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Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Fonds
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Oficio de solicitud de homologación de creación y funcionamiento de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Oficio al Juzgado Federal N° 1 de Resistencia del 16 de agosto de 2022 solicitando se homologue la creación y pautas de funcionamiento de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" fimado por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia, la Secretaría de Derechos Humanos y Género de la Provincia del Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Segundo informe de avance de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Segundo informe de estado de avance de las acciones de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" a octubre de 2023.

Argentina. Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa " Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Audiencia 1 del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Audiencia N° 1 del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" realizada el 19 de abril de 2022 en la Casa de las Culturas de Resistencia.
A continuación se detallan los distintos momentos:
29:00 Inicio de Audiencia, Palabras de la jueza Zunilda Niremperger
39:00 Presentación de la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia a cargo de Federico Carniel y Diego Vigay
53:00 Presentación de la Secretaría de Derechos Humanos y Género del Chaco, Duilio Ramírez
1:13:00 Presentación del Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH), Emiliano Núñez
1:21:00 Testimonio oral grabado, víctima Pedro Balquinta
2:03:00 Testimonio oral grabado, Rosa Grilo.
2:24:00 Testimonio oral grabado, Juan Chico.
3:07:00 Cierre de Audiencia 01

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Audiencia 2 del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Audiencia N° 2 del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" realizada el 26 de abril de 2022 en la Casa de las Culturas de Resistencia.
A continuación se detallan los distintos momentos:
54:00 Inicio de Audiencia 2
59:00 Testimonio oral, David García
1:24:00 Testimonio oral, Ramona Pinay
1:41:00 Testimonio oral, Analía Noriega
1:55:00 Testimonio oral, Mariana Giordano
2:25:00 Testimonio oral de Graciela Bergallo
3:22:00 Testimonio oral de Florencio Ruiz
3:43:00 Testimonio oral grabado de Melitona Enrique
4:33:00 Testimonio oral grabado a Rosa Chará

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Audiencia 3 del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Audiencia N° 3 del juicio de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" realizada el 27 de abril de 2022 en la Casa de las Culturas de Resistencia.
A continuación se detallan los distintos momentos:
29:00 Inicio de Audiencia 3
43:28 Testimonio oral de Neri Romero
1:18:00 Testimonio oral de Teresa Artieda
1:58:00 Testimonio oral de Laura Rosso
2:24:00 Testimonio oral de Gabriel Barrios
3:02:00 Testimonio oral de Alejandro Jasinski
3:28:00 Testimonio oral de Rubén Guillón
3:45:00 Testimonio oral de Luciano Sánchez
3:59:00 Testimonio oral de Pedro Solans
4:20:00 Testimonio oral grabado de Felipa Laleqori

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Subsecretaría del Interior (Ministerio del Interior de la Nación)

  • AR-ANM-BANADE
  • Fonds
  • 1973-1992 (1976-1983)

En el estado preliminar de tratamiento archivístico en el que se encuentra el fondo, se puede inferir que este comprende documentos de la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior, particularmente de la Dirección General de Publicaciones y la Dirección General de Seguridad Interior. La mayoría de estos documentos se vinculan con el seguimiento y tratamiento de los medios de comunicación y publicaciones realizados por ese Ministerio durante la dictadura, pero no exclusivamente.
El Ministerio del Interior, a cargo del General de Brigada Albano Harguindeguy, concentró durante la dictadura el poder de policía, es decir, la capacidad de sanción acerca de todo lo que era caracterizado como una amenaza a la Seguridad Nacional. La Subsecretaría del Interior, a cargo del Coronel José Ruiz Palacios, recibía información proveniente de: a) la Secretaría de Información Pública (SIP) tales como informes de situación psicosocial y comportamiento de medios; b) la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE): sondeos, encuestas y partes informativos sobre noticias relativas al gobierno; c) y de los distintos organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Aduana, Correos, Policía Federal, entre otros. Por este motivo, pueden encontrarse dentro del fondo notas e informes de otras dependencias del Estado nacional y provinciales.
Para la dictadura cívico-militar, el análisis de los medios de comunicación social (MCS) incluía tanto a) las publicaciones: editoriales, diarios, revistas, libros, corresponsales extranjeros, agencias de noticias, imprentas, sistemas de distribución y comercialización, vía pública –afiches, fotografías, y productoras de discos–; como b) los espectáculos: teatros y café concert, conferencias, exposiciones, congresos, entre otros. Y dentro del Ministerio del Interior quien tenía a su cargo el control sobre estos medios era la Dirección General de Publicaciones.
Por este motivo, pueden encontrarse expedientes de la Dirección General de Publicaciones a través de los cuales se tramitaban prohibiciones a publicaciones (artículos, libros, diarios, revistas) que contiene notas remitidas por diferentes organismos del estado nacional y provinciales (como la SIP, el Batallón 601 de Inteligencia, SIDE, Fuerzas Armadas, policías y gobiernos provinciales, Ministerio de Relaciones Exteriores, Municipalidad de Buenos Aires) así como de particulares denunciando la publicación. Dicha Dirección elaboraba un informe con recomendaciones de acción (sanciones, multas, prohibiciones, entre otros) que era elevado a la Subsecretaría del Interior, a la SIP, al Poder Ejecutivo y al área que lo denunció. Si finalmente se prohibía la publicación, ésta se dictada mediante decreto del PEN, por lo que en muchos casos también se encuentran los proyectos de decretos. La encargada del cumplimiento de la medida era la Policía Federal, que debía informar de lo actuado a la Dirección General de Seguridad Interior, por lo que también se pueden encontrar estas notificaciones dentro del fondo. Al respecto, se mencionan algunos ejemplos:

  • Informes, planes y notas remitidas por la Secretaría de Información Pública de Presidencia, a cargo del Capitán de Navío Carlos Pablo Carpintero.
  • Informes de situación psicosocial (que abarca entre dos y tres semanas del 29 de abril al 12 de diciembre de 1981) y el Plan Nacional de Comunicación para el año 1978.
  • Sondeos de Opinión Pública elaborados por la SIDE (Dirección de Comunicación Social), así como informes sobre actuación de los medios de comunicación.
  • Informes del accionar de los medios de comunicación elaborados por la Jefatura II del Ejército Argentino del 27 de mayo al 26 de julio de 1981.
  • Nota Nº 40 remitida al Ministro del Interior por la Secretaría de Información Pública de Presidencia de la Nación, de fecha 6 de julio de 1977, con informa el análisis realizado por el Comité de Estudios en el ámbito de esa secretaría, integrado por representantes del Ministerio de Planeamiento, Interior y SIDE para analizar el seguimiento y tratamiento de los Medios de Comunicación.
  • Informe Especial 10 de octubre de 1977 titulado La subversión en los medios culturales elaborado por la Jefatura III de Operaciones del Estado Mayor General del Ejército, con anotaciones a mano sin identificar productor que contiene como anexo decretos, organigramas y órdenes vinculados a tratamiento de medios en relación a la ""subversión"".
  • Memorándum sin fecha del Ministro del Interior Harguindeguy al Presidente de la Nación donde solicita aprobación de las Bases para la Acción Gubernamental en materia de medios de comunicación escritos, sonoros y espectáculos públicos.
  • Asimismo, también se pueden encontrar notas tramitadas a través de la Dirección General de Provincias, quien era la encargada de la comunicación con las gobernaciones provinciales, vinculadas al control y censura de los medios de comunicación. Como por ejemplo, la normativa provincial relacionada con "moralidad y buenas costumbres" de varias provincias, en función de una solicitud realizada por esa Dirección General.

Por su parte, la Dirección General de Seguridad Interior, a cargo del Coronel (R) Carlos Alberto Tepedino, tenía como misión dirigir las actividades inmanentes al poder de policía y seguridad interior que le competen al Ministerio del Interior, entendiendo los aspectos funcionales y jurisdiccionales de la Policía Federal, Policía Territorial y Policías Provinciales. Por ello pueden encontrarse las comunicaciones con las diferentes policías y gobernaciones provinciales donde intercambian información referida a antecedentes de personas y/o organizaciones, allanamientos, accionar policial, movilizaciones, conflictos gremiales, entre otros.

En el fondo también pueden encontrarse organigramas, decretos, resoluciones y leyes vinculados a las funciones del Ministerio del Interior.

Argentina. Subsecretaría del Interior

Cuerpo 3 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 3 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Constancia de la Remisión del Superior Tribunal de Justicia del Chaco del Expediente Número 910 del año 1924 caratulado “Sublevación Indígena en la Reducción Napalpí” y agregado por cuerda “Legajo de Antecedentes correspondiente al Informe del Comisario José B. Machado”. Se agregan por cuerda. Se incorpora como ofrecimiento de prueba para el juicio.
  2. Respuesta del Gobierno del Chaco a Oficio Número 1029.
  3. Respuesta del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación al Oficio Número 1022. Nota Número 320 del Archivo General de la Nación dependiente del Ministerio del Interior (Se adjunta 1 CD con 12 Decretos de los años 1921, 1913, 1914, 1916, 1918, 1920, 1923 y 1932 y 91 expedientes de los años 1911 a 1933 del Fondo del Ministerio del Interior).
  4. Nota sobre incorporación de artículos de Marcelo Musante.
  5. Afiche de film "Octubre Pilagá. Relatos sobre el silencio" de Valeria Mapelman. DVD Se incorpora a la causa.
  6. Incorporación del artículo académico “Del silencio al ruido en la Historia. Prácticas genocidas y Pueblo Originarios en Argentina” de Walter Delrío, Diana Lenton, Marcelo Musante, Mariano Nagy, Alexis Papazian y Pilar Pérez. Nota de incorporación.
  7. Incorporación del artículo “Robert Lehmann Nitsche. Pruebas contundentes sobre su presencia en Napalpí en tiempos de la masacre” de Lena Dávila. Nota de incorporación.
  8. Testimonio de Lena Dávila da Rosa.
  9. Libro “La Matanza de Napalpí” coordinado por María Leonor Acuña y Julia Zullo. Artículos: “Napalpí. De la masacre a la memoria de la masacre” de Leonor Acuña y Julia Zullo; “Napalpí. La voz de la sangre” de Juan Chico y Mario Fernández. Nota de incorporación.
  10. Incorporación del libro "Octubre Pilagá. Memorias y archivos de la masacre de La Bomba" de Valeria Mapelman.
  11. Testimonio de Mariana Giordano.
  12. Incorporación del libro "Discurso e imagen sobre el indígena chaqueño" de Ediciones Al Margen.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Entrevista audiovisual a Irma Ávalos

Entrevista realizada por Hernán Gayvirosky, Nieves Frattini y L. Gabriel Méstola del Instituo Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) a Irma Ávalos. Irma relata que, durante la década de 1960 y tras el avance de las fuerzas productivas sobre los territorios ancestralmente ocupados por los Qom en lo que es la región del “Gran Chaco”, muchas familias emigraron hacia los centros más urbanizados y se instalaron en zonas marginales. En la Provincia de Buenos Aires, el núcleo de familias indígenas Qom más antiguo que se tiene registro es en la Villa IAPI, en el municipio de Quilmes. Menciona que en el lugar hay distintas organizaciones indígenas entre las cuales está la Comunidad “Yapé” de 32 familias aproximadamente. Nacida en Resistencia, Chaco en 1953, Irma Ávalos, Presidenta la Comunidad Yapé, relata que, de muy joven, la llevaron desde su tierra natal en Machagay hasta el actual barrio IAPI en Bernal, en la Provincia de Buenos Aires. Luego del desalojo de sus tierras comunitarias, junto a su abuelo se ven obligados a mudarse a Resistencia, luego a Corrientes y por último, junto a su padre se instalan provisoriamente en la Isla Maciel instalándose luego en barrio de La Boca. Recuerda sus años de vivir en comunidad en Machagai donde, junto a su abuelo, plantaban mandioca, algodón, criaban animales o viajaban juntos arriba de una valanta [carro largo tirado por caballos] donde llevaban bolsas de algodón, mandioca y hacía el trueque. En la entrevista Irma afirma “nosotros nunca sufríamos hambre, porque mi abuelo era cazador, mi papá también […] mi abuelo un piagoná, hablaba a los animales, a los pájaros”. También menciona que trabajó en Edison catorce años hasta que la echaron. Tras este despido, cuenta que se juntó con sus familiares y decidieron organizarse y armar la comunidad con su respectiva personería jurídica.

Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)

Entrevista audiovisual a Félix Díaz

Entrevista realizada por Hernán Gayvirosky, Nieves Frattini y L. Gabriel Méstola del Instituo Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) a Félix Díaz, Presidente del Consejo Consultivo y Participación de los Pueblos Indígenas de la República Argentina y líder de la Comunidad "La Primavera" Potae Napoqna Navogoh, perteneciente al pueblo Qom. Félix hace referencia a la “necesidad de garantizar la participación indígena, adecuar la legislación nacional para poder trabajar a la par del Estado garantizando la participación indígena dentro de la administración pública”. Félix, nacido en Colonia, Chaco, recuerda que en tiempos de su padre “no había leyes indígenas, tampoco DNI […] nosotros en aquel entonces éramos nómades, no teníamos escuela, subsistíamos de la caza, la recolección y las artesanías”. Luego, hace referencia a sus tiempos de niñez y juventud, mencionando que se le presentó la oportunidad de asistir a una escuela, la cual debió abandonar por la barrera cultural que se le presentó: “en mi juventud, se instala una escuela primaria ranchos en los 70, pero había una barrera cultural porque el director no entendía nada del Qom y yo tampoco del castellano y me tuve que retirarme de allí y volver al monte para seguir las actividades culturales, la caza la pesca vida muy tranquila porque éramos libre porque no había alambre no había frontera, no existía con el blanco ese problema que hay hoy”.

Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)

Fondo Guillermo Loiácono

  • AR-ANM-GL
  • Fonds
  • 1973-1990

Este fondo reúne copias digitales de negativos 35 mm que registran la militancia política y social de los años ´70 y el accionar de organizaciones sociales, políticas y los organismos de derechos humanos. Se incluyen también copias de fotografías del triunfo del presidente Héctor J. Cámpora en las elecciones de 1973, el regreso de Juan Domingo Perón al país luego del exilio y la repatriación de los restos de Eva Duarte.
Durante la dictadura Loiácono registró los actos oficiales retratando a militares, religiosos y empresarios, fotografió la creciente demanda social de familiares de detenidos desaparecidos frente al Estado, el nacimiento y desarrollo de los organismos de derechos humanos y las movilizaciones contra el gobierno de facto, así como los reclamos durante los períodos democráticos posteriores. Se destaca además un vasto registro de personalidades y acontecimientos referidos a la primera presidencia de Carlos Saúl Menem.

Loiácono, Guillermo

Testimonios de Jaime Feliciano Dri

Testimonio de Jaime Feliciano Dri brindado en Paris sobre su detención y fuga de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y del II Cuerpo de Ejército (Rosario). Incluye croquis del Casino de Oficiales de la ESMA.

Dri, Jaime Feliciano

Cuerpo 2 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 2 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Declaración testimonial de Pedro Solans.
  2. Nota con medidas de la Unidad Fiscal entre las que se mencionan:
    • Oficio al Archivo Histórico de la Provincia del Chaco solicitando Expediente Administrativo Número 403 e Informe del Gobernador del Territorio Fernando Centeno dirigida al Ministro de Interior Vicente Gallo (Libro Número 63).
    • Oficio al Ministerio del Interior de la Nación pidiendo copias de Memoria del Ministerio de 1923-1924; Informes de la Comisión Honoraria de Reducciones de Indios de 1911 a 1930; Expediente Administrativo Número 403 Letra R de 5 de agosto de 1924 de la Jefatura de Policía de Territorio del Chaco; Informe de Reducción de Indios de Napalpí de Enrique Lynch Arribálzaga de 1914 y otros similares remitidos por los encargados de la reducción hasta 1925; legajos del Gobernador Fernando Centeno y del Secretario Pedro Outes y de los agentes de policía: Diego Ulibarrie, Roberto Sáenz Loza, Pedro Antonio Kaminsky, Sargento Carlos Toro, Julio Gómez de la Fuente, Vicente Attis y Remigio Muñoz.
    • Solicitud al Congreso de la Nación copias de Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de julio a septiembre de 1924 y nota al presidente de la - Cámara del inspector de Territorios Nacionales Juan Elordi
    • Oficio a La Voz del Chaco para pedir notas del 31 de diciembre de 1923 y varias más.
    • Oficio al diario La Razón para solicitar ejemplares del 26 de agosto de 1924.
    • Oficio al Museo de Medios de la provincia de Chaco para pedir copias de ejemplares de La Voz del Chaco y El Colono de Resistencia de junio a agosto de 1924
    • Oficio al Archivo Histórico de Corrientes para pedirle copias del diario El Heraldo del Norte, edición especial del 27 de junio de 1925, número 625
    • Oficio al Museo del Hombre Chaqueño para requerir préstamo de expediente administrativo Número 403 Letra R, de 5 de agosto de 1924.
    • Oficio al Gobernador del Chaco para solicitar legajos del ex gobernador Fernando Centeno y ex secretario Pedro Outes
    • Oficio al Ministerio de Defensa de la Nación para solicitar legajos de agentes de policía: Diego Ulibarrie, Roberto Sáenz Loza, Pedro Antonio Kaminsky, Sargento Carlos Toro, Julio Gómez de la Fuente, Vicente Attis y Remigio Muñoz. Y legajo de Emilio Esquivel, sargento del Ejército de Aviación que ejerció funciones en Aero Club Chaco de Resistencia en 1924.
      Oficio al Superior Tribunal de Chaco para solicitar legajos de funcionarios: Juan Sessariego, Benito Palamedi, Jerónimo Cello. Y Solicitan en préstamo el Expediente Número 910/24
    • Oficio al Aero Club Chaco para requerir informe de comisión directiva, aeronaves y personal en 1924. Informe sobre la trayectoria allí de Emilio Esquivel y Juan Browis. Y sobre la aeronave Biplano biplaza Curtis JN90HO Resistencia II.
    • Oficio al Museo de Ciencias Naturales de La Plata, requiriendo informe sobre documentación, objetos y material óseo de etnias vinculadas a Napalpí. Y copia de un informe del antropólogo Roberto Lehman Nietsche.
  3. Testimonio de Sabino Yrigoyen, hijo de Melitona Enrique.
  4. Testimonio de Mario Yrigoyen, hijo de Melitona Enrique.
    5.Testimonio de Carmen Rosa Delgado, hija de Rosa Chará.
  5. Oficio Número 1024/14 al diario La Voz del Chaco
  6. Oficio Número 1026 a Museo de Medios de Chaco
  7. Respuesta del Museo de Medios Chaco
  8. Respuesta del Archivo Histórico de la Provincia de Corrientes
  9. Nota de la Unidad Fiscal.
  10. Orden de oficio al Archivo Histórico de la Provincia del Chaco
  11. Respuesta de Clarín / La Razón
  12. Oficio Número 1025 al Diario La Razón
  13. Respuesta del Aero Club Chaco a Oficio Número 1032.
  14. Partida de nacimiento de Carme Rosa Delgado
  15. Partida de nacimiento de Mario Yrigoyen
  16. Partida de nacimiento de Sabino Yrigoyen
