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Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Fondo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Causa Judicial Vesubio III

  • AR-ANM-CJVESUBIOIII
  • Fondo
  • 1975-2022

El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa N° 2522 (Lex. 14216/2003/TO9) "Rodríguez, Hubo Roberto y otros s/privación ilegal de la libertad, agravada por mediar violencia o amenazas; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos" conocida como Vesubio III, tramitada ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (TOF 4). En particular, contiene los audios de las audiencias y la documentación aportada como prueba. Entre la documentación de prueba, se encuentran:

  • libros históricos de distintas unidades militares, juntas de calificaciones, directivas y reglamentos militares, copias de legajos de personal militar, boletines, listados de personal militar, policial y penitenciarios.
  • planos e inspecciones oculares
  • expedientes judiciales anexados a la causa
  • legajos de identificación de la Cámara Federal
  • constancia de pericias antropológicas y certificados de defunción
  • documentación de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires e informes de la Comisión Provincial por la Memoria
  • documentación aportada por el CELS que incluye artículos periodísticos, la declaración de Elena Alfaro, lista de trabajadores desaparecidos y documentos desclasificados del gobierno de Estados Unidos
  • copias de legajos CONADEP, SDH y REDEFEA y habeas corpus presentados para la búsqueda de paradero de las víctimas involucradas
  • Libros titulados "Subteniente de Caballería JCO 1977", "Derechos Humanos, Justicia y Reparación", "Vida y lucha de Vanguardia Comunista", "Genocidio en la Argentina" e "Historia Argentina contemporánea"

El Centro Clandestino de Detención El Vesubio funcionó entre 1975 y 1979 en un predio del Servicio Penitenciario Federal ubicado en el cruce de Autopista Ricchieri y Camino de Cintura en el partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires. Hasta su disolución y demolición completa a raíz de la inspección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), habían pasado más de 2.500 personas de las que hubo unos pocos sobrevivientes. Este tramo del juicio analiza la responsabilidad de seis agentes del Servicio Penitenciario Federal en los crímenes perpetrados contra casi 400 víctimas. Por esta causa en las que se investigaron crímenes cometidos contra casi 400 víctimas, el Tribunal condenó a un exmilitar y a dos exagentes penitenciarios federales a prisión perpetua, e impuso penas de entre tres años y seis meses de prisión y 15 años de prisión para otros cinco acusados. A su vez, el TOF 4 declaró que los hechos juzgados fueron crímenes contra la humanidad y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres "fue específica, sistemática y planificada" y que "partió de estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido y con un claro objetivo disciplinador". También dispuso la reparación de los legajos de las víctimas estudiantes y trabajadoras para que se consigne que fueron víctimas del terrorismo de Estado.

Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4

Fondo Causa Judicial "Suarez Mason Carlos Guillermo y otros sobre privación ilegal de la libertad"

  • AR-ANM-CJSM
  • Fondo
  • 2005-2022

El fondo se compone de la copia de la documentación producida en el marco de la causa Nº 14216/03 caratulada "Suarez Mason Carlos Guillermo y otros sobre privación ilegal de la libertad" conocida como "Primer Cuerpo del Ejército" tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3, Secretaría Nº 6. En particular, contiene los cuerpos de la causa y la documentación aportada como prueba. Además contiene copias de causas conexas, tanto los cuerpos como documentación de prueba. Entre ellas, causas Nº 00393/2001 “N.N s/privación ilegítima de la libertad”, Nº 02083-2005 “Viollaz Miguel Alcides y Mercado”, Nº 02637-2004 “Vaello Orestes y otros s-PIL - CCD Automotores Orletti”, Nº 03774-2012 “Compañía Mecanizada 10 de Pablo Podestá”, Nº 03993-2007 “Cuatrerismo”, Nº 05530-2012 “N.N. Quinta La Pastoril”, Nº 07273-2006 - Mansión Seré”, Nº 08238-2014 “Ruiz Juan Carlos”, Nº 08405-2010-T01 “D’Alessandri Obdulio y otros – PIL”, Nº 10684-2015 “Operativo calle Corro 105”, Nº 11657-2006 “N.N. S/ delito de acción pública”, Nº 11758-2006 “Bignone Reynaldo y otros”, Nº 12544-2013 “Sheraton”, Nº 12920-2016 “Pais, Alicia Rosalía”, Nº 13841-2015 “Causa CELS”, Nº 29451-2012 “Gordillo Roberto Edgardo” y Nº 42335 “Bis Rodríguez Larreta Enrique”.
La causa comprende la investigación de los hechos que se atribuyen a personal dependiente del Primer Cuerpo del Ejército o sometido operacionalmente a él, ocurridos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gran parte de la provincia de Buenos Aires y de la provincia de La Pampa, y que no fueron incluidos en la causa N° 44 incoada en virtud del decreto 280/84 del Poder Ejecutivo Nacional. La causa 14216/03 tiene su origen en la causa Nº 450 “Suarez Mason, Carlos Guillermo y otros s/ homicidio, privación de la libertad, etc.” tramitada ante la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal, como continuación de las actuaciones iniciadas en el marco del Código de Justicia Militar. La sanción de las leyes de “obediencia debida” y “punto final” implicó la paralización del trámite de las actuaciones y la suspensión del proceso, entre 1987 y 2003, con relación a aquellas personas que se encontraban legitimadas pasivamente en las mismas. La causa fue reabierta en septiembre de 2003 como consecuencia de la sanción de la ley 25.779, que declaró nulas dichas leyes. Desde el momento de la reapertura de las actuaciones, el Juzgado dispuso hasta el momento el procesamiento 100 implicados pertenecientes al Ejército Argentino y a diversas fuerzas de seguridad, incluyendo al Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional, Policía Federal y Secretaría de Inteligencia del Estado.

