Folleto "Muertos por represión"
- AR-ANM-CAC-0036
- Uds
- 1982
Parte deColección Carlos Alberto Creste
Folleto "Muertos por represión" publicado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
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Folleto "Muertos por represión"
Parte deColección Carlos Alberto Creste
Folleto "Muertos por represión" publicado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Folleto "Niños desaparecidos en la Argentina desde 1976"
Parte deColección Carlos Alberto Creste
Folleto "Niños desaparecidos en la Argentina desde 1976", mayo 1984. El folleto abarca el fenómeno de los niños desaparecidos y nacidos en cautiverio, la historia de Abuelas de Plaza de Mayo, las acciones que llevaron a cabo a nivel nacional e internacional, sus equipos de trabajo, actividades que desarrollan, listados de los niños desaparecidos, localizados y muertos, así como de las detenidas desaparecidas que se encontraban embarazadas, y el origen del financiamiento que recibe la Asociación.
Abuelas de Plaza de Mayo
Folleto "Niños desaparecidos: su restitución"
Parte deColección Carlos Alberto Creste
Folleto "Niños desaparecidos: su restitución". Mesa redonda realizada el 24 de octubre de 1985 en el Centro Cultural Gral. San Martín. Contiene las comunicaciones que tuvieron lugar de personalidades e instituciones del campo de la salud, educación, derecho, teología, Derechos Humanos, así como adhesiones.
Abuelas de Plaza de Mayo
Folleto "Niños desaparecidos: su restitución"
Parte deColección Carlos Alberto Creste
Folleto "Niños desaparecidos: su restitución". Conclusiones del Seminario Nacional realizado en Buenos Aires el 14 de abril de 1984. Auspiciado por Abuelas de Plaza de Mayo y organizado por el equipo jurídico-médico-psicológico de la Asociación.
Abuelas de Plaza de Mayo
Fondo Causa Judicial Camps (044)
La causa, conocida como "Causa Camps (44), se inició a raíz del Decreto 280/84, del Poder Ejecutivo Nacional con fecha 18 de enero de 1984, que dispuso someter a juicio sumario ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas al General (R) Ramón Juan Alberto Camps, con motivo de las declaraciones prestadas por el nombrado y en donde habría reconocido su participación directa en la comisión de numerosos delitos. Entre los hechos más conocidos investigados en esta megacausa se encuentran “La noche de los lápices”, el secuestro del “grupo Graiver”, los secuestros de Jacobo Timerman y Jorge Julio López y el ataque a la “casa de Calle 30 Mariani Teruggi”, incluida la apropiación de la niña Clara Anahí. Se juzgaron los secuestros, tormentos, torturas y desapariciones en perjuicio de 280 víctimas -entre ellas embarazadas, bebés nacidos en cautiverio y niños secuestrados junto a sus padres- en los centros clandestinos que funcionaron en las Brigadas de San Justo y de Investigaciones de La Plata, el Destacamento de Arana, la Comisaría 5ta de La Plata, Puesto Vasco y Comando de Operaciones Tácticas I de Martínez. En la sentencia dictada el 2 de diciembre de 1986 se dictaminó la condena de Jorge Antonio, Ramón Juan Alberto Camps, Norberto Cozzani Cabezón, Miguel Osvaldo Etchecolatz Santillán; Ovidio Pablo Ricchieri y Ovidio Pablo.
El fondo se compone de la copia digital de los 57 cuerpos la causa, las actas mecanografiadas de las sesiones y la documentación aportada como prueba por las partes durante el desarrollo del juicio.
Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal
El agrupamiento se compone de la serie de registros fílmicos del juicio oral y público que comenzó el 28 de noviembre de 2012 y finalizó con el dictado de la sentencia el 29 de noviembre de 2017 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de la Capital Federal correspondientes a la causa "ESMA unificada" (Expedientes N° 1.282, 1.286, 1.349, 1.381, 1.415, 1.492, 1.510, 1.545, 1.668, 1.689 y 1.714), también conocida como "ESMA III".
Es el tercer juicio donde se investigaron crímenes de lesa humanidad cometidos dentro del centro clandestino de detención que funcionó en la ex Escuela de Mecánica de la Armada y de los grupos operativos que actuaban allí. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 dictó 29 condenas a prisión perpetua, 19 condenas a penas entre 8 y 25 años y 6 absoluciones. Se trata de uno de los juicios orales más importantes y grandes de la historia argentina, por la cantidad víctimas, casos analizados, porque 54 acusados que pudieron escuchar sus sentencias y dieron si testimonio más de 800 personas durante las audiencias que se desarrollaron en 5 años. También fue la primera vez que el veredicto tuvo por acreditado la metodología de los denominados “vuelos de la muerte”.
Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5
El agrupamiento se compone de la serie de registros fílmicos del juicio oral y público que se desarrolló entre 2017 y 2018 en el marco la “causa Ford” (Causa N° 2855 caratulada como "Müller, Pedro y otros s/privación ilegal de la libertad") del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín.
En el juicio se investigó y condenó la participación de altos funcionarios de la empresa “Ford Motor Argentina” en las violaciones a los derechos humanos cometidas contra 24 trabajadores, algunos de ellos delegados gremiales, de la planta ubicada en la localidad de Pacheco, Provincia de Buenos Aires. El juzgamiento de las responsabilidades empresariales comenzó en el año 2002 como desprendimiento de la investigación llevada adelante contra Santiago Omar Riveros, responsable militar de la jurisdicción en la que se encontraba la planta de Ford en el momento de los hechos. A lo largo del tiempo, esta causa tramitó en tres departamentos judiciales diferentes de la justicia federal, y tardó más de once años en ser elevada a juicio. Desde el año 2014 la causa estuvo radicada en el Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín, y el inicio del juicio oral fue postergado en una ocasión. El veredicto se dictó el 11 de diciembre de 2018. El tribunal integrado por los jueces Osvaldo Alberto Facciano, Mario Jorge Gambacorta y Eugenio J. Martínez Ferrero condenó a Santiago Omar Riveros a 15 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; a Pedro Müller (Gerente de manufactura de Ford Motor Argentina) a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; y a Héctor Sibilla (Jefe de seguridad de la empresa) a 12 años de prisión e inhabilitación absoluta durante la duración de las condenas, considerando a los dos últimos partícipes necesarios en los hechos criminales. Este fallo constituyó un hito histórico en los juicios por delitos de lesa humanidad, siendo la primera sentencia condenatoria en Argentina de altos funcionarios de una firma multinacional en términos de participación empresarial en delitos de lesa humanidad.
Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1
Fondo Causa Judicial "Nicolaides Cristino y otros s/sustracción de menores"
El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa Nº 9243/07 caratulada "Nicolaides Cristrino y otros s/sustracción de menores tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7, Secretaría Nº 13. En particular, contiene los cuerpos de la causa y la documentación aportada como prueba. Según lo estipulado en el decreto del 31 de marzo de 2022 del Juez a cargo, la causa tiene como objeto "investigar la sustracción de niñas y niños que nacieron durante el cautiverio de sus madres o fueron secuestrados junto con ellas, en el marco de un plan desarrollado por los comandantes de las Fuerzas Armadas, durante la implementación del sistema clandestino de represión ejecutado en el país por la dictadura militar que usurpó el poder en el año 1976 y los hechos vinculados a tal práctica sistemática. Al respecto, gracias al caudal probatorio reunido se lograron tres elevaciones a juicio oral y se condenó a los autores materiales".
Entre la documentación de prueba, se encuentra:
Argentina. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 7
Fondo Causa Judicial "Suarez Mason Carlos Guillermo y otros sobre privación ilegal de la libertad"
El fondo se compone de la copia de la documentación producida en el marco de la causa Nº 14216/03 caratulada "Suarez Mason Carlos Guillermo y otros sobre privación ilegal de la libertad" conocida como "Primer Cuerpo del Ejército" tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3, Secretaría Nº 6. En particular, contiene los cuerpos de la causa y la documentación aportada como prueba. Además contiene copias de causas conexas, tanto los cuerpos como documentación de prueba. Entre ellas, causas Nº 00393/2001 “N.N s/privación ilegítima de la libertad”, Nº 02083-2005 “Viollaz Miguel Alcides y Mercado”, Nº 02637-2004 “Vaello Orestes y otros s-PIL - CCD Automotores Orletti”, Nº 03774-2012 “Compañía Mecanizada 10 de Pablo Podestá”, Nº 03993-2007 “Cuatrerismo”, Nº 05530-2012 “N.N. Quinta La Pastoril”, Nº 07273-2006 - Mansión Seré”, Nº 08238-2014 “Ruiz Juan Carlos”, Nº 08405-2010-T01 “D’Alessandri Obdulio y otros – PIL”, Nº 10684-2015 “Operativo calle Corro 105”, Nº 11657-2006 “N.N. S/ delito de acción pública”, Nº 11758-2006 “Bignone Reynaldo y otros”, Nº 12544-2013 “Sheraton”, Nº 12920-2016 “Pais, Alicia Rosalía”, Nº 13841-2015 “Causa CELS”, Nº 29451-2012 “Gordillo Roberto Edgardo” y Nº 42335 “Bis Rodríguez Larreta Enrique”.
La causa comprende la investigación de los hechos que se atribuyen a personal dependiente del Primer Cuerpo del Ejército o sometido operacionalmente a él, ocurridos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gran parte de la provincia de Buenos Aires y de la provincia de La Pampa, y que no fueron incluidos en la causa N° 44 incoada en virtud del decreto 280/84 del Poder Ejecutivo Nacional. La causa 14216/03 tiene su origen en la causa Nº 450 “Suarez Mason, Carlos Guillermo y otros s/ homicidio, privación de la libertad, etc.” tramitada ante la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal, como continuación de las actuaciones iniciadas en el marco del Código de Justicia Militar. La sanción de las leyes de “obediencia debida” y “punto final” implicó la paralización del trámite de las actuaciones y la suspensión del proceso, entre 1987 y 2003, con relación a aquellas personas que se encontraban legitimadas pasivamente en las mismas. La causa fue reabierta en septiembre de 2003 como consecuencia de la sanción de la ley 25.779, que declaró nulas dichas leyes. Desde el momento de la reapertura de las actuaciones, el Juzgado dispuso hasta el momento el procesamiento 100 implicados pertenecientes al Ejército Argentino y a diversas fuerzas de seguridad, incluyendo al Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional, Policía Federal y Secretaría de Inteligencia del Estado.
Argentina. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3 Secretaría 6
Fondo Causa Judicial Vesubio III
El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa N° 2522 (Lex. 14216/2003/TO9) "Rodríguez, Hubo Roberto y otros s/privación ilegal de la libertad, agravada por mediar violencia o amenazas; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos" conocida como Vesubio III, tramitada ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (TOF 4). En particular, contiene los audios de las audiencias y la documentación aportada como prueba. Entre la documentación de prueba, se encuentran:
El Centro Clandestino de Detención El Vesubio funcionó entre 1975 y 1979 en un predio del Servicio Penitenciario Federal ubicado en el cruce de Autopista Ricchieri y Camino de Cintura en el partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires. Hasta su disolución y demolición completa a raíz de la inspección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), habían pasado más de 2.500 personas de las que hubo unos pocos sobrevivientes. Este tramo del juicio analiza la responsabilidad de seis agentes del Servicio Penitenciario Federal en los crímenes perpetrados contra casi 400 víctimas. Por esta causa en las que se investigaron crímenes cometidos contra casi 400 víctimas, el Tribunal condenó a un exmilitar y a dos exagentes penitenciarios federales a prisión perpetua, e impuso penas de entre tres años y seis meses de prisión y 15 años de prisión para otros cinco acusados. A su vez, el TOF 4 declaró que los hechos juzgados fueron crímenes contra la humanidad y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres "fue específica, sistemática y planificada" y que "partió de estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido y con un claro objetivo disciplinador". También dispuso la reparación de los legajos de las víctimas estudiantes y trabajadoras para que se consigne que fueron víctimas del terrorismo de Estado.
Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4
Fondo Departamento 2 de Informaciones de la Policía de la Provincia de San Juan
Según la Ley Orgánica de la Provincia de San Juan Nº 3612, de 1970, la estructura de la policía provincial de la provincia de San Juan se componía de cinco departamentos, el D2 correspondía a Informaciones Policiales. Esta estructura se replicaba a nivel de las Fuerzas Armadas y de otras policías provinciales (D1 Personal, D2 Informaciones/Inteligencia, D3 Operaciones, D4 Logística, D5 Judicial en el caso de San Juan, también podía ser Asuntos Civiles o Territoriales en otras provincias). Los representantes del Ministerio Público Fiscal que investigaron su funcionamiento consideraron que el D-2 "realizaba el trabajo de inteligencia, y también intervenía en lo operativo"; el D-3 "prestaba el apoyo operativo a las acciones del D-2"; el D-4 "acompañaba con la logística", y el D- 5 "manejaba la información judicial existente de todas las víctimas, no así la política, que la obtenía, seleccionaba y utilizaba el D-2". A partir de la Directiva del Consejo de Defensa 1/75 del 15 de octubre de 1975, las policías provinciales quedaban bajo control operacional de las Fuerzas Armadas. En el territorio de San Juan, la policía provincial quedaba bajo las órdenes del Regimiento de Infantería de Montaña Nº 22 del Ejército.
El fondo se compone de los documentos producidos por el Departamento 2 de la Plana Mayor de la Policía Provincial, en el cumplimiento de sus funciones. Se encuentra en proceso de identificación las series documentales que lo integran. Por lo tanto, por el momento, se puede constatar solamente la existencia de fichas e informes de antecedentes y recortes periodísticos vinculados al seguimiento de personas y actividades de universidades, partidos políticos, gremios, sindicatos, entidades religiosas, entre otros.
El fondo reúne los siguientes biblioratos, que contienen lo que se detalla a continuación:
Argentina. Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de San Juan
El fondo, que es una parcialidad del mismo, reúne documentación de y sobre Patrick Rice organizada por su esposa Fátima y sus hijos. Patrick Rice fue un sacerdote irlandés, que se radicó en Argentina en la década de 1970, y fue además activista y defensor de los derechos humanos. En 1976 fue secuestrado y desaparecido junto a su esposa y, tras las presiones del gobierno irlandés, ambos fueron liberados exiliándose a Londres hasta 1984, año en que regresan a Argentina.
Dentro de los documentos que componen este fondo hay documentación personal de Patrick Rick. En este sentido destaca la correspondencia recibida y enviada por miembros de la familia Rice que, en su mayoría son cartas escritas por Patrick, dirigidas a sus madre, padre y sus seres queridos en Irlanda, aunque también hay con un conjunto de cartas dirigidas a Patrick así como otras dirigidas a otros miembros de la familia. En estas misivas se abordan temáticas son de índole personal y familiar con información sobre sus viajes y algunas cartas responden a su tarea como sacerdote. También se encuentran documentos vinculados a los Pequeños Hermanos del Evangelio de la Fraternidad Carlos De Foucaud, organización a la que ingresó en 1972.
Otra correspondencia que forma parte del fondo refiere a la actividad de Patrick Rice de denuncia de las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante las décadas de 1970 y 1980 en Latinoamérica. Asimismo forma parte de este fondo una profusa cantidad y variedad de reflexiones, escritos y poemas, manuscritos y mecanografiados, escritos por Patrick Rice. Las temáticas abordadas se encuentran vinculadas a su detención ilegal en Argentina en 1976, sus vivencias en Latinoamérica relacionadas a las graves violaciones a los derechos humanos en la región, su vida interior y religiosidad, la situación político-social de países latinoamericanos, la creación de un Centro Interreligioso en el Espacio Memoria y Derechos Humanos Ex ESMA, sobre viajes a Estados Unidos y reuniones con el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y ponencias brindadas en conferencias.
También forman parte de este fondo algunos documentos relacionados al funcionamiento de la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (FEDEFAM) de la cual Patrick Rice fue fundador y secretario general. Finalmente el fondo cuenta con artículos y publicaciones sobre violaciones a los derechos humanos así como folletos y volantes sobre el terrorismo de Estado en Argentina.
Familia Rice
Este fondo reúne copias digitales de negativos 35 mm que registran la militancia política y social de los años ´70 y el accionar de organizaciones sociales, políticas y los organismos de derechos humanos. Se incluyen también copias de fotografías del triunfo del presidente Héctor J. Cámpora en las elecciones de 1973, el regreso de Juan Domingo Perón al país luego del exilio y la repatriación de los restos de Eva Duarte.
Durante la dictadura Loiácono registró los actos oficiales retratando a militares, religiosos y empresarios, fotografió la creciente demanda social de familiares de detenidos desaparecidos frente al Estado, el nacimiento y desarrollo de los organismos de derechos humanos y las movilizaciones contra el gobierno de facto, así como los reclamos durante los períodos democráticos posteriores. Se destaca además un vasto registro de personalidades y acontecimientos referidos a la primera presidencia de Carlos Saúl Menem.
Loiácono, Guillermo
El fondo reúne los documentos audiovisuales generados por la productora Ícaro que trabaja desde sus inicios de forma independiente para agencias de noticias internacionales como CBS, BBC, ABC, Globo, Reuter, entre otras, en la realización de documentales e informes de noticias del ámbito latinoamericano.
Se trata de registros que abarcan desde el año 1982 hasta fines de la década de 1990 referidos en su mayor parte a hechos políticos y sociales, con un singular hincapié en las problemáticas de derechos humanos y temas afines. Podemos encontrar producciones relativas a Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, la guerra de Malvinas, las campañas y elección presidencial de 1983, el Juicio a las Juntas militares, las sublevaciones carapintadas, las leyes de impunidad, las campañas y elecciones de Menem, los indultos, los atentados a la Embajada de Israel y la AMIA, y diversos registros de la transición democrática en Chile y Uruguay. El fondo también incluye los ficheros originales en los cuales se consignaba información relevante de los casetes.
Ícaro Producciones SRL
Fondo José Federico Westerkamp
Esta colección contiene documentos personales y de la vida profesional y política de José Federico Westerkamp, principalmente aquellos vinculados a su participación en distintos organismos defensores de los derechos humanos, como APDH, CELS o el Movimiento por la Vida y la Paz. Se encuentran en la misma los recursos de amparo presentados en favor de su hijo Gustavo, fotografías, correspondencia, publicaciones periódicas, recortes de diarios, y artículos científicos (algunos de su autoría) sobre temas de física y energía nuclear.
José Federico “Pipo” Westerkamp nació en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en 1918. En 1949 obtuvo su doctorado en Física y Química en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Buenos Aires y más tarde una Maestría en Ciencias Fisicomatemáticas. Como científico se especializó en trabajos realizados con microondas, fue pionero de los estudios sobre el uso del láser en Argentina y Estados Unidos y siempre bregó por el uso pacífico de los diferentes tipos de energía. Perteneció al grupo de científicos al que en la primera mitad de la década de 1950 se conoció como el "Círculo Filosófico". Además, fue miembro de la Asociación de Física Argentina y de la Sociedad Científica Argentina. Junto a su esposa Ángela “Angelita” Muruzábal -Doctora en Química con diploma de honor y medalla de oro, docente universitaria en la Facultad de Medicina de la UBA y una de las fundadoras en 1955 de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN)- emigró a Estados Unidos, donde ambos se dedicaron a la docencia universitaria y a la investigación.
Su militancia y la de su esposa en el campo de los Derechos Humanos comenzó el 19 de octubre de 1975 cuando su hijo Gustavo, militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores-Ejército Revolucionario del Pueblo (PRT-ERP), fue secuestrado y puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) cuando concurrió al Regimiento de Patricios a practicarse la revisación previa a la entrada al servicio militar obligatorio. Luego de ser torturado durante dos días en dependencias de la Superintendencia de Seguridad Federal, comenzó el 21 de octubre de 1975 un recorrido por las cárceles de Villa Devoto, Sierra Chica, La Plata y Rawson, siempre sin cargos en su contra ni debido proceso judicial. Entre 1975 y 1976 Pipo y Ángelita estuvieron entre los miembros fundadores de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas (Familiares). En 1979 participaron también de la fundación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Westerkamp mismo fue arrestado dos veces: en 1981-junto a otros miembros de la Comisión Directiva de la institución- tras el intento de la Junta Militar por destruir el CELS, y luego en ese mismo año después de haber criticado a la Justicia Federal de Rawson por el mal trato a los detenidos en el penal de dicha ciudad chubutense.
Fue la primera persona en compilar un listado de científicos presos o secuestrados y luego desaparecidos durante la dictadura y distribuirlo en el extranjero. Colaboró en la confección de los primeros listados de detenidos-desaparecidos, en la presentación constante de habeas corpus, en la distribución del Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tras la visita que realizó a Argentina en septiembre de 1979 y fue también uno de los pocos varones en acompañar las marchas de los jueves de las Madres de Plaza de Mayo desde el comienzo de esa actividad militante. Aprovechando sus contactos académicos y profesionales, el matrimonio colaboró permanentemente con las organizaciones de solidaridad con Argentina que operaban en los Estados Unidos durante la dictadura.
Tras siete años como preso político, Gustavo fue puesto en libertad vigilada el 19 de septiembre de 1982 y comenzó a militar en la APDH. Padre, madre e hijo comenzaron a dedicar todos sus esfuerzos a la ayuda a las y los presos políticos que comenzaban a ser liberados o a las familias más necesitadas de los que aun continuaban presos. Westerkamp fue fundador además del Movimiento por la Vida y por la Paz (MOVIP) y en 2012 fue reconocido como Personalidad Destacada de la Ciencia y los Derechos Humanos por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ángela Muruzábal de Westerkamp falleció el 20 de enero de 2012 y José “Pipo” Westerkamp el 27 de febrero de 2014.
Westerkamp, José Federico
Fondo José Francisco Albaladejo
El fondo contiene documentación producida y recopilada por José Francisco Albaladejo a lo largo de su vida, desde mediados de la Década de 1940 hasta fines de la Década de 1980. José Francisco Albaladejo fue un oficial de la Policía Federal Argentina (PFA) quien trabajó como oficial de calle hasta 1972, luego pasó a trabajar dentro de la sección de Afilicaciones de la PFA, en 1978 pasa a disponibilidad por un sumario que se le instruye y para 1983 era el letrado apoderado de la empresa de seguridad Bechiguay, según se infiere de la documentación encontrada.
Vinculado a vida personal y a su familia, el fondo contiene una libreta escolar de Albaladejo en 6to grado del Colegio Don Bosco, negativos y fotografías familiares, correspondencia, agendas y un libro contable de ingresos y egresos desde 1956 a 1980.
Respecto de su actividad profesional, pueden encontrarse documentos que dan cuenta de su paso por la Policía Federal como dos gorros, tres charreteras, un cinturón y una dragona de sable, material de estudio de su etapa de instrucción, invitaciones a eventos sociales de su promoción N° 48 de la Escuela de Policía (año 1954), tarjetas personales, cuaderno de anotaciones y talonarios utilizados cuando era oficial de calle, su libreta de tiro, apuntes sueltos de distintos contactos, fotografías y planillas de inscripción a un torneo de fútbol juvenil de la PFA, diploma dirigido a él de los suboficiales agentes del tercer escuadrón del Cuerpo de Policía Montada (año 1961), así como boletines y gacetillas del Centro de Oficiales retirados de la PFA. Asimismo, el fondo contiene documentos de la Policía Federal Argentina que fueron recopilados por Albaladejo durante su paso por esta institución. A su vez, se encuentran documentos vinculados a su actividad luego de su retiro como Policía Federal, vinculado a agencias de seguridad, principalmente la agencia Bechiguay, de la cual Albaldejo fue apoderado.
Se destacan:
Albaladejo, José Francisco
A través del Decreto 158 del 15 de diciembre de 1983, el gobierno de Raúl Alfonsín ordenó la realización de un juicio sumario a los integrantes de las Juntas Militares que estuvieron en el poder desde el 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de Malvinas. Tras derogar la “Ley de autoamnistía” sancionada hacia el final de la dictadura, el 28 de diciembre de 1983 el gobierno comunicó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que debía iniciar la instrucción y el juicio sumario de la que más tarde sería conocida como “Causa 13”.
Apoyándose en la ley 23.049/84 de reforma de del Código de Justicia Militar, y ante las demoras del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas para juzgar a sus pares, el 4 de octubre de 1984 la Cámara Federal desplazó al tribunal castrense y por avocación continuó con la investigación.
No obstante a cargo de la justicia penal, el proceso judicial se realizó bajo los procedimientos del Código de Justicia Militar, que imponía el juicio sumario, oral y público. Por decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones, el canal estatal de televisión, Argentina Televisora Color (ATC), registró íntegramente el desarrollo del juicio.
Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 tuvieron lugar las audiencias orales del juicio en las que prestaron declaración testimonial 833 personas citadas por las defensas y por el Ministerio Público. Entre agosto y septiembre se dio lectura a la acusación presentada por la Fiscalía y entre los meses de octubre y noviembre tuvieron lugar los alegatos de las defensas de los ex comandantes. El 9 de diciembre de 1985, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dictó sentencia fundada en el análisis de 709 casos presentados. Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera fueron condenados a reclusión perpetua; Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión; Armando Lambruschini a ocho años y Orlando Ramón Agosti a cuatro años y seis meses. Omar Domingo Rubens Graffigna, Basilio Arturo Lami Dozo, Leopoldo Fortunato Galtieri y Jorge Isaac Anaya fueron absueltos.
El fondo comprende la totalidad de las audiencias orales (530 horas) producidas en el marco del proceso judicial conocido como Juicio a las Juntas Militares, en el que se juzgó a los nueve miembros de las tres primeras Juntas Militares como responsables por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en Argentina durante la dictadura cívico-militar durante los años 1976 y 1983. Como material complementario fueron digitalizadas las actas mecanografiadas del juicio.
Asimismo, contiene copia digital de los 185 cuerpos de la Causa13/84 caratulada 'causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional'. Así como copia de las actas mecanografiadas de las manifestaciones vertidas por el Tribunal, las partes y testigos en el transcurso de la audiencia.
El fondo también reúne la documentación aportada como prueba por cada una de las partes. Se destacan los "cuadernos de la defensa" de Ramón Orlando Agosti, Leopoldo Fortunato Galtieri, Armando Lambruschini, Emilio Eduardo Massera, Jorge Rafael Videla y Roberto Eduardo Viola; así como las Directivas, Planes y Reglamentos de las tres Fuerzas Armadas. También hay copia de los expedientes del Consejo de Guerra Especial Estable. A su vez, pueden encontrarse la documentación traducida del idioma inglés aportada como cuaderno de prueba de la Fiscalía, documentación y reclamos gestionados a través de la Cancillería argentina vinculados a denuncias realizadas en el exterior y copia de la documentación aportada por los testigos.
Por su parte, pueden encontrarse copias de las denuncias vinculadas a desapariciones forzadas de personas recibidas por el Ministerio de Defensa durante el periodo de la dictadura, distintas denuncias de privación ilegítima de la libertad recibidas ante la justicia de las provincias de Entre Ríos, Mendoza y Santa Fe y copia de todos los habeas corpus presentados durante el juicio.
Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal
El fondo está compuesto por fotografías tomadas por Lucio Solari desde principios de los años 70 hasta 1999 en Argentina. El fotógrafo y reportero gráfico Lucio Solari trabajó en el diario “La Nación” por más de tres décadas y fue vicepresidente de la Asociación de Reporteros Gráficos de la República Argentina (ARGRA) en 1982 registrando, durante su trayectoria, un amplio abanico de acontecimientos históricos y actividades oficiales de los diferentes gobiernos y de la dictadura cívico-militar. El fondo reúne fotografías de diversas personalidades y acontecimientos políticos y sociales desde la década de 1970. Hay copias de fotografías del periodo dictatorial bajo el mando de Alejandro Agustín Lanusse. De 1973 se encuentran copias fotográficas de la concentración frente a la Unidad Penal Nº 2 de Devoto en espera de la liberación de los presos políticos, denominado “el Devotazo” ocurrida el 25 de mayo del año 1973; la vigilia y el arribo al aeropuerto de Ezeiza de los militantes que fueron liberados de la Unidad Penal Nº 6 de Rawson el día 26 de mayo de 1973, de la cárcel de Caseros los días 25 y 28 de mayo, del regreso de sobrevivientes de la Masacre en Trelew y de conferencias de prensa brindadas por Juan Domingo Perón en su residencia de Gaspar Campos 1065 en Vicente López. Del período vinculado a la última dictadura cívico-militar se incluyen fotografías de actividades oficiales en Mendoza y Buenos Aires en las cuales aparecen Jorge Rafael Videla, Emilio Massera, Leopoldo Fortunato Galtieri, Albano Harguindeguy, Roberto Eduardo Viola, entre otros; de marchas de Madres de Plaza de Mayo en una de las cuales aparece Aldo Pérez Esquivel; manifestaciones que se llevaron a cabo en la Ciudad de Buenos Aires durante la guerra de las Malvinas, movilizaciones sindicales contra la dictadura cívico militar durante el año 1982 y otras manifestaciones como un Camarazo realizado por reporteros gráficos también en 1982. Asimismo integran este fondo un conjunto de fotografías de episodios vinculados al período de retorno a la democracia; como también retratos fotográficos de personalidades vinculadas al gobierno de Carlos Saúl Menem y múltiples actividades realizadas por los organismos de derechos humanos durante las décadas 1980 y 1990.
Solari, Lucio
Fondo Subsecretaría del Interior (Ministerio del Interior de la Nación)
En el estado preliminar de tratamiento archivístico en el que se encuentra el fondo, se puede inferir que este comprende documentos de la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior, particularmente de la Dirección General de Publicaciones y la Dirección General de Seguridad Interior. La mayoría de estos documentos se vinculan con el seguimiento y tratamiento de los medios de comunicación y publicaciones realizados por ese Ministerio durante la dictadura, pero no exclusivamente.
El Ministerio del Interior, a cargo del General de Brigada Albano Harguindeguy, concentró durante la dictadura el poder de policía, es decir, la capacidad de sanción acerca de todo lo que era caracterizado como una amenaza a la Seguridad Nacional. La Subsecretaría del Interior, a cargo del Coronel José Ruiz Palacios, recibía información proveniente de: a) la Secretaría de Información Pública (SIP) tales como informes de situación psicosocial y comportamiento de medios; b) la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE): sondeos, encuestas y partes informativos sobre noticias relativas al gobierno; c) y de los distintos organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Aduana, Correos, Policía Federal, entre otros. Por este motivo, pueden encontrarse dentro del fondo notas e informes de otras dependencias del Estado nacional y provinciales.
Para la dictadura cívico-militar, el análisis de los medios de comunicación social (MCS) incluía tanto a) las publicaciones: editoriales, diarios, revistas, libros, corresponsales extranjeros, agencias de noticias, imprentas, sistemas de distribución y comercialización, vía pública –afiches, fotografías, y productoras de discos–; como b) los espectáculos: teatros y café concert, conferencias, exposiciones, congresos, entre otros. Y dentro del Ministerio del Interior quien tenía a su cargo el control sobre estos medios era la Dirección General de Publicaciones.
Por este motivo, pueden encontrarse expedientes de la Dirección General de Publicaciones a través de los cuales se tramitaban prohibiciones a publicaciones (artículos, libros, diarios, revistas) que contiene notas remitidas por diferentes organismos del estado nacional y provinciales (como la SIP, el Batallón 601 de Inteligencia, SIDE, Fuerzas Armadas, policías y gobiernos provinciales, Ministerio de Relaciones Exteriores, Municipalidad de Buenos Aires) así como de particulares denunciando la publicación. Dicha Dirección elaboraba un informe con recomendaciones de acción (sanciones, multas, prohibiciones, entre otros) que era elevado a la Subsecretaría del Interior, a la SIP, al Poder Ejecutivo y al área que lo denunció. Si finalmente se prohibía la publicación, ésta se dictada mediante decreto del PEN, por lo que en muchos casos también se encuentran los proyectos de decretos. La encargada del cumplimiento de la medida era la Policía Federal, que debía informar de lo actuado a la Dirección General de Seguridad Interior, por lo que también se pueden encontrar estas notificaciones dentro del fondo. Al respecto, se mencionan algunos ejemplos:
Por su parte, la Dirección General de Seguridad Interior, a cargo del Coronel (R) Carlos Alberto Tepedino, tenía como misión dirigir las actividades inmanentes al poder de policía y seguridad interior que le competen al Ministerio del Interior, entendiendo los aspectos funcionales y jurisdiccionales de la Policía Federal, Policía Territorial y Policías Provinciales. Por ello pueden encontrarse las comunicaciones con las diferentes policías y gobernaciones provinciales donde intercambian información referida a antecedentes de personas y/o organizaciones, allanamientos, accionar policial, movilizaciones, conflictos gremiales, entre otros.
En el fondo también pueden encontrarse organigramas, decretos, resoluciones y leyes vinculados a las funciones del Ministerio del Interior.
Argentina. Subsecretaría del Interior
Fotogafía de Hebe Pastor de Bonafini y Adela Gard en España
Parte deColección Tiempo Argentino
Hebe Pastor Bonafini y María Adela Adela Gard de Antokoletz, Presidenta y Vicepresindenta de Madres de Plaza de Mayo, en el aeropuerto de Barajas, durante un viaje a España para reunirse con funcionarios del gobierno español. Madrid, España.
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