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Descripción archivística
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Colección Artículos de Publicaciones Periódicas SDH

  • AR-ANM-APPSDH
  • Colección
  • 1966 - 2004

La colección reúne artículos de publicaciones periódicas y copias de artículos de prensa que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación recopiló en el ejercicio de sus funciones. La selección realizada refiere a artículos periodísticos sobre represores, publicaciones vinculadas a la agroindustria, la defensa de derechos humanos y la búsqueda de verdad y justicia llevada a cabo por Madres de Plaza de Mayo, actualidad, el movimiento sandinista en Nicaragua, la vinculación de las iglesias con los derechos humanos, entre otros.

Argentina. Secretaría de Derechos Humanos de la Nación

Colección Horacio Pietragalla Corti

  • AR-ANM-HPC
  • Colección
  • 2021

La colección reúne copias digitales de documentos sobre Liliana Corti, nacida el 9 de mayo de 1950 en la ciudad de Buenos Aires, y Horacio Miguel Pietragalla, nacido el 3 de agosto de 1948 en la misma ciudad, quienes fueron militantes de la organización política Montoneros. También hay documentos de Horacio Pietragalla Corti, segundo hijo de la pareja, nacido el 11 de marzo de 1975.
El 15 de octubre de 1975 Horacio Miguel Pietragalla fue detenido en la ciudad de Córdoba y asesinado el 8 de noviembre del mismo año, mientras que Liliana Corti fue asesinada el 4 de agosto de 1976 en un operativo realizado en la casa donde vivía en Villa Adelina. El niño hijo de la pareja, de cinco meses, fue llevado por personal policial a la Clínica Mayo y a la Brigada Femenina de San Martín, siendo luego entregado por el teniente coronel Hernán Tetzlaff a una mujer que trabajaba como empleada doméstica en su domicilio.
En el año 2002 Pietragalla Corti inicia el proceso de reconstrucción de su identidad a través de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI). El 4 de abril de 2003 el resultado de los estudios de ADN confirmó que se trataba de Horacio, hijo de Liliana Corti y Horacio Miguel Pietragalla, constituyendo el nieto número 75 que las Abuelas de Plaza de Mayo restituyeron a su familia biológica. Los restos de Liliana Corti y los de Horacio Miguel Pietragalla fueron exhumados e identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en el año 2004 y 2003 respectivamente.
La colección está constituida por documentos personales de Liliana y Horacio Miguel, tales como la invitación al casamiento de la pareja, la libreta de familia, certificados de nacimiento y defunción, fotografías, tarjetas, postales, algunas cartas que Horacio Miguel enviaba de niño, certificado de vacunación, la cédula de identidad del Ejército, el certificado de juramento a la bandera y un programa de una obra teatral en la que actuó Pietragalla, entre otros.
Hay, además, documentación de la actividad laboral de Liliana como es la copia fiel de su legajo de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), reparado por medio del decreto 1199/12 que alcanzó a las y los empleados/as de la Administración Pública Nacional que se encontraran en condición de desaparición forzada o hayan sido asesinados/as como consecuencia de la acción del terrorismo de Estado entre 1955 y 1983. El legajo cuenta con documentos como planillas y solicitudes de licencias y antecedentes administrativos que registran licencias por detenciones y su renuncia el 01 de enero de 1976.
También se encuentran documentos vinculados al ámbito educativo de Horacio Miguel. Hay una copia de su legajo de la Universidad de Buenos Aires, donde cursó sus estudios de Sociología, y un certificado de las materias realizadas. Asimismo hay un duplicado de su título de Bachillerato nocturno realizado en el Instituto Privado Incorporado a la Enseñanza Oficial Cardoso y los correspondientes boletines de calificaciones, certificados de conducta y algunos apuntes sobre historia argentina.
Adicionalmente hay algunos artículos periodísticos sobre el retorno al país del ex Presidente Juan Domingo Perón luego del exilio en 1972.
Una gran parte de la colección se encuentra conformada por la reunión de documentos vinculados a la desaparición forzada de Horacio Miguel y Liliana en 1975 y 1976 respectivamente, así como documentación vinculada a la búsqueda y restitución de la identidad de su hijo Horacio Pietragalla Corti. En este sentido, se encuentran solicitudes de paradero de Horacio Miguel presentadas por el padre de Horacio, Gerardo Horacio Pietragalla, y por su madre, María Angélica Ventura de Pietragalla, así como las respuestas obtenidas por el Ministerio del Interior notificando el desconocimiento de la ubicación de Horacio Miguel y certificando que no se encontraba detenido. Asimismo, hay solicitudes del paradero de su nieto Horacio Pietragalla Corti. También hay notas al Ministerio del Interior enviadas por el padre de Liliana, José Antonio Corti, solicitando conocer el paradero de su nieto y la respuesta del Ministerio, mientras que, en otras notas, el padre de Liliana solicita el cuerpo de su hija. Se puede encontrar además, una copia certificada por el Archivo Provincial por la Memoria de Córdoba del expediente 186.340 de 1976 del Ministerio del Interior iniciado por Gerardo Horacio Pietragalla solicitando información sobre el paradero de su hijo y otros documentos obrantes en ese Archivo provincial. Finalmente, se añaden documentos de las causas que investigan la sustracción, desaparición, retención y ocultamiento del niño Horacio Pietragalla Corti como por ejemplo la solicitud de acumulación de las causas, citaciones judiciales a declarar, entre otros documentos que evidencian la intensa búsqueda de la verdad y la justicia por parte de la familia de Liliana y Horacio Miguel así como de organismos de Derechos Humanos como Abuelas de Plaza de Mayo.

Pietragalla Corti, Horacio

Colección María Graciela Rodríguez

  • AR-ANM-MGR
  • Colección
  • 1985 - 2006

La colección reúne treinta y cinco ejemplares del Diario del Juicio (no cuenta con el número 1 y el 25 y el número 17 se encuentra repetido); dos ejemplares de la revista Tres Puntos; un ejemplar del diario Télam; un ejemplar del suplemento especial del diario La Razón; y tres recortes de diarios. Los artículos de prensa y los diarios responden a una selección temática realizada por María Graciela Rodríguez sobre el Juicio a las Juntas y delitos de lesa humanidad.

Rodríguez, María Graciela

Colección Silvia Yulis

  • AR-ANM-SY
  • Colección
  • 1981-1986

La colección reúne recortes originales de medios periodísticos fechados entre 1981 y 1986, recopilados por un periodista estadounidense. Los artículos corresponden a medios nacionales como La Prensa, La Razón, Clarín, La Voz, Buenos Aires Herald, Crónica, Diario Popular, Tiempo Argentino, Ámbito Financiero, La Nación, Siete Días, La Semana y Gente; agencias como Diarios y Noticias (DyN) y Noticias Argentinas (NA) y el medio internacional The New York Times. Los artículos están vinculados a denuncias e imputaciones a perpetradores de crímenes de lesa humanidad, relatos de casos de personas detenidas desaparecidas, casos de personas asesinadas, nóminas de obreros desaparecidos por la dictadura cívico-militar, testimonios y entrevistas a víctimas del terrorismo de Estado, casos de apropiación de menores, fragmentos de las crónicas de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP), memorias de "La Noche los Lápices", noticias sobre denuncias de los organismos de derechos humanos. Otros artículos tratan sobre la detención y desaparición de ciudadanos y ciudadanas españoles, italianos, bolivianos, paraguayos y uruguayos y, también, sobre el hallazgo de cadáveres NN en cementerios y fosas comunes así como en las costas uruguayas, además de las exhumaciones realizadas en distintos puntos del país.
Hay además comunicados de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y publicaciones vinculadas a la democracia, la educación y la promoción de los derechos humanos.

Yulis, Silvia

Fondo Carlos Lafforgue

  • AR-ANM-CL
  • Fondo
  • 1947-2011

El Fondo reúne documentos producidos y recopilados por Carlos Lafforgue, militante vinculado al peronismo revolucionario quien, a causa de su activismo político resistente, fue detenido, encausado y encarcelado en varias oportunidades. Durante la dictadura cívico militar de 1976 a 1983 Carlos marchó al exilio donde, entre otras tareas militantes y en países como México, Francia y Suecia, formó parte del Tribunal Russell y colaboró con la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU).
Una parte del fondo se encuentra conformada por documentos que registran su vida personal y de militancia política. Se encuentran aquí una amplia variedad de publicaciones, folletos, libros, revistas, cintas magnetofónicas, discos, discursos, correspondencia, dibujos, rotrograbados, comunicados, fichas, boletines, balances, volantes, recortes periodísticos, fotos y objetos fechados entre la década del 1940 y la última del siglo XX. Hay diversos documentos vinculados a la Resistencia Peronista (1955-1973), período en el que Carlos comenzó su militancia luego del golpe de Estado ocurrido el 16 de septiembre de 1955. De esta época se pueden encontrar distintos tipos de documentos de diversas organizaciones revolucionarias, armadas y/o político-militares tanto de Argentina como de América Latina. Hay también una gran cantidad de publicaciones tales como Hechos e Ideas, Revista de Frente, La Verdad, Cristianismo y Revolución, CGT de los Argentinos, Compañero, Nuevo Hombre, De Frente con las bases peronistas, El Diario del Juicio, entre otras. Por otro lado hay numerosos documentos vinculados a distintos aspectos de la Revolución Cubana dada la temprana adhesión de Carlos Lafforgue a la misma, su estrecho vínculo con John Cooke y Alice Eguren y la participación, como delegado de la Juventud Peronista, en la Primera Conferencia Tricontinental que tuvo lugar en La Habana (Cuba) en 1967 y que delineó las políticas anti-colonialistas y antiimperialistas de la izquierda y el nacionalismo revolucionario del Tercer Mundo. Además, hay documentos como conferencias y manifiestos de la alianza revolucionaria Organización Latinoamericana de Solidaridad (O.L.A.S), surgida a partir de un evento, realizado también en La Habana en 1967 por convocatoria del gobierno cubano, y al cual Carlos Lafforgue asistió.
Una segunda parte del fondo está formado por documentos asociados a la gestión de Carlos Lafforgue como Secretario Ejecutivo del Archivo Nacional de la Memoria (ANM) y a diversos cargos ocupados en la creación y función de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación entre 2003 y 2015. Está conformado mayormente por los proyectos iniciales referidos al ANM y al predio donde funciona, informes, seminarios y diversas gestiones administrativas. En este marco, se encuentran también los informes de las distintas Comisiones de Verdad de América Latina, organismos de investigación creados con el fin de ayudar a las sociedades que han enfrentado graves situaciones de violencia política o guerra interna, a conocer las causas de la violencia, investigar los hechos de violaciones a los derechos humanos y establecer las responsabilidades jurídicas correspondientes. El trabajo de las Comisiones de la Verdad permite identificar las estructuras del terror en las diversas instancias de la sociedad. En este sentido se incluye: 1 DVD con el informe "Guatemala. Memoria del silencio" confeccionado por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de Guatemala, 1 DVD con el informe de la Comisión de la Verdad de Perú, el dos tomos con el informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación de Chile, información aportada por la Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz de Uruguay, listados de "subversivos" que pertenece al Archivo del Terror en Paraguay y otros documentos vinculados al Plan Cóndor. Finalmente se incluyen una serie de informes y documentos que refieren a la relación de empresas privadas con la última dictadura cívico-militar.

Lafforgue, Carlos Alberto

Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Fondo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia