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Serie Documentación agregada en instrucción suplementaria de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Esta serie contiene los documentos que se agregaron luego del cierre de la investigación preliminar más el requerimiento de juicio y el ofrecimiento de pruebas al Juzgado Federal Número 1 de Resistencia para la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Serie Cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Esta serie contiene los siete cuerpos de la investigación preliminar, inciada en 2014, de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" más los dos que se agregaron por cuerda correspondientes al expediente Número 910 de 1924.En cada una de las unidades documentales, correspondientes a cada uno de los cuerpos, se detallan los documentos que los conforman.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Serie Audiencias del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Esta serie contiene copia de los registros audiovisuales de las audiencias llevadas adelante por el Juzgado Federal Número 1 de Resistencia en el marco de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" realizadas entre el 19 de abril y el 19 de mayo de 1922 en las ciudades de Resistencia y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Segundo informe de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Segundo informe de estado de avance de las acciones de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" a octubre de 2023.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Resolución de homologación de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Resolución del Juzgado Federal Número 1 de Resistencia del 22 de agosto de 2022 aprobando la homologación de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Primer informe de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Informe de estado de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" del 16 de diciembre de 2022 en el que se informa las responsabilidad asumidas por cada miembro en cuatro reuniones realizadas.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Oficio judicial de requerimiento de Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí

Oficio judicial de requerimiento de Juicio por la Verdad en relación a la Masacre de Napalpí (1924), en la que se cometieron delitos lesa humanidad, elevada por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal

Oficio judicial de ofrecimiento de pruebas para Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí

Oficio judicial de ofrecimiento de pruebas para Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí, en la que se cometieron delitos lesa humanidad, elevada por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal

Oficio de solicitud de homologación de creación y funcionamiento de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Oficio al Juzgado Federal N° 1 de Resistencia del 16 de agosto de 2022 solicitando se homologue la creación y pautas de funcionamiento de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" fimado por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia, la Secretaría de Derechos Humanos y Género de la Provincia del Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Esta serie incluye los oficios de creación, normas de funcionamiento y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fundamentos de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Fundamentos de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" elaborados por el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia el día 30 de junio de 2022 en el marco del Expediente FRE 9846/2019. La estructura de la sentencia es la siguiente:
1) Análisis de las pruebas dividida en tres períodos comprendidos entre antes, durante y después de la Masacre de Napalpí.
2) Síntesis del hecho probado y su calificación legal.
3) ¿Es un delito de lesa humanidad cometido en el marco de un proceso de genocidio contra las comunidades indígenas?
4) Planteo de invalidez realizado por la Fiscalía Federal respecto del expediente N° 910/1924.
5) Medidas de reparación.
6) Reflexiones finales.
7) Parte dispositiva.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Fondo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fallo de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Fallo de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad". Parte dispositiva de la sentencia dictada por el Juzgado Federal Número 1 de Resistencia a las 12:00 horas del día 19 del mes de mayo de 2022, una vez concluidas las audiencias orales y públicas realizadas en la causa FRE 9846/2019. En ella resuelve: 1. Declarar como hechos probados de la “Masacre de Napalpí”; 2. Declarar como hecho probado que existió responsabilidad del Estado Nacional Argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento con impulso de perversidad brutal (art. 80, inc. 2 del C.P –según redacción 1921-) en reiteración de hechos que concursan entre sí, y reducción a servidumbre (art. 140 C.P) en reiteración de hechos que concursan entre sí, ambos en concurso real (art. 55 del C.P.)-, por el cual resultaron asesinadas entre 400 y 500 personas de los pueblos Moqoit y Qom en la Reducción de Indios Napalpí ubicada en Territorio Nacional del Chaco; 3. Declarar que la “Masacre de Napalpí” son crímenes de lesa humanidad, cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas; 4. Establecer que la presente sentencia constituye por sí misma una forma de reparación; 5. Reconocer como medidas adecuadas de reparación al pedido de disculpas realizado por el Gobernador de la Provincia del Chaco; 6. Establecer medidas de reparación en beneficio de las comunidades Qom y Moqoit; 7. Diferir los fundamentos de la sentencia.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Expediente del Ministerio de Justicia S04:0064324/2011

Expediente del Ministerio de Justicia S04:0064324/2011 que contiene la comunicación recibida por el Centro de Naciones Unidas por parte de la comunidad guaraní Fortín Mboraré relativa a la vulneración de sus derechos humanos. Esta comunicación, fue a su vez remitida por el Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a la Misión Permanente de la República Argentina ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra y, por su intermedio y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, fue recibida por el entonces Ministerio de Educación y Justicia.

Argentina. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación

Dossier sobre legislación vinculada al pueblo guaraní en Misiones

Dossier sobre legislación vinculada al pueblo guaraní en Misiones en el que se recopila documentación. Algunos de los documentos están relacionados a la promulgación de la Ley 2435 en esa provincia por medio de la cual se reconoce la autonomía del Pueblo Guaraní y la recuperación de hectáreas de territorio nacional para preservar la cultura, la espiritualidad y el estilo de vida indígena. Entre ellos encontramos el texto de la ley su decreto reglamentario, artículos de prensa y opiniones del proyecto por parte de Monseñor Jorge Kremerer, Monseñor Carmelo Giaquinta y Germán Bidart Campos, esta última publicada en la revista ED. Además se incluyen documentos vinculados a la Ley 2727 que creó la Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes entre los cuales se encuentran opiniones de Kemerer, Giaquinta, de Monseñor Joaquín Piña Betllevel y notas y actas que señalan el intercambio de la comunidad guaraní con el Poder Ejecutivo.
Asimismo se encuenta el texto de la Ley Nacional 23302 y otra documentación y textos de leyes vinculadas a la situación jurídica de las comunidades guaraníes y sus tierras.

No identificado

Cuerpo 7 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 7 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Solicitud de MPF a la jueza para autorizar las excavaciones y exhumaciones
  2. Proyecto de Trabajo de Excavaciones por la “Masacre de Napalpí” por parte del EAAF -Equipo Argentino de Antropología Forense- y Registro de la visita a la Colonia Aborigen y de Entrevista con referentes de la Comunidad.
  3. Resolución Judicial de la Jueza Federal Zunilda Niremperger, 3 de septiembre de 2019, ordena las excavaciones
  4. Acta de Reunión con referentes de la Comunidad del Pueblo Qom de Colonia Aborigen de fecha 4 de septiembre de 2019
  5. Constancia de contacto telefónico con diversos referentes los pueblos indígenas del Chaco, sus autoridades y representantes legales, sobre la causa judicial penal por “La Masacre de Napalpí” y la realización de excavaciones por parte del EAAF en Colonia Aborigen
  6. Acta de Reunión con referentes de la Comunidad del Pueblo Moqoit realizada en la Escuela de la Localidad de San Bernardo- provincia del Chaco- en fecha 14 de septiembre de 2019
  7. Nota al Profesor Aldo Lineras, decano de la Facultad de Humanidades, solicitando colaboración con fotos satelitales
  8. Nota al subsecretario de Municipios y Ciudades, Alcides Arguello, solicitando colaboración con fotos satelitales
  9. Impresión del Informe remitido por la Dirección de Información Territorial de la Sec. De Municipios y Ciudades para el Trabajo de EAAF enviado por correo electrónico con fotografías aéreas y satelitales, perfil topográfico.
  10. Manuscrito de testimonio tomado a la señora Cristina Gómez
  11. Manuscrito de testimonio tomado a la señora Lucía Pereyra
  12. Testimonio de Alejandro Gustavo Covello
  13. Incorporación del libro de Alejandro Gustavo Covello, Batallas Aéreas, Aviación, política y Violencia/Argentina 1910 -1955. Ediciones Ciccus. Apartado “El cuervo blanco”, pp. 51-63 y fotografías
  14. Copia del artículo “El cuervo blanco” de Alejandro Gustavo Covello, publicado en la revista Noticias e Historias de la Aviación Civil Argentina, Número 53 Otoño 2016, pp.27 a 31.
  15. Testimonio de la abuela Felipa Lalecori
  16. Incorporación de video de Entrevista de Graciela Elizabeth Bergallo a Rosa Chará y Melitona Enrique, 3 y 4 de enero de 2005
  17. Testimonio de Graciela Elizabeth Bergallo, magíster en antropología social
  18. Nota “Napalpí: memoria, olvido, silencio”, de 2008, de Graciela Elizabeth Bergallo
  19. Copia del Capítulo 3 “Escritos en el viento". Naturaleza y Cultura en el Chaco: Cosmovisiones, memorias, etnocidios y florecimientos”, escrito por la Mg. Graciela Elizabeth Bergallo, incorporado al libro El Norte Grande Argentino, editado por Mónica Ruffino, Ediciones Ciccus – Año 2017, pp. 101-124
  20. Copia del artículo de Graciela Elizabeth Bergallo, “Los Primeros Movimientos Indígenas en el Chaco. Historias y Memorias Diferentes y Desiguales”, publicado en la revista Chacú, 08 de febrero de 2010
  21. Fotocopia del D.N.I. de Melitona Enrique, sobreviviente de la Masacre, nacida el 1 de enero de 1901
    Informe Pericial de investigación de Graciela Elizabeth Bergallo para las causas: “ASOCIACIÓN COMUNITARIA COLONIA ABORIGEN CHACO S/ ACCIÓN AUTÓNOMA DE NULIDAD” (EXPTE. Número 46581/ 99) y “GERSEL ANTONIO SEFERINO C/ PROVINCIA DEL CHACO S/ DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA” EXPTE. Número 33.047/91 Y SU ACUMULADO EXPTE. Número 33.153/91, que se tramita por ante el Superior Tribunal de Justicia del Chaco
  22. Copia de nota de Graciela E. Bergallo en diario La Región, 20 de Julio del 2008, titulada: “Napalpí, Memoria, Olvido, Silencio
  23. Copia de nota de Graciela E. Bergallo en diario La Región, 20 de Julio del 2008, titulada: “Culturicidio versus genocidio: La realidad indígena en el Chaco”
  24. Copia de nota del diario digital Chaco Día por Día, 5 de julio del 2013, “El Superior Tribunal de Justicia anuló un fallo de una conformación anterior: Reconocen propiedad de tierras de las que habían despojado a la Comunidad Qom”
  25. Informe Arqueológico, Antropológico y Genético del Equipo Argentino de Antropología Forense sobre la excavación arqueológica y exhumación realizada en Colonia Aborigen en la búsqueda de fosas y tumbas de víctimas de la Masacre de Napalpí, firmado por el Lic. Silvana Turner
    Cédula de notificación del juzgado para Dr. Sabadini Patricio Nicolás
    Solicitud de la Fiscalía de restitución de restos óseos encontrados a las comunidades de los pueblos Qom y Moqoit para ser depositados en el Monumento De Homenaje a las Víctimas de Napalpi
    El Juzgado Federal Solicita remisión de los restos óseos para su restitución a las comunidades indígenas y ordenó otras medidas.
    Solicitud de Colaboración a la secretaría de Derechos Humanos de la Nación y al Programa de Asistencia a Testigos para tomar vía remota y grabar el testimonio del Investigador Nicolás Iñigo Carrera
    Solicitud de incorporación de los trabajos de Nicolás Iñigo Carrera, La Colonización del Chaco, Centro Editor América Latina, 1983, y Campañas Militares y Clase Obrera. Chaco 1870-1930, Centro Editor América Latina, 1984
    24 de enero de 2021
    Incorporación de los trabajos de Nicolás Iñigo Carrera, La Colonización del Chaco, Centro Editor América Latina, 1983
    Incorporación de los trabajos de Nicolás Iñigo Carrera, Campañas Militares y Clase Obrera. Chaco 1870-1930, Centro Editor América Latina, 1984
    Solicita incorporación de trabajos de investigación de Héctor Hugo Trinchero, “Estigmas del Genocidio Indígena en el Cuerpo del Estado – Nación”, y de Diana Lenton: “Apuntes en torno a la aplicabilidad del concepto de genocidio en la Historia de las Relaciones entre el Estado Argentino y los Pueblos Originarios”, “Notas para una Recuperación de la Memoria de las Organizaciones de Militancia Indígena” y “Aporte Antropológico en un caso de evaluación de Daño Cultural”.
    5 de mayo de 2021
    Copia del Trabajo de Investigación de Héctor Hugo Trinchero, “Estigmas del Genocidio Indígena en el Cuerpo del Estado – Nación”, Revista Espacios, Número 13, 1994. Pp. 33 a 38
    Copia del Trabajo de Investigación de Diana Lenton, “Apuntes en torno a la aplicabilidad del concepto Genocidio en la Historia de las Relaciones entre el Estado Argentino y los Pueblos Originarios”, en libro Practicas Genocidas y Violencia Estatal en Perspectiva Transdisciplinar, compilado por José Luis Lanata, CONICET y Universidad Nacional de Rio Negro, 2014
    Copia del Trabajo de Investigación de Diana Lenton, “Notas para una Recuperación de la Memoria de las Organizaciones de Militancia Indígena”, revista Identidades, Número 8, junio de 2015, pp. 117 a 154
    Copia del Trabajo de Investigación de Diana Lenton: “El ‘aporte antropológico’ en un caso de evaluación de ‘daño cultural’”, ponencia del VI Congreso Red Latinoamericana de Antropología Jurídica, octubre 2008, Bogotá – Colombia

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Cuerpo 6 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 6 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Solicitud de incorporación de artículos y libros del Cuerpo 5.
  2. Incorporación del libro "Imperialismo Hispánico y Resistencia Indígena. Aportes a la Historia Cultural Chaqueña Siglos XVI, XVII y XVIII" de Julián M. Herrera, Contexto, Resistencia, 2015.
  3. Incorporación del libro "De la Algarroba al Algodón. Movimiento Milenaristas del Chaco Argentino" de Edgardo Jorge Cordeu y Alejandra Sifredi, Juárez Editor, Buenos Aires, 1971.
  4. Incorporación de “Informe sobre la Reducción de Indios Napalpí elevado a la Dirección General" de Enrique Lynch Arribalzaga, Delegado del Ministerio del Interior, Imprenta y Encuadernación de la Policía, Buenos Aires, 1914.
  5. Incorporación del documento “Memoria del Ministerio de Interior presentada al Honorable Congreso de la Nación, 1923-1924”, Establecimiento Gráfico Gerónimo Pesche, 1924, Cap. VIII, “Comisión Honoraria de Reducciones de Indios”.
  6. Incorporación del artículo “Pedagogía para Indígenas del Chaco a fines del Siglo XIX y principios del XX. La Asimilación “Dulce” por vía de la Educación y el Trabajo” de Teresa Artieda y Laura Rosso, en El sistema Educativo en la Argentina. Civilidad, derechos y autonomía, dilemas de su desarrollo histórico, Adrián Ascolani,, Editorial Laborde, Rosario.
  7. Incorporación del libro "En el país de nomeacuerdo" de Walter Delrío, Diego Escolar, Diana Lenton y Marisa Malvestitti, Editorial de la Universidad Nacional de Río Negro, 2018. Capítulo 6 “Reducir y controlar. Masacres, disciplinamiento y trabajo forzado en las reducciones estatales para indígenas de Chaco y Formosa durante el siglo XIX” de Marcelo Musante.
  8. Incorporación del libro "Las Voces de Napalpí" de Juan Chico, Editorial Contexto y Ministerio de Educación y Cultura del Gobierno del Pueblo de la Provincia del Chaco (en idioma castellano y qom, 2016.
  9. Acta manuscrita de Declaración Testimonial de Rosa Grilo, sobreviviente de la Masacre de Napalpí, del 27 de noviembre de 2018, en su domicilio del Paraje El Martillo, Lote 40, Departamento de 25 de Mayo, Machagai.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Cuerpo 5 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 5 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Incorporación de artículo "Surgimiento de los “juicios por la verdad” en la Argentina de los años noventa" de Hernán I. Schapiro en El Vuelo de Icaro: Revista de Derechos Humanos, crítica política y análisis de la economía 2002-2003, Número 2-3 (2002): 359-402.
  2. Incorporación de artículo “Revisitando Napalpí: Por una antropología dialógica de la acción social y la violencia” de Carlos Salamanca, en Revista Runa XXXI, 1, pp. 67-87, 2009.
  3. Incorporación de copias taquigráficas de las Sesiones de la Cámara de Diputados, 11 de septiembre de 1924, pp. 420-425, 375-377, 464-425.
  4. Incorporación del libro "Argentina originaria. Genocidios, saqueos y resistencias" de Darío Aranda, La Vaca, 2010.
  5. Incorporación del libro "Pedagogía de la Desmemoria. Crónicas y estrategias del genocidio invisible" de Marcelo Valko, Ediciones Peña Lillo-Continente, 2010.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Cuerpo 4 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 4 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Copias del Heraldo del Norte, Número 652, 27 de Julio de 1925, investigación periodística sobre los hechos.
  2. Autorización de la Dra. Bárbara Göbel para la utilización de las fotografías del Instituto Iberoamericano de Berlín en el juicio. Fotografías a ser usadas. Correo electrónico de Mariana Giordano solicitando autorización. Correo electrónico de la Fiscalía solicitando la autorización.
  3. Artículo “Someter por las armas, vigilar por la cámara: Estado y visualidad en el Chaco indígena” de la Dra. Mariana Giordano.
  4. Libro "Identidades en foco. Fotografía e investigación social" de Mariana Giordano y Alejandra Reyero, UNNE y CONICET, 2011. Capítulo “(Re)significando imágenes. Recepción de fotografía etnográfica de la comunidad de Colonia Aborigen-Napalpí (Chaco)” de Mariana Giordano.
  5. Artículo “Estética y ética de la imagen del otro. Miradas compartidas sobre fotografía de indígenas del Chaco” de Mariana Giordano, Instituto de Investigaciones Geohistóricas, CONICET y UNNE publicado en AISTHESIS Número 46 (2009): 65-82. ISSN 0558-3939.
  6. Formulario de solicitud de materiales del legado de Robert Lehmann Nitsche al Instituto Iberoamericano del Patrimonio Cultural Prusiano de Berlín y acuerdo sobre su utilización. Listado de materiales a reproducir. Imágenes.
  7. Artículo “Visibilidades e invisibilidades en torno a la Matanza indígena de Napalpí (Chaco, Argentina). La fotografía como artificio de amistad” de Mariana Giordano y Alejandra Reyero, en Sommaire, Vol. 2, 2012 Dialogues, pp. 79-104.
  8. Incorporación del documental “Historias fotosensibles” de Pablo Kuhnert, 2010. Se incorpora un CD.

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