Argentina. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3 Secretaría 6

Fondo Causa Judicial "Nicolaides Cristino y otros s/sustracción de menores"

  • AR-ANM-CJNC
  • Fondo
  • 1971-2022

El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa Nº 9243/07 caratulada "Nicolaides Cristrino y otros s/sustracción de menores tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7, Secretaría Nº 13. En particular, contiene los cuerpos de la causa y la documentación aportada como prueba. Según lo estipulado en el decreto del 31 de marzo de 2022 del Juez a cargo, la causa tiene como objeto "investigar la sustracción de niñas y niños que nacieron durante el cautiverio de sus madres o fueron secuestrados junto con ellas, en el marco de un plan desarrollado por los comandantes de las Fuerzas Armadas, durante la implementación del sistema clandestino de represión ejecutado en el país por la dictadura militar que usurpó el poder en el año 1976 y los hechos vinculados a tal práctica sistemática. Al respecto, gracias al caudal probatorio reunido se lograron tres elevaciones a juicio oral y se condenó a los autores materiales".
Entre la documentación de prueba, se encuentra:

  • Copias certificadas de causas judiciales de distintos Juzgados y Tribunales Federales.
  • Copias del Boletín Oficial de la provincia de Tucumán del 22 de febrero de 1984 y copia de la versión taquigráfica de la VI Reunión de la Sesión Especial de la Cámara de Diputados de Tucumán del 28 de mayo de 1985.
  • Artículos periodísticos sobre los casos vinculados a la causa.
  • Libros de registro de nacimiento del Hospital Militar de Campo de Mayo
  • Libros de registros de maternidades/nacimientos del Hospital General 601 (HMC).
  • Historias Clínicas del Hospital Militar de Campo de Mayo
  • Copias de legajos de personal militar y policial
  • Copias de libros de bautismo de la Parroquia Castrense Nuestra Señora del Loreto
  • Libro “La política racial nacionalsocialista” de Walter Darré
  • Copia de reglamentos militares
  • Libro de registro de personas detenidas de la Brigada Femenina de San Martín

Argentina. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 7

Fondo Causa Judicial Ford

  • AR-ANM-CJFORD
  • Fondo
  • 2017-2018

El agrupamiento se compone de la serie de registros fílmicos del juicio oral y público que se desarrolló entre 2017 y 2018 en el marco la “causa Ford” (Causa N° 2855 caratulada como "Müller, Pedro y otros s/privación ilegal de la libertad") del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín.
En el juicio se investigó y condenó la participación de altos funcionarios de la empresa “Ford Motor Argentina” en las violaciones a los derechos humanos cometidas contra 24 trabajadores, algunos de ellos delegados gremiales, de la planta ubicada en la localidad de Pacheco, Provincia de Buenos Aires. El juzgamiento de las responsabilidades empresariales comenzó en el año 2002 como desprendimiento de la investigación llevada adelante contra Santiago Omar Riveros, responsable militar de la jurisdicción en la que se encontraba la planta de Ford en el momento de los hechos. A lo largo del tiempo, esta causa tramitó en tres departamentos judiciales diferentes de la justicia federal, y tardó más de once años en ser elevada a juicio. Desde el año 2014 la causa estuvo radicada en el Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín, y el inicio del juicio oral fue postergado en una ocasión. El veredicto se dictó el 11 de diciembre de 2018. El tribunal integrado por los jueces Osvaldo Alberto Facciano, Mario Jorge Gambacorta y Eugenio J. Martínez Ferrero condenó a Santiago Omar Riveros a 15 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; a Pedro Müller (Gerente de manufactura de Ford Motor Argentina) a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; y a Héctor Sibilla (Jefe de seguridad de la empresa) a 12 años de prisión e inhabilitación absoluta durante la duración de las condenas, considerando a los dos últimos partícipes necesarios en los hechos criminales. Este fallo constituyó un hito histórico en los juicios por delitos de lesa humanidad, siendo la primera sentencia condenatoria en Argentina de altos funcionarios de una firma multinacional en términos de participación empresarial en delitos de lesa humanidad.

Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1

Fondo Causa Judicial ESMA III

  • AR-ANM-CJESMAIII
  • Fondo
  • 2012-2017

El agrupamiento se compone de la serie de registros fílmicos del juicio oral y público que comenzó el 28 de noviembre de 2012 y finalizó con el dictado de la sentencia el 29 de noviembre de 2017 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de la Capital Federal correspondientes a la causa "ESMA unificada" (Expedientes N° 1.282, 1.286, 1.349, 1.381, 1.415, 1.492, 1.510, 1.545, 1.668, 1.689 y 1.714), también conocida como "ESMA III".
Es el tercer juicio donde se investigaron crímenes de lesa humanidad cometidos dentro del centro clandestino de detención que funcionó en la ex Escuela de Mecánica de la Armada y de los grupos operativos que actuaban allí. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 dictó 29 condenas a prisión perpetua, 19 condenas a penas entre 8 y 25 años y 6 absoluciones. Se trata de uno de los juicios orales más importantes y grandes de la historia argentina, por la cantidad víctimas, casos analizados, porque 54 acusados que pudieron escuchar sus sentencias y dieron si testimonio más de 800 personas durante las audiencias que se desarrollaron en 5 años. También fue la primera vez que el veredicto tuvo por acreditado la metodología de los denominados “vuelos de la muerte”.

Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5

Fondo Causa Judicial Camps (044)

  • AR-ANM-CJCAMPS
  • Fondo
  • 1984-1986

La causa, conocida como "Causa Camps (44), se inició a raíz del Decreto 280/84, del Poder Ejecutivo Nacional con fecha 18 de enero de 1984, que dispuso someter a juicio sumario ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas al General (R) Ramón Juan Alberto Camps, con motivo de las declaraciones prestadas por el nombrado y en donde habría reconocido su participación directa en la comisión de numerosos delitos. Entre los hechos más conocidos investigados en esta megacausa se encuentran “La noche de los lápices”, el secuestro del “grupo Graiver”, los secuestros de Jacobo Timerman y Jorge Julio López y el ataque a la “casa de Calle 30 Mariani Teruggi”, incluida la apropiación de la niña Clara Anahí. Se juzgaron los secuestros, tormentos, torturas y desapariciones en perjuicio de 280 víctimas -entre ellas embarazadas, bebés nacidos en cautiverio y niños secuestrados junto a sus padres- en los centros clandestinos que funcionaron en las Brigadas de San Justo y de Investigaciones de La Plata, el Destacamento de Arana, la Comisaría 5ta de La Plata, Puesto Vasco y Comando de Operaciones Tácticas I de Martínez. En la sentencia dictada el 2 de diciembre de 1986 se dictaminó la condena de Jorge Antonio, Ramón Juan Alberto Camps, Norberto Cozzani Cabezón, Miguel Osvaldo Etchecolatz Santillán; Ovidio Pablo Ricchieri y Ovidio Pablo.
El fondo se compone de la copia digital de los 57 cuerpos la causa, las actas mecanografiadas de las sesiones y la documentación aportada como prueba por las partes durante el desarrollo del juicio.

Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal

Fondo Carlos González Gartland

  • AR-ANM-CGG
  • Fondo
  • 1975 - 2006

El fondo reúne documentos producidos y recopilados por Carlos González Gartland durante sus años de exilio en México entre 1976 y 1984. González Gartland, abogado y defensor de presos políticos desde la década de 1960 y fundador de la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU) en 1976, partió al exilio ese mismo año tras el secuestro de otros dos compañeros fundadores de la Comisión, decisión que fue consensuada con el resto de la dirección de la CADHU cuando se debatió el destino de cada uno de sus dirigentes. Gartland había sido miembro fundador de la CADHU en Buenos Aires y, una vez en México, fue responsable de la sección mexicana. Con el retorno de la democracia, volvió del exilio en 1984 trayendo con él, los documentos que registran su actividad en la CADHU, el Comité de Solidaridad con el Pueblo Argentino (COSPA) y el Secretariado Internacional de Juristas por la Amnistía en Uruguay (SIJAU), así como sus múltiples vínculos con organizaciones de defensa de los derechos humanos en el exterior y su propia militancia de denuncia de la dictadura cívico-militar en Argentina.

Entre los documentos que forman parte del fondo se encuentran testimonios, publicaciones, rendiciones de egresos, correspondencia, comunicados que dan cuenta del accionar la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU) recopilados por Carlos González Gartland en el marco del cumplimiento de sus misiones, funciones y actividades en dicha organización. La CADHU se gestó durante los meses previos al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, a partir de la confluencia de distintos grupos, aunque su aparición formal se produjo cuando ya había comenzado la dictadura, en abril de 1976. Una de las actividades fundamentales asumidas por la CADHU fue la de denuncia a través de la producción y difusión de relatos del cautiverio elaborados por sobrevivientes de centros clandestinos de detención. La circulación de este tipo de documentos en el extranjero tenía como objetivo principal lograr la condena internacional de la Junta Militar por las graves violaciones a los derechos humanos que se cometían en la Argentina. Los testimonios reunidos no solo son los producidos por la CADHU sino también algunos recopilados por Gartland y reunidos en un mismo corpus. Además, se encuentran diversas publicaciones de la CADHU en las que se denunciaban los crímenes de la dictadura, una multiplicidad de comunicados de denuncia de diverso tipo como los comunicados de prensa o los llamados "Acción urgente" y numerosa correspondencia que da cuenta de los vínculos de la CADHU con otros organismos de derechos humanos y de las actividades e iniciativas de solidaridad que buscaban dar auxilio a las personas que huían de la persecución dictatorial así como de las intervenciones en el espacio público que consistieron fundamentalmente en movilizaciones ante las embajadas argentinas en los países del exilio ante eventos puntuales o fechas de resonancia particular, como los aniversarios del golpe de Estado. También, hay rendiciones de egresos mensuales de la sede México de la CADHU cada uno de los cuales se encuentra acompañado por la misiva dirigida al Consejo Directivo de la CADHU en Madrid y, en algunos casos, un detalle de las líneas de acción de la delegación. Además, Gartland preservó algunas certificaciones expedidas por la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU) y firmadas en su mayoría por el mismo como Consejero Directivo de la Comisión. Algunas de estas certificaciones fueron realizadas en favor de militantes con el objeto de dejar constancia del peligro que corrían para determinar su permanencia o salida del país al exilio, así como dar cuenta de su colaboración con la CADHU en tareas de solidaridad y denuncia. Otras, certifican las investigaciones realizadas por la CADHU de la detención y desaparición de personas, muchas de las cuales fueron sintetizadas en la publicación "Desaparecidos en Argentina" de 1979. Por otro lado, hay documentos de carácter más informal como diversos borradores de informes de la CADHU así como registros sobre víctimas del terrorismo de Estado hechos por la CADHU muy disímiles entre sí en cuanto al formato y al tipo de información consignada. Finalmente, hay unas pocas presentaciones de la CADHU ante la División de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

En el marco de la CADHU se creó en 1980 el Centro de Información y Documentación del Exilio Argentino (CIDEA), un centro especializado en los problemas argentinos, orientado a los aspectos vinculados con los derechos humanos. En ese momento, el CIDEA no logró obtener financiamiento más allá del propio de la CADHU de manera que se puso en funcionamiento en condiciones precarias dependiendo del trabajo voluntario de colaboradores no especializados, lo que devino en que no pudiera darse un tratamiento adecuado a la documentación. Esto se pudo realizar sobre la base de una recopilación de documentos realizada por González Gartland durante su exilio en México, entre 1976 y 1984 a partir de sus múltiples vínculos con organizaciones de defensa de los derechos humanos en el exterior, de manera que fue reuniendo documentos tales como panfletos, comunicados, volantes, artículos de prensa, proclamas e informes, que dan cuenta de su propia militancia de denuncia de la dictadura cívico-militar en Argentina así como del accionar de estas organizaciones entre las que se encuentran Argentine Information Service Center (AISC), Agence Latino-.Americaine D´Information (ALAI), Amnistía Internacional (AI), Centre Argentin d´information et solidarité (CAIS), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Inter American Commission on Human Rights (CIDH), Centro de Investigaciones Políticas y Económicas (CIPE), Comisión de Solidaridad con Familiares de Desaparecidos en Argentina (COSOFAM), Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (FEDEFAM), Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP), Madres de Plaza de Mayo, Organización de los Estados Americanos (OEA), Parlamento Europeo, Parlamento Latinoamericano, Trabajadores y Sindicalistas Argentinos en el Exilio (TYSAE), No Candu in Argentina, Congreso Internacional de Solidaridad con Argentina, Movimiento Peronista Montonero, entre otras. Entre estos documentos pueden encontrarse agrupaciones sobre la base de ejes temáticos como “Cárceles y presos políticos”, en la que se incluyen comunicados de prensa y denuncias de las condiciones de las cárceles, seguimientos casos de detenidos, informes de personas detenidas, informes elaborados por presos y presas y testimonios personales. También hay documentos sobre los Centros Clandestinos de Detención entre los cuales hay una lista de los campos de concentración existentes hasta 1978 y diversas publicaciones con testimonios de sobrevivientes e informes de los dichos centros. Sobre el Mundial de Fútbol de 1978 hay recortes de prensa internacional (sobre todo francesa) y afiches en relación con las violaciones a los derechos humanos y documentos de la Coordinación Internacional de la Campaña del Boicot así como documentos de denuncia. Bajo el título "Religión" se reúnen algunos documentos que registran la relación entre la dictadura cívico-militar y algunos sectores opositores de la Iglesia Católica. También se pueden encontrar documentos sobre exiliados y el retorno al país, sobre la contraofensiva al terrorismo de Estado e informes de situación de Argentina en materia de derechos humanos, salud, economía y política. Otro agrupamiento relevante es el relacionado al conflicto de Malvinas con declaraciones e informes por parte de organismos de lucha en el exilio en México tales como CADHU, TySAE, Grupo de Argentinos Exiliados en México, Movimiento Peronista Montonero, Movimiento Independiente de la Comisión Argentina de Solidaridad, Comunidad de Cristianos Argentinos en el Exilio, Organización Comunista Poder Obrero y dirigentes como Enrique Gorriarán Merlo, entre otros. Sobre Malvinas, hay también un seguimiento de prensa y algunos cables de teletipo de agencias para enviar a los diarios. Se incluye finalmente, un minucioso seguimiento de la prensa de la época y otros artículos de publicaciones periódicas sobre la actualidad Argentina en materia política, económica, religiosa, de la cultura y los medios, la cultura y la educación, los derechos humanos, la situación laboral y sindical de los trabajadores y la dictadura cívico-militar Argentina.

En relación a las funciones de Carlos González Gartland en el Comité de Solidaridad con el Pueblo Argentino (COSPA) en México, el fondo contiene documentos como los estatutos de creación del COSPA; boletines editados por el Comité que funcionaron como órganos de comunicación, entre ellos "Boletín Argentino", "CASA ARGENTINA" e "Informaciones Argentinas". Hay además, correspondencia en su mayoría, enviada por el COSPA a diferentes organismos de derechos humanos, organismos internacionales, organizaciones y partidos políticos a través de la cual el Comité expone sus posturas, declaraciones y líneas de acción a seguir, buscando al mismo tiempo tender lazos para la denuncia de violaciones a los derechos humanos por parte de la dictadura cívico-militar argentina y para atender a la situación de los refugiados y exiliados políticos argentinos. Se pueden encontrar también denuncias de detenciones y desapariciones de personas por parte de la dictadura cívico-militar realizadas por el Comité, como parte de sus actividades centrales, así como una serie de comunicados de prensa del Comité.

Finalmente se incorporan algunos documentos que registran la actividad de Carlos González Gartland como miembro del Secretariado Internacional de Juristas por la Amnistía en Uruguay (SIJAU) y como abogado dedicado a la búsqueda de ciudadanos uruguayos detenidos desaparecidos tanto en Uruguay como en otros países del Cono Sur.
La documentación es tanto del SIJAU como de diversos organismos de Derechos Humanos con los que esta organización se relacionaba como el Centro de Estudios Legales y Sociales, ya que este era su representante legal en Argentina; así como también el Servicio por la Paz y la Justicia; Madres de Uruguayos Desaparecidos en Argentina (MUDA); Agrupación de Familiares de Uruguayos Desaparecidos (AFUDE); Amnistía Internacional; Comisión Argentina de Solidaridad (CAS); Abuelas de Plaza de Mayo; Madres y Familiares de Uruguayos Desaparecidos en Argentina y Paraguay; Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos; Unión de Obreros y Empleados de FUNSA; Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares Detenidos Desaparecidos; Grupo de Madres de Procesados por la Justicia Militar; Oficina de Solidaridad para Exiliados Argentinos (OSEA); Comisión Internacional de Juristas; Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos (ALDHU); Asociación Social y Cultural de Estudiantes de la Enseñanza Pública (ASCEEP); Comité de Defensa de los Derechos Humanos en el Cono Sur, de la Comisión Arquidiocesana de los Derechos Humanos y Marginados de Sao Paulo (CLAMOR).

González Gartland, Carlos A.

Fondo ANM (Archivo Nacional de la Memoria)

