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Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Fondo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Lucio Solari

  • AR-ANM-LS
  • Fondo
  • ca. 1970-1999

El fondo está compuesto por fotografías tomadas por Lucio Solari desde principios de los años 70 hasta 1999 en Argentina. El fotógrafo y reportero gráfico Lucio Solari trabajó en el diario “La Nación” por más de tres décadas y fue vicepresidente de la Asociación de Reporteros Gráficos de la República Argentina (ARGRA) en 1982 registrando, durante su trayectoria, un amplio abanico de acontecimientos históricos y actividades oficiales de los diferentes gobiernos y de la dictadura cívico-militar. El fondo reúne fotografías de diversas personalidades y acontecimientos políticos y sociales desde la década de 1970. Hay copias de fotografías del periodo dictatorial bajo el mando de Alejandro Agustín Lanusse. De 1973 se encuentran copias fotográficas de la concentración frente a la Unidad Penal Nº 2 de Devoto en espera de la liberación de los presos políticos, denominado “el Devotazo” ocurrida el 25 de mayo del año 1973; la vigilia y el arribo al aeropuerto de Ezeiza de los militantes que fueron liberados de la Unidad Penal Nº 6 de Rawson el día 26 de mayo de 1973, de la cárcel de Caseros los días 25 y 28 de mayo, del regreso de sobrevivientes de la Masacre en Trelew y de conferencias de prensa brindadas por Juan Domingo Perón en su residencia de Gaspar Campos 1065 en Vicente López. Del período vinculado a la última dictadura cívico-militar se incluyen fotografías de actividades oficiales en Mendoza y Buenos Aires en las cuales aparecen Jorge Rafael Videla, Emilio Massera, Leopoldo Fortunato Galtieri, Albano Harguindeguy, Roberto Eduardo Viola, entre otros; de marchas de Madres de Plaza de Mayo en una de las cuales aparece Aldo Pérez Esquivel; manifestaciones que se llevaron a cabo en la Ciudad de Buenos Aires durante la guerra de las Malvinas, movilizaciones sindicales contra la dictadura cívico militar durante el año 1982 y otras manifestaciones como un Camarazo realizado por reporteros gráficos también en 1982. Asimismo integran este fondo un conjunto de fotografías de episodios vinculados al período de retorno a la democracia; como también retratos fotográficos de personalidades vinculadas al gobierno de Carlos Saúl Menem y múltiples actividades realizadas por los organismos de derechos humanos durante las décadas 1980 y 1990.

Solari, Lucio

Fotógrafos y Fotógrafas

Esta subserie reúne entrevistas realizadas a reporteros/as gráficos/as y fotógrafos/as que han desarrollado su trabajo profesional durante las últimas décadas. Sus voces enlazan las trayectorias singulares con los acontecimientos históricos más importantes de la historia reciente de nuestro país.
Sus testimonios se ligan al valioso y profuso fondo fotográfico que guarda y preserva el Archivo Nacional de la Memoria, aportando aspectos relacionados a las condiciones de producción de las imágenes. Parte de los y las fotógrafas entrevistadas han donado al ANM sus colecciones personales para la consulta pública

Fundamentos de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Fundamentos de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" elaborados por el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia el día 30 de junio de 2022 en el marco del Expediente FRE 9846/2019. La estructura de la sentencia es la siguiente:
1) Análisis de las pruebas dividida en tres períodos comprendidos entre antes, durante y después de la Masacre de Napalpí.
2) Síntesis del hecho probado y su calificación legal.
3) ¿Es un delito de lesa humanidad cometido en el marco de un proceso de genocidio contra las comunidades indígenas?
4) Planteo de invalidez realizado por la Fiscalía Federal respecto del expediente N° 910/1924.
5) Medidas de reparación.
6) Reflexiones finales.
7) Parte dispositiva.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Goya Corrientes testimonios de Vida y Militancia

En el marco de la “Campaña Memoria es Futuro” implementada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en el año 2013, el Archivo Nacional de la Memoria realizó talleres de capacitación sobre preservación de documentos, historia oral y registro de testimonios en diversos lugares del país. Como producto de esta actividad, en la localidad de Goya, provincia de Corrientes, se evaluó la importancia de relevar testimonios de ex presas y presos políticos y de familiares de víctimas del accionar del terrorismo de Estado, teniendo en cuenta el rol específico que en la zona tuvieron las Ligas Agrarias relacionadas con la producción y elaboración del tabaco.

Informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Esta serie incluye los oficios de creación, normas de funcionamiento y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Memorias de la Diversidad Sexual

Esta subserie aloja testimonios acerca de las experiencias singulares anudadas a las históricas luchas del colectivo LGBTIQ y de la diversidad sexual en Argentina.
Resguarda narrativas sobre las violencias institucionales y sociales que atravesaron y atraviesan las condiciones de vida de las personas LGBTIQ, así como también las trayectorias biográficas y las memorias de aquellas personas que han luchado por el reconocimiento de derechos, las transformaciones sociales y las políticas de las disidencias sexo-genéricas.

Nota del Jefe del Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército Argentino al Comandante del I Cuerpo de Ejército

Nota del Jefe del Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército Argentino, firmada por el Mayor Ricardo Alberto Durcros, al Comandante del I Cuerpo de Ejército con el objeto de remitir un informe relacionado con un volante que circula por las unidades de la jurisdicción. Se adjunta el mencionado informe realizado por la Junta Nacional de la Unión de Oficiales Argentinos "Lautaro", titulado "Fuerzas Armadas: Nuestra responsabilidad ante el pueblo y la historia". Estos documentos presentan un sello con la leyenda "Estrictamente secreto y confidencial".

Oficio de solicitud de homologación de creación y funcionamiento de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Oficio al Juzgado Federal N° 1 de Resistencia del 16 de agosto de 2022 solicitando se homologue la creación y pautas de funcionamiento de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" fimado por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia, la Secretaría de Derechos Humanos y Género de la Provincia del Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Oficio judicial de ofrecimiento de pruebas para Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí

Oficio judicial de ofrecimiento de pruebas para Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí, en la que se cometieron delitos lesa humanidad, elevada por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal

Oficio judicial de requerimiento de Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí

Oficio judicial de requerimiento de Juicio por la Verdad en relación a la Masacre de Napalpí (1924), en la que se cometieron delitos lesa humanidad, elevada por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal

Panfleto del Movimiento Peronista Montonero "Sigamos resistiendo hasta vencer"

Panfleto del Movimiento Peronista Montonero "Sigamos resistiendo hasta vencer" en el que se recuerda el triunfo del 11 de marzo de 1973 con la elección de Héctor J. Cámpora a la presidencia y el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, llamando al pueblo a la resistencia frente a las desapariciones y asesinatos y la política de hambre perpetrada por las Fuerzas Armadas. Este panfleto fue probablemente recopilado por el Comando I Cuerpo de Ejército como parte de sus actividades de inteligencia.

Movimiento Peronista Montonero (MPM)

Primer informe de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Informe de estado de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" del 16 de diciembre de 2022 en el que se informa las responsabilidad asumidas por cada miembro en cuatro reuniones realizadas.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

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