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Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Arquivo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Juicio a las Juntas

  • AR-ANM-JJ
  • Arquivo
  • 1983 - 2023

A través del Decreto 158 del 15 de diciembre de 1983, el gobierno de Raúl Alfonsín ordenó la realización de un juicio sumario a los integrantes de las Juntas Militares que estuvieron en el poder desde el 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de Malvinas. Tras derogar la “Ley de autoamnistía” sancionada hacia el final de la dictadura, el 28 de diciembre de 1983 el gobierno comunicó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que debía iniciar la instrucción y el juicio sumario de la que más tarde sería conocida como “Causa 13”.
Apoyándose en la ley 23.049/84 de reforma de del Código de Justicia Militar, y ante las demoras del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas para juzgar a sus pares, el 4 de octubre de 1984 la Cámara Federal desplazó al tribunal castrense y por avocación continuó con la investigación.
No obstante a cargo de la justicia penal, el proceso judicial se realizó bajo los procedimientos del Código de Justicia Militar, que imponía el juicio sumario, oral y público. Por decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones, el canal estatal de televisión, Argentina Televisora Color (ATC), registró íntegramente el desarrollo del juicio.
Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 tuvieron lugar las audiencias orales del juicio en las que prestaron declaración testimonial 833 personas citadas por las defensas y por el Ministerio Público. Entre agosto y septiembre se dio lectura a la acusación presentada por la Fiscalía y entre los meses de octubre y noviembre tuvieron lugar los alegatos de las defensas de los ex comandantes. El 9 de diciembre de 1985, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dictó sentencia fundada en el análisis de 709 casos presentados. Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera fueron condenados a reclusión perpetua; Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión; Armando Lambruschini a ocho años y Orlando Ramón Agosti a cuatro años y seis meses. Omar Domingo Rubens Graffigna, Basilio Arturo Lami Dozo, Leopoldo Fortunato Galtieri y Jorge Isaac Anaya fueron absueltos.
El fondo comprende la totalidad de las audiencias orales (530 horas) producidas en el marco del proceso judicial conocido como Juicio a las Juntas Militares, en el que se juzgó a los nueve miembros de las tres primeras Juntas Militares como responsables por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en Argentina durante la dictadura cívico-militar durante los años 1976 y 1983. Como material complementario fueron digitalizadas las actas mecanografiadas del juicio.
Asimismo, contiene copia digital de los 185 cuerpos de la Causa13/84 caratulada 'causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional'. Así como copia de las actas mecanografiadas de las manifestaciones vertidas por el Tribunal, las partes y testigos en el transcurso de la audiencia.
El fondo también reúne la documentación aportada como prueba por cada una de las partes. Se destacan los "cuadernos de la defensa" de Ramón Orlando Agosti, Leopoldo Fortunato Galtieri, Armando Lambruschini, Emilio Eduardo Massera, Jorge Rafael Videla y Roberto Eduardo Viola; así como las Directivas, Planes y Reglamentos de las tres Fuerzas Armadas. También hay copia de los expedientes del Consejo de Guerra Especial Estable. A su vez, pueden encontrarse la documentación traducida del idioma inglés aportada como cuaderno de prueba de la Fiscalía, documentación y reclamos gestionados a través de la Cancillería argentina vinculados a denuncias realizadas en el exterior y copia de la documentación aportada por los testigos.
Por su parte, pueden encontrarse copias de las denuncias vinculadas a desapariciones forzadas de personas recibidas por el Ministerio de Defensa durante el periodo de la dictadura, distintas denuncias de privación ilegítima de la libertad recibidas ante la justicia de las provincias de Entre Ríos, Mendoza y Santa Fe y copia de todos los habeas corpus presentados durante el juicio.

Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal

Cuerpo 5 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

Cuerpo 5 de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" el cual contiene los siguientes documentos:

  1. Incorporación de artículo "Surgimiento de los “juicios por la verdad” en la Argentina de los años noventa" de Hernán I. Schapiro en El Vuelo de Icaro: Revista de Derechos Humanos, crítica política y análisis de la economía 2002-2003, Número 2-3 (2002): 359-402.
  2. Incorporación de artículo “Revisitando Napalpí: Por una antropología dialógica de la acción social y la violencia” de Carlos Salamanca, en Revista Runa XXXI, 1, pp. 67-87, 2009.
  3. Incorporación de copias taquigráficas de las Sesiones de la Cámara de Diputados, 11 de septiembre de 1924, pp. 420-425, 375-377, 464-425.
  4. Incorporación del libro "Argentina originaria. Genocidios, saqueos y resistencias" de Darío Aranda, La Vaca, 2010.
  5. Incorporación del libro "Pedagogía de la Desmemoria. Crónicas y estrategias del genocidio invisible" de Marcelo Valko, Ediciones Peña Lillo-Continente, 2010.

Argentina. Unidad Fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia

Colección Carlos Alberto Creste

  • AR-ANM-CAC
  • Coleção
  • 1976-1987

La colección reúne documentación recopilada por el dramaturgo, periodista, guionista de televisión y escritor argentino Carlos Alberto Creste (1933-1996), conocido como Alberto Adellach, durante el exilio al que se vio forzado tras ser prohibido desde inicios de la dictadura cívico militar en 1976. Dos de sus hijos, de 16 y 25 años de edad, fueron secuestrados en Buenos Aires por un comando militar en la madrugada del 11 de enero de 1977 y llevados, según la familia Creste luego pudo comprobar, a Campo de Mayo, siendo liberados una semana después. Adellach se exilió en España, junto con su familia, luego en México y, finalmente, emigró a Estados Unidos. Nunca regresó a Argentina. Durante el exilio, Adellach escribió y publicó en diversos medios, asumiendo una actitud activa de denuncia de la dictadura en Argentina.
La colección, entregada por su hijo, cuenta con aproximadamente cincuenta documentos de diferente tipo como publicaciones periódicas, revistas, artículos de prensa, afiches, folletos y algunos documentos escritos por él mismo.
Entre las publicaciones se encuentra “Denuncia", periódico publicado en Nueva York y del que el profesor Pablo Pozzi era codirector. También, publicó en otros periódicos y fue uno de los responsables de la edición en castellano de "Argentina, cómo matar la cultura", inicialmente publicado en Francia. Fundó "Ediciones Tierra de Fuego", una editorial en el exilio que lanzó junto a David Viñas, Pedro Orgambide, Jorge Boccanera y Humberto Constantini. Realizó entrevistas a varios sobrevivientes de los campos de concentración, en momentos que la mayoría de ellos no habían hecho declaraciones públicas aún, como el caso de Martín Gras y otras personas detenidas en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). Otras publicaciones que forman parte de la colección son "Presencia Argentina" (año 1, número 2) con fecha de noviembre a diciembre de 1979, publicada por el Centro Argentino de Madrid; "Resumen de la actualidad Argentina" (números 73, 78, 96, 99 y 100), con fechas entre octubre de 1982 y diciembre de 1983; "Rearme" (año II, número 4 y 6) publicadas en México en 1979 y 1980. Se incluyen también algunas publicaciones de Montoneros como "Resistir es vencer" que versa sobre la contraofensiva, de octubre de 1978; "Los papeles de Walsh", del 8 de octubre de 1979, que es una compilación de fotocopias de escritos de Rodolfo Walsh, que antes habían pasado de mano en mano en la militancia montonera; dos números de "Vencer", publicados en 1979; y "Reflexiones para la construcción de una alternativa peronista montonera auténtica", de junio de 1979. Otras publicaciones son diversos boletines y folletos de Madres de Plaza de Mayo y Abuelas de Plaza de Mayo, además de un afiche en rechazo a la ley de Obediencia Debida, de junio de 1987. Se suman también algunos artículos periodísticos de Argentina, España y México sobre el Juicio a las Juntas Militares y una publicación de Amnistía Internacional "Repression 78", publicada en francés en 1978, sobre a la represión y el Mundial de 1978.
Además, hay algunos documentos reunidos por CLAMOR como "Los regímenes militares y los sindicatos en el Cono Sur", publicado en diciembre de 1981; "Desaparecidos en la Argentina", publicado en 1982; "Testimonios de La Cacha"; y un documento mecanografiado que menciona a ocho personas que dieron su testimonio en San Pablo el 20 de octubre de 1983. Del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) se incluyen algunos documentos como "Lista parcial de personas que fueron vistas en campos clandestinos de detención", sin fecha; un informe titulado "Coloquio: la políticas de desapariciones forzadas de personas", realizado en París entre el 31 de enero y el 1 de febrero de 1981; y dos folletos: "Muertos por la represión" y "Conscriptos detenidos-desaparecidos", ambos sin fechas de publicación pero con referencias a casos ocurridos en 1976.
La colección reúne asimismo algunos testimonios de la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU) como el de Norma Susana Burgos, publicado en Madrid en 1980; y el testimonio de Martín Gras, Terrorismo de estado y secuestros, ofrecido en Ginebra en diciembre de 1980 y publicado por CADHU en 1981; así como el de Ana María Moreyra, dado a conocer en México en junio de 1983. Otro testimonio es sobre Centros Clandestinos de Detención en Argentina, publicado por Amnistía Internacional en 1980 (Lista de desaparecidos y croquis). Finalemte hay un "Testimonio de Mateo y Susana" de 1979.
Además, hay algunos informes como "Informe reservado de la Junta Nacional de Carnes" sobre la Compañía Swift de La Plata S.A. y empresas vinculadas; "Tribunal permanente de los pueblos - Sesión Argentina. Informe de los hechos", escrito por Andre Jacques y presentado en Ginebra entre el 3 y 4 de mayo de 1980.
Otros documentos que forman parte de la colección son un croquis de la ESMA, que en el reverso tiene nombres de detenidos y fechas, con identificación de apodos puestos por Adellach basado en los testimonios que recibió de los que pasaron por ahí; un b0osquejo de texto titulado "El país que yo he vivido", con el subtítulo: "Relato autobiográfico de sesenta años de actividad política en Argentina", de Gregorio Levenson, con fecha de 1982; un informe “Personal que trabajó en el GT. 3.3.2 de la ESCUELA MECÁNICA DE LA ARMADA”.

Creste, Carlos Alberto