentos sobre Liliana Corti, nacida el 9 de mayo de 1950 en la ciudad de Buenos Aires, y Horacio Miguel Pietragalla, nacido el 3 de agosto de 1948 en la misma ciudad, quienes fueron militantes de la organización política Montoneros. También hay documentos de Horacio Pietragalla Corti, segundo hijo de la pareja, nacido el 11 de marzo de 1975.
El 15 de octubre de 1975 Horacio Miguel Pietragalla fue detenido en la ciudad de Córdoba y asesinado el 8 de noviembre del mismo año, mientras que Liliana Corti fue asesinada el 4 de agosto de 1976 en un operativo realizado en la casa donde vivía en Villa Adelina. El niño hijo de la pareja, de cinco meses, fue llevado por personal policial a la Clínica Mayo y a la Brigada Femenina de San Martín, siendo luego entregado por el teniente coronel Hernán Tetzlaff a una mujer que trabajaba como empleada doméstica en su domicilio.
En el año 2002 Pietragalla Corti inicia el proceso de reconstrucción de su identidad a través de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI). El 4 de abril de 2003 el resultado de los estudios de ADN confirmó que se trataba de Horacio, hijo de Liliana Corti y Horacio Miguel Pietragalla, constituyendo el nieto número 75 que las Abuelas de Plaza de Mayo restituyeron a su familia biológica. Los restos de Liliana Corti y los de Horacio Miguel Pietragalla fueron exhumados e identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en el año 2004 y 2003 respectivamente.
La colección está constituida por documentos personales de Liliana y Horacio Miguel, tales como la invitación al casamiento de la pareja, la libreta de familia, certificados de nacimiento y defunción, fotografías, tarjetas, postales, algunas cartas que Horacio Miguel enviaba de niño, certificado de vacunación, la cédula de identidad del Ejército, el certificado de juramento a la bandera y un programa de una obra teatral en la que actuó Pietragalla, entre otros.
Hay, además, documentación de la actividad laboral de Liliana como es la copia fiel de su legajo de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), reparado por medio del decreto 1199/12 que alcanzó a las y los empleados/as de la Administración Pública Nacional que se encontraran en condición de desaparición forzada o hayan sido asesinados/as como consecuencia de la acción del terrorismo de Estado entre 1955 y 1983. El legajo cuenta con documentos como planillas y solicitudes de licencias y antecedentes administrativos que registran licencias por detenciones y su renuncia el 01 de enero de 1976.
También se encuentran documentos vinculados al ámbito educativo de Horacio Miguel. Hay una copia de su legajo de la Universidad de Buenos Aires, donde cursó sus estudios de Sociología, y un certificado de las materias realizadas. Asimismo hay un duplicado de su título de Bachillerato nocturno realizado en el Instituto Privado Incorporado a la Enseñanza Oficial Cardoso y los correspondientes boletines de calificaciones, certificados de conducta y algunos apuntes sobre historia argentina.
Adicionalmente hay algunos artículos periodísticos sobre el retorno al país del ex Presidente Juan Domingo Perón luego del exilio en 1972.
Una gran parte de la colección se encuentra conformada por la reunión de documentos vinculados a la desaparición forzada de Horacio Miguel y Liliana en 1975 y 1976 respectivamente, así como documentación vinculada a la búsqueda y restitución de la identidad de su hijo Horacio Pietragalla Corti. En este sentido, se encuentran solicitudes de paradero de Horacio Miguel presentadas por el padre de Horacio, Gerardo Horacio Pietragalla, y por su madre, María Angélica Ventura de Pietragalla, así como las respuestas obtenidas por el Ministerio del Interior notificando el desconocimiento de la ubicación de Horacio Miguel y certificando que no se encontraba detenido. Asimismo, hay solicitudes del paradero de su nieto Horacio Pietragalla Corti. También hay notas al Ministerio del Interior enviadas por el padre de Liliana, José Antonio Corti, solicitando conocer el paradero de su nieto y la respuesta del Ministerio, mientras que, en otras notas, el padre de Liliana solicita el cuerpo de su hija. Se puede encontrar además, una copia certificada por el Archivo Provincial por la Memoria de Córdoba del expediente 186.340 de 1976 del Ministerio del Interior iniciado por Gerardo Horacio Pietragalla solicitando información sobre el paradero de su hijo y otros documentos obrantes en ese Archivo provincial. Finalmente, se añaden documentos de las causas que investigan la sustracción, desaparición, retención y ocultamiento del niño Horacio Pietragalla Corti como por ejemplo la solicitud de acumulación de las causas, citaciones judiciales a declarar, entre otros documentos que evidencian la intensa búsqueda de la verdad y la justicia por parte de la familia de Liliana y Horacio Miguel así como de organismos de Derechos Humanos como Abuelas de Plaza de Mayo.

Pietragalla Corti, Horacio

Colección Documentos diplomáticos de España sobre desaparecidos españoles en Argentina

  • AR-ANM-DDE
  • Coleção
  • 1970-1988

La colección se compone de documentos de la Embajada y Consulados Generales de España en Argentina (Bahía Blanca, Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Rosario) sobre personas españolas e hispanoargentinas desaparecidas, detenidas y liberadas en Argentina entre los años 1970 a 1980.
Constan: expedientes confeccionados por las diferentes sedes diplomáticas a partir de la documentación y denuncias realizadas por familiares, así como gestiones de los consulados y la embajada; gestiones realizadas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR); y gestiones y denuncias realizadas por organismos de derechos humanos de Argentina y Latinoamérica durante la dictadura argentina y los primeros años de retorno de la democracia en dicho país.

España. Juzgado de Instrucción N° 5 de la Audiencia Nacional

Colección Tramitaciones del Ministerio de Justicia

  • AR-ANM-TMJ
  • Coleção
  • 1976-1990

La colección reúne expedientes del Ministerio de Justicia de diversa índole y correspondientes también a distintos períodos de la historia del país. Solo uno de los expedientes data de los años de la última ditadura cívico militar y refiere a la prohibición de disponer de los bienes por parte de determinadas personas de acuerdo a lo dispuesto por la Junta Militar en un acta del 18 de junio de 1976. El resto de los expedientes son de la década de 1980 y, entre ellos, hay algunos vinculados a una solicitud a distintas instancias del Poder Judicial, por requerimento de la Secretaría de Justicia de la Nación, de que se informe mensualmente acerca del personal de las Fuerzas Armadas (en actividad o situación de retiro) que se hallen involucrados en causas penales. También hay un expediente sobre un accidente de un Suboficial en Finalmente, se encuentra otro expediente relacionado a la causa "Fábrica militar de pólvoras y explosivos s/denuncia" en Bell Vill, Córdoba.

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

Colección Denuncia de Ana Soberón

  • AR-ANM-DAS
  • Coleção
  • 2016

La colección reúne copias de la carpeta titulada "33 orientales" junto a una copia de la denunica de Ana Dolores Soberón y las resoluciones de la justicia en relación al pedido de custodia por parte de Ana Dolores.

Argentina. Coordinación de Investigaciones Históricas del Archivo Nacional de la Memoria

Colección Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente (Uruguay)

  • AR-ANM-SDHPR
  • Coleção
  • 1973-2014

La colección reúne copias autenticadas de 17 expedientes de personas de ciudadanía argentina secuestradas y asesinadas en Uruguay. También se incluye un listado de las personas detenidas desaparecidas con una breve información biográfica de cada una que fue elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de la Presidencia de la República Oriental del Uruguay. Al interior de cada uno de estos expedientes se encuentran distintos tipos de documentos como artículos de prensa, informes secretos de las personas, seguimientos de causas, entre otros, los cuales están detallados en una lista adjunta a la carátula de cada expediente, donde se consignan datos como código de referencia de la institución de origen, título, fechas extremas, volumen, productor y nivel de descripción.

Uruguay. Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de la Presidencia de la República Oriental del Uruguay

Colección Dirección Nacional de Vías Navegables y Construcciones Porturarias

  • AR-ANM-DNVNyCP
  • Coleção
  • 1967-2000

La colección contiene un Libro de Actas del Consejo de Personal de la Dirección Nacional de Vías Navegables y Construcciones Portuarias del año 1976, donde se puede observar el accionar de los interventores militares respecto al seguimiento y persecución a trabajadores del sector. Además 17 sellos, 1 porta sellos, 1 pinche, 4 rollos de microfilm de 35 mm, 1 rollo de microfilm de 16 mm, 1 pisa papel, 1 goma, 1 caja y 1 barra metálica de mediciones de 100 cm. A su vez, un libro índice del año 1983 del Departamento Distrito del Río de la Plata, el Expediente Nº 200697/94 Iniciador Antolin Fernández S.A. sobre una concesión para la extracción de arena sobre el Río Paraná y un libro de Registro de Licencias especiales por asuntos particulares de la Dirección Nacional de Vías Navegables y Construcciones Portuarias Años 1967-2000. Por último, la colección contiene sesenta y ocho fotografías y cuatro negativos, una parte de estas fotografías son de la jura de María Estela Marínez de Perón, la toma de juramento a funcionarios que llevan el sello de la Secretaría de Prensa y Difusión de Presidencia de la Nación. En otras se observan varones festajando, algunas fotografías de miembros de la Marina, dos fotografías de un bebé y dos fotografías de un puente. En los negativos se observa una ceremonia religiosa.

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

Colección Ministerio de Gobierno y Justicia (Provincia de la Pampa)

  • AR-ANM-MGyJLP
  • Coleção
  • 1997

La colección se compone del Expediente Nº 5746 del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Pampa, iniciado el 22 de septiembre de 1997, con el asunto “S/presentación del Sr. Marcelino Acosta s/ubicación de un expediente relacionado con la violación de DDHH en nuestra provincia”. Marcelino Acosta le escribe al Representante del Consejo Federal de La Pampa, Carlos Mario Sánchez, Subsecretario de Justicia sobre una investigación realizada por él mismo en la que tomó testimonios en distintos lugares del país. Allí le solicita que remita esta investigación a la Subsecretaría de Derechos Humanos, ya que su contiene testimonios de represores, funcionarios de la época de la dictadura, así como de víctimas de los hechos vinculados al Terrorismo de Estado en la Provincia de la Pampa.

Argentina. Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de la Pampa

Colección Causas Judiciales de Lesa Humanidad

  • AR-ANM-CJLH01
  • Coleção
  • 2005-

Los juicios por delitos de lesa humanidad en Argentina son los procesos judiciales llevados a cabo para investigar las violaciones a los Derechos Humanos cometidas antes y durante la última dictadura cívico-militar. Investigan la responsabilidad de integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, de funcionarios judiciales, miembros de instituciones religiosas, de civiles o grupos empresariales en el cometimiento de delitos tales como secuestros, desapariciones forzadas, ejecuciones, torturas, apropiaciones y delitos de índole sexual. El proceso de justicia por estos delitos comenzó con la vuelta de la democracia en 1983, pero se vio interrumpido durante casi 20 años por las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los indultos. Se retomaron en 2005 y desde ese momento se completaron más de 350 juicios, con más de 1200 personas condenadas.
La colección reúne copias, en soporte papel y digital, de los cuerpos de la causas judiciales vinculadas a delitos de lesa humanidad y graves violaciones a los derechos humanos cometidos en Argentina entre 1974 y 1983.

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

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