  • AR-ANM-ANM
  • Fondo
  • 1973 - 2024

El Archivo Nacional de la Memoria en cumplimiento de su misión y funciones produce y recibe documentos que dan testimonio de su vida institucional. Es por ello que en su fondo se puede encontrar una amplia cantidad de documentos generados por sus dependencias, siendo la documentación más voluminosa la administrativa y de recursos humanos (correspondencia, memos, convenios, presupuestos, trámites internos, informes, normativas, contratos, registro y control de bienes patrimoniales, expedientes de compras, recibos de pagos, registro de asistencia, entre tantos otros).
Asimismo, este fondo permite acercarse a las acciones de cooperación internacional con la región del Mercosur como de países europeos, desacatándose los convenios con el gobierno del Reino de España, UNICEF, PNUD y la participación en el Programa de Apoyo al Desarrollo de los Archivos Iberoamericanos (ADAI) que aportaron al fortalecimiento institucional del Archivo, desde el 2005 al 2014. Además, en el marco de la construcción del Espacio y Centro Cultural para la Memoria Trelew en el viejo aeropuerto de la ciudad, podemos encontrar las notas remitidas por este tema tanto desde la Secretaría Ejecutiva del ANM como por el Secretario de Derechos Humanos de la Nación así como planos y fotos del aeropuerto, proyectos e informes vinculados con su construcción, folletería de difusión de la Secretaría de Derechos Humanos sobre el tema, síntesis de reuniones, propuestas y Actas de las reuniones de la Comisión Bipartita y Comisión Ad-hoc, entre otros.
A partir de las actividades de obtener, investigar y preservar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que este comprendida la responsabilidad del Estado Argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas violaciones, el Archivo produjo diversa documentación tal como:
Registros de testimonios de víctimas de desaparición forzada y del accionar represivo en el Cono Sur, conformados hasta julio 2013; registros censales de personas de nacionalidad argentina o extranjeros, que revistieron el carácter de presos políticos en la República Argentina en el período comprendido entre el 16 de septiembre de 1955 y el 10 de diciembre de 1989, generados desde el 2009 hasta el 2014; oficios judiciales e informes que hasta el día de hoy se producen, para dar respuesta a las solicitudes de antecedentes de personas por violaciones a los derechos humanos en el marco de las Ordenanzas 1/94 y 1/04 de la Prefectura Naval Argentina y el Decreto 157/2006 que regula la actividad de las empresas de seguridad privada en el ámbito de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; documentación generada a partir de las investigaciones llevadas a cabo por el Archivo: sobre las violaciones a los derechos humanos que sufrieron personas de origen español en la Argentina, Sitios de Memoria y ex Centros Clandestinos de Tortura y Exterminio, Ley de Residencia, Masacre de Trelew, Golpe de estado de 1955, Bombardeo de la Plaza de Mayo el 16 de Junio de 1955, Plan CONINTES (Conmoción Interna del Estado) el Cordobazo, Plan Cóndor, Doctrina de Seguridad Nacional, entre otras.
Prevalece una gran cantidad de registros fotográficos de actividades institucionales y de promoción de los derechos humanos, entre la cuales se encuentran las fotografías tomadas durante las actividades de la Comisión Especial de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) responsable de investigar la masacre ocurrida el 11 de septiembre de 2008 en la localidad boliviana de Pando. Se suman a estos registros fotografías de los edificios que funcionaron como Centros Clandestinos de Detención y del trabajo desarrollado por los trabajadores del ANM en la recuperación, tratamiento archivístico y conservación documental.
También hay registros audiovisuales de actividades institucionales en relación a los derechos humanos, actos y recorridos en el ex CCD ESMA y colocación de los carteles en los edificios de las distintas dependencias del Estado y de los organismos de derechos humanos; actividades de la recuperación y puesta en valor de los edificios que integran el predio del ex CCD ESMA; señalizaciones impulsadas por la Red Federal de Sitios de Memoria en lugares donde funcionaron centros clandestinos de detención, tortura y exterminio; actividades, actos y movilizaciones en el marco de los juicios de lesa humanidad que se siguen a los represores de la última dictadura militar y videos institucionales sobre la defensa y promoción de los derechos humanos y que se proponen visibilizar el operar del terror de Estado así como sus prácticas, mecanismos y efectos y las experiencias y legados de las organizaciones políticas y sociales y las militancias. Además, una gran cantidad de entrevistas a personas representativas de la vida política, social y cultural de la Argentina conforman el Archivo Oral.
También puede encontrarse dentro de este fondo tanto las comunicaciones, acuerdos, listados y documentos de trabajo vinculados con la "Mesa de Archivos", coordinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. Esta Comisión Técnica Mixta, compuesta por distintas instituciones de archivos públicos, representantes del Ministerio Público Fiscal y organismos de derechos humanos, se creó en el marco de los acuerdos bilaterales específicos realizados entre Argentina con Brasil, Uruguay y Chile en el ámbito de la Reunión de Altas Autoridades en materia de Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR (RAADDHH). El objetivo de estos acuerdos bilaterales (también conocidos como Memorandos de Entendimiento - MOU) es el intercambio de documentación para el esclarecimiento de graves violaciones a los derechos humanos entre los diferentes países. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación ha sido parte activa desde el principio en estos acuerdos, derivando la participación en las reuniones en el Archivo Nacional de la Memoria. Es atribución del ANM también la reunión y preservación de las copias de toda la información circulante en el marco de estos Memorandos: tanto aquella entregada por las instituciones nacionales (Cancillería, Ministerio de Defensa, Ministerio de Seguridad, Ministerio Público Fiscal, Comisión Provincial por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires, entre otras) como aquella provista a la Argentina por instancias de carácter internacional, siguiendo los criterios de confidencialidad que emanan de los acuerdos.
En cumplimiento de sus actividades fundamentales, vinculadas a "obtener, analizar, clasificar, duplicar, digitalizar y archivar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que esté comprometida la responsabilidad del Estado Argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas violaciones", el ANM crea colecciones en relación a sus intereses con documentos provenientes de diversos fondos de otras instituciones. Cada uno de estos agrupamientos, aunque vinculados estrechamente a las misiones del ANM, se describe de manera independiente.

Argentina. Archivo Nacional de la Memoria (ANM)

Fondo Alicia Raquel Puchulu de Drangosch

  • AR-ANM-ARPD
  • Fondo
  • 1917-2013

El fondo refleja la actividad solidaria y de denuncia que desarrolló Alicia Raquel Puchulu de Drangosch, quien debió exiliarse del país junto con una de sus hijas y sus nietos como consecuencia de la persecución y desaparición de varios familiares (sus hijos Adriana y Hugo Ricardo Drangosch y sus yernos Mario Rodríguez, Arnaldo del Valle Moyano y Samuel Leonardo Slutzky) durante la última dictadura cívico-militar en la Argentina, el allanamiento de los domicilios de sus hijas Raquel Herminia Drangosch y Susana Drangosch, y con el objetivo de garantizar su seguridad y la de su familia. Gracias a la colaboración del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) se asiló primero en Brasil y luego viajó a Holanda donde permaneció varios años. Durante su estadía en Holanda fundó y presidió la Comisión de Solidaridad con Familiares de Desaparecidos en Argentina (COSOFAM) cuyo objetivo fue la promoción y realización de acciones de solidaridad y apoyo a las víctimas del terrorismo de Estado tanto en Argentina como en América Latina. Esta tarea fue realizada en constante colaboración con otros organismos de Derechos Humanos. Durante su exilio en Europa, Alicia también fue representante de Madres de Plaza de Mayo.
En este sentido, el fondo reúne documentos tales como fotografías, correspondencia entre las distintas instituciones que desde el exilio realizaron acciones a favor de los desaparecidos, denuncias, testimonios de detenidos en Centros Clandestinos de Detención Tortura y Exterminio, listados de detenidos-desaparecidos, publicaciones relativas a la lucha por los derechos humanos, boletines, comunicados de prensa, declaraciones, informes, folletos, invitaciones, y una gran cantidad de afiches que formaron parte de la campaña gráfica desde el exilio de denuncia del terrorismo de estado en Argentina y América Latina.

Puchulu de Drangosch, Alicia Raquel

Ficha sobre testimonio de Celia Jinkis de Korsunsky

Ficha que presuntamente sistematiza el testimonio brindado por Celia Jinkis de Korsunsky sobre la desaparición de su hijo Eduardo en la que da cuenta de los hechos vinculados a su secuestro, las gestiones realizadas para encontrar su paradero y los habeas corpus presentados ante distintas instancias del Poder Judicial. También se mencionan algunos detalles respecto de la vida de Eduardo Korsunsky.

No identificado

Ficha sobre testimonio de Celia Jinkis de Korsunsky

Ficha que presuntamente sistematiza el testimonio brindado por Celia Jinkis de Korsunsky sobre la desaparición de su hijo Eduardo en la que da cuenta de los hechos vinculados a su secuestro, de situaciones previas de allanamientos en su domicilio, de las gestiones realizadas para encontrar su paradero y de los habeas corpus presentados ante distintas instancias del Poder Judicial. También se mencionan algunos detalles respecto de la vida de Eduardo Korsunsky. Incluye una anotación manuscrita de Celia respecto a una denuncia colectiva realizada en marzo de 1977.

No identificado

Ficha sobre testimonio de Celia Jinkis de Korsunsky

Ficha que presuntamente sistematiza el testimonio brindado por Celia Jinkis de Korsunsky sobre la desaparición de su hijo Eduardo en la que da cuenta de los hechos vinculados a su secuestro, las gestiones realizadas para encontrar su paradero y los habeas corpus presentados ante distintas instancias del Poder Judicial. También se mencionan algunos detalles respecto de la vida de Eduardo Korsunsky.

No identificado

Ficha sobre la desaparición de Eduardo Sergio Korsunsky

Ficha que presuntamente sistematiza el testimonio brindado por Celia Jinkis de Korsunsky sobre la desaparición de su hijo Eduardo en la que da cuenta de los hechos vinculados a su secuestro, de situaciones previas de allanamientos en su domicilio, de las gestiones realizadas para encontrar su paradero y de los habeas corpus presentados ante distintas instancias del Poder Judicial. También se mencionan algunos detalles respecto de la vida de Eduardo Korsunsky.

No identificado

Extracto del testimonio del abogado Martin Tomás Gras

Extracto del testimonio del abogado Martin Tomás Gras sobre su permanencia en el campo de concentración y exterminio de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) en Buenos Aires, República Argentina titulado "Terrorismo de Estado y secuestros". Este testimonio fue presentado ante el Grupo Especial de Trabajo sobre Desapariciones forzadas e involuntarias de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU)

Extracto del testimonio de Ana María Marti, María A. Milia de Pirles y Sara Solarz de Osatinsky.

Extracto del testimonio de Ana María Marti, María A. Milia de Pirles y Sara Solarz de Osatinsky. Se hace mención al secuestro de las religiosas francesas y de familiares de desaparecidos en la Iglesia de la Santa Cruz. También se menciona el caso de Norma Esther Arrostito y al Centro Piloto París.

No identificado

Extracto de testimonio de Juan Martín

Extracto de testimonio de Juan Martín en el que refiere a centros clandestinos de detención en la provincia de Tucumán, (Centro Clandestino de Detención Arsenal Miguel de Azcuénaga, Centro Clandestino de Detención Ingenio Nueva Baviera y Centro Clandestino de Detención Jefatura de Policía de la Provincia de Tucumán). Cuenta con croquis, información relativa al funcionamiento y al personal.

Juan Martín

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