  17. Respuesta del Archivo Histórico “Monseñor José Alumni”. Copia de 19 archivos digitalizados, entr ellos:
    • Copia de Nota de la Reducción Napalpí al Jefe de Policía del Territorio Nacional del Chaco, de fecha 26 de julio de 1924
    • Copia de Nota sobre “Detalle de Mercaderías” provistas al personal de Tropa y Policía Montada en la Reducción Napalpí desde el 16 de mayo al 12 de Julio
    • Copia de Nota de la Reducción Napalpí al Jefe de Policía de fecha 26 de julio de 1924
    • Copia de Nota del Comisario de Quitilipi de fecha 20 de agosto de 1924
    • Copia del Listado de tropa a cargo del Sargento Alejandro Verón
    • Copia del Listado del Personal de Gendarmería y Armamento
    • Copia del Informe del Comisario de Quitilipi
    • Copia del Informe del Interventor del Territorio Nacional del Chaco
  18. Respuesta de Ministerio de Defensa de la Nación
  19. Oficio Número 1030 al Ministerio de Defensa de la Nación
  20. Respuesta del Ejército Argentino. Dirección de Asuntos Humanitarios y Políticas de Género
  21. Memorándum de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
  22. Nota al Ministerio de Defensa
  23. Respuesta del Ministerio de Defensa
  24. Respuesta del Ejército Argentino. Dirección de Asuntos Humanitarios y Políticas de Género
  25. Respuesta del Ejército Argentino. Dirección de Personal Militar
  26. Respuesta del Ejército Argentino. Archivo General del Ejército.
  27. Respuesta del Ministerio de Defensa
  28. Respuesta del Ministerio de Interior y Transporte (Detalle de documentación hallada y remitida; Explicación y listado de expedientes y memorias; Punteo de hallazgo realizado por Mariana Nazar; Copias adjuntas en 1 CD con Memorias del Ministerio de Interior 1923-1924); Copias adjuntas en 1 CD con copias de expedientes y legajos y listado síntesis de la información de las Memorias del Ministerio del Interior entre 1914 y 1940 sobre reducciones indígenas y listado de expedientes de 1914 del Ministerio de Interior sobre reducciones indígenas).
  29. Material del segundo CD mencionado (Copia del Expediente Número 2.520/1924 del Ministerio del Interior; Copia del Expediente Número 3.776/1924 del Ministerio del Interior; Copia del Expediente Número 13.718/1914 del Ministerio del Interior; Copia del Legajo y Foja de Servicios del Oficial Roberto Sáenz Loza; Copia del Legajo y Foja de Servicios del Oficial Vicente Attis; Copia del Legajo y Foja de Servicios del Oficial Diego Tomas Ulibarrie; Memorias del Ministerio del Interior 1923-1924 que incluye informe del Departamento Nacional del Trabajo).
  30. Nota de la Unidad Fiscal. Agregan contestaciones de oficio remitidos al Ministerio de Defensa de la Nación y listado de expedientes del Ministerio de Interior de la Nación de 2014
  31. Respuesta de la Biblioteca del Congreso de la Nación
  32. Oficio a la Biblioteca del Congreso de la Nación
  33. Documentación del Congreso de la Nación (Copia del Libro de “Sesiones de la Cámara de diputados de la Nación” correspondientes a los años 1921 a 1925: 25 de julio de 1924, 3-4; 30 de julio de 1924, 50-58; 20 de agosto de 1924, 398-399; 27 de agosto de 1924, 1-2, 727-739; 3 de septiembre de 1924, 146-147, 188-190; 4 de septiembre de 1924, 191-192, 224-225, 294-332; 11 de septiembre de 1924, 337-338, 375-377, 420-464; 30 de septiembre de 1924, 916-918, 954-956, 966-972; 11 de septiembre de 1924, 362-364).
  34. Artículo académico de Marcelo Musante, “Las reducciones estatales indígenas. ¿Espacios concentracionarios o avance del proyecto civilizatorio?
  35. Artículo académico de Marcelo Musante: “El discurso como herramienta de un proceso social genocida”
  36. Nota de la Unidad Fiscal: Agregado de copia de notas libradas al Ministerio de Interior y un CD con contenido solicitado en Oficio Número 1022 (el CD mencionado se detalla en el Cuerpo 3); Agregado de contestaciones a oficios remitidos al Ministerio del Interior y Transporte)

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Artículos sobre dictadura y la lucha de Madres de Plaza de Mayo

Esta serie reúne artículos, mayormente periodísticos, acerca de la detención y desaparición de Eduardo Korsunsky así como de la dictadura en general y sobre la lucha de Madres de Plaza de Mayo, especialmente de la búsqueda de Celia Jinkis de su hijo Eduardo. De las décadas de 1970 y 1980, algunos de ellos son recortes de las solicitadas publicadas en diferentes medios por la aparición de detenidos desaparecidos, entre los cuales se menciona a Eduardo. Otros, por su parte, tienen la foto de Eduardo y un texto sobre la búsqueda de su paradero. Por otro lado, hay artículos sobre su detención y desaparición en particular y sobre la desaparición de otros pampeanos y la causa llevada adelante por la búsqueda de treinta casos.
De la década de 1990, hay dos artículos periodísticos en los que se informa acerca de la decisión de la Comisión de festejo del centenario de la Escuela N°15 "José Hernández" de no permitir un homenaje a Eduardo Sergio Korsunsky.
Asimismo hay artículos sobre Celia y su lucha, sobre los juicios por crímenes de lesa humanidad, acerca del Padre Carlos Mujica, sobre un homenaje a ex alumnos de la Escuela General Mosconi de Ingeniero White que se encuentran detenidos desaparecidos, entre otros, que reflejan las preocupaciones de Celia Jinkis y el camino de búsqueda de su hijo, tras su desaparición en 1976.

Jinkis de Korsunsky, Celia

Colección El Colectivo de la Memoria (Santa Fe)

  • AR-ANM-ECMSF
  • Collection
  • 2018 - 2022

La colección contiene treinta y cuatro entrevistas tomadas a treinta y cinco militantes realizadas por el El Colectivo de la Memoria que componen un agrupamiento titulado "Memorias de militancia santafecina de las décadas 1960, 1970, y 1980", nombre dado por sus productores. Estas entrevistas están acompañadas por un catálogo de las mismas, un folleto sobre el El Colectivo y un Diario del Juicio editado por esta organización.
Las entrevistas hacen un recorrido de la niñez de los entrevistados, su juventud así como de su acercamiento a la militancia y su trayectoria en ella. Además, algunos relatan sus experiencias en el exilio y en la vuelta a la democracia.

Colectivo de la Memoria (Santa Fe)

Serie Respuestas del Poder Judicial a la solicitud de la CONADEP de Habeas corpus

Esta serie reúne alrededor de 25.000 habeas corpus que fueron remitidos por distintas instancias del Poder Judicial de todo el país como respuesta a los requerimientos que realizara la CONADEP sobre los pedidos presentados por las familias para determinar el paradero de personas desaparecidas entre 1975 y 1983. Asimismo contiene las respuestas de distintas instancias del Poder Judicial de diversos puntos del país a la solicitud realizada por la CONADEP de nóminas de causas sobre privación ilegítima de la libertad iniciadas durante el mismo período.

Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP)

Oficio judicial de ofrecimiento de pruebas para Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí

Oficio judicial de ofrecimiento de pruebas para Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí, en la que se cometieron delitos lesa humanidad, elevada por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia del Minsiterio Público Fiscal

Fallo de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Fallo de la sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad". Parte dispositiva de la sentencia dictada por el Juzgado Federal Número 1 de Resistencia a las 12:00 horas del día 19 del mes de mayo de 2022, una vez concluidas las audiencias orales y públicas realizadas en la causa FRE 9846/2019. En ella resuelve: 1. Declarar como hechos probados de la “Masacre de Napalpí”; 2. Declarar como hecho probado que existió responsabilidad del Estado Nacional Argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento con impulso de perversidad brutal (art. 80, inc. 2 del C.P –según redacción 1921-) en reiteración de hechos que concursan entre sí, y reducción a servidumbre (art. 140 C.P) en reiteración de hechos que concursan entre sí, ambos en concurso real (art. 55 del C.P.)-, por el cual resultaron asesinadas entre 400 y 500 personas de los pueblos Moqoit y Qom en la Reducción de Indios Napalpí ubicada en Territorio Nacional del Chaco; 3. Declarar que la “Masacre de Napalpí” son crímenes de lesa humanidad, cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas; 4. Establecer que la presente sentencia constituye por sí misma una forma de reparación; 5. Reconocer como medidas adecuadas de reparación al pedido de disculpas realizado por el Gobernador de la Provincia del Chaco; 6. Establecer medidas de reparación en beneficio de las comunidades Qom y Moqoit; 7. Diferir los fundamentos de la sentencia.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

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