Juicios

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

Nota(s) sobre el origen

Mostrar nota(s)

Términos jerárquicos

Juicios

Términos equivalentes

Juicios

Términos asociados

Juicios

294 Descripción archivística results for Juicios

89 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados

Fondo Causa Judicial "Nicolaides Cristino y otros s/sustracción de menores"

  • AR-ANM-CJNC
  • Fondo
  • 1971-2022

El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa Nº 9243/07 caratulada "Nicolaides Cristrino y otros s/sustracción de menores tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7, Secretaría Nº 13. En particular, contiene los cuerpos de la causa y la documentación aportada como prueba. Según lo estipulado en el decreto del 31 de marzo de 2022 del Juez a cargo, la causa tiene como objeto "investigar la sustracción de niñas y niños que nacieron durante el cautiverio de sus madres o fueron secuestrados junto con ellas, en el marco de un plan desarrollado por los comandantes de las Fuerzas Armadas, durante la implementación del sistema clandestino de represión ejecutado en el país por la dictadura militar que usurpó el poder en el año 1976 y los hechos vinculados a tal práctica sistemática. Al respecto, gracias al caudal probatorio reunido se lograron tres elevaciones a juicio oral y se condenó a los autores materiales".
Entre la documentación de prueba, se encuentra:

  • Copias certificadas de causas judiciales de distintos Juzgados y Tribunales Federales.
  • Copias del Boletín Oficial de la provincia de Tucumán del 22 de febrero de 1984 y copia de la versión taquigráfica de la VI Reunión de la Sesión Especial de la Cámara de Diputados de Tucumán del 28 de mayo de 1985.
  • Artículos periodísticos sobre los casos vinculados a la causa.
  • Libros de registro de nacimiento del Hospital Militar de Campo de Mayo
  • Libros de registros de maternidades/nacimientos del Hospital General 601 (HMC).
  • Historias Clínicas del Hospital Militar de Campo de Mayo
  • Copias de legajos de personal militar y policial
  • Copias de libros de bautismo de la Parroquia Castrense Nuestra Señora del Loreto
  • Libro “La política racial nacionalsocialista” de Walter Darré
  • Copia de reglamentos militares
  • Libro de registro de personas detenidas de la Brigada Femenina de San Martín

Argentina. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 7

Fondo Causa Judicial "Suarez Mason Carlos Guillermo y otros sobre privación ilegal de la libertad"

  • AR-ANM-CJSM
  • Fondo
  • 2005-2022

El fondo se compone de la copia de la documentación producida en el marco de la causa Nº 14216/03 caratulada "Suarez Mason Carlos Guillermo y otros sobre privación ilegal de la libertad" conocida como "Primer Cuerpo del Ejército" tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3, Secretaría Nº 6. En particular, contiene los cuerpos de la causa y la documentación aportada como prueba. Además contiene copias de causas conexas, tanto los cuerpos como documentación de prueba. Entre ellas, causas Nº 00393/2001 “N.N s/privación ilegítima de la libertad”, Nº 02083-2005 “Viollaz Miguel Alcides y Mercado”, Nº 02637-2004 “Vaello Orestes y otros s-PIL - CCD Automotores Orletti”, Nº 03774-2012 “Compañía Mecanizada 10 de Pablo Podestá”, Nº 03993-2007 “Cuatrerismo”, Nº 05530-2012 “N.N. Quinta La Pastoril”, Nº 07273-2006 - Mansión Seré”, Nº 08238-2014 “Ruiz Juan Carlos”, Nº 08405-2010-T01 “D’Alessandri Obdulio y otros – PIL”, Nº 10684-2015 “Operativo calle Corro 105”, Nº 11657-2006 “N.N. S/ delito de acción pública”, Nº 11758-2006 “Bignone Reynaldo y otros”, Nº 12544-2013 “Sheraton”, Nº 12920-2016 “Pais, Alicia Rosalía”, Nº 13841-2015 “Causa CELS”, Nº 29451-2012 “Gordillo Roberto Edgardo” y Nº 42335 “Bis Rodríguez Larreta Enrique”.
La causa comprende la investigación de los hechos que se atribuyen a personal dependiente del Primer Cuerpo del Ejército o sometido operacionalmente a él, ocurridos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gran parte de la provincia de Buenos Aires y de la provincia de La Pampa, y que no fueron incluidos en la causa N° 44 incoada en virtud del decreto 280/84 del Poder Ejecutivo Nacional. La causa 14216/03 tiene su origen en la causa Nº 450 “Suarez Mason, Carlos Guillermo y otros s/ homicidio, privación de la libertad, etc.” tramitada ante la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal, como continuación de las actuaciones iniciadas en el marco del Código de Justicia Militar. La sanción de las leyes de “obediencia debida” y “punto final” implicó la paralización del trámite de las actuaciones y la suspensión del proceso, entre 1987 y 2003, con relación a aquellas personas que se encontraban legitimadas pasivamente en las mismas. La causa fue reabierta en septiembre de 2003 como consecuencia de la sanción de la ley 25.779, que declaró nulas dichas leyes. Desde el momento de la reapertura de las actuaciones, el Juzgado dispuso hasta el momento el procesamiento 100 implicados pertenecientes al Ejército Argentino y a diversas fuerzas de seguridad, incluyendo al Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional, Policía Federal y Secretaría de Inteligencia del Estado.

Argentina. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3 Secretaría 6

Fondo Causa Judicial Vesubio III

  • AR-ANM-CJVESUBIOIII
  • Fondo
  • 1975-2022

El fondo se compone de la documentación producida en el marco de la causa N° 2522 (Lex. 14216/2003/TO9) "Rodríguez, Hubo Roberto y otros s/privación ilegal de la libertad, agravada por mediar violencia o amenazas; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos" conocida como Vesubio III, tramitada ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (TOF 4). En particular, contiene los audios de las audiencias y la documentación aportada como prueba. Entre la documentación de prueba, se encuentran:

  • libros históricos de distintas unidades militares, juntas de calificaciones, directivas y reglamentos militares, copias de legajos de personal militar, boletines, listados de personal militar, policial y penitenciarios.
  • planos e inspecciones oculares
  • expedientes judiciales anexados a la causa
  • legajos de identificación de la Cámara Federal
  • constancia de pericias antropológicas y certificados de defunción
  • documentación de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires e informes de la Comisión Provincial por la Memoria
  • documentación aportada por el CELS que incluye artículos periodísticos, la declaración de Elena Alfaro, lista de trabajadores desaparecidos y documentos desclasificados del gobierno de Estados Unidos
  • copias de legajos CONADEP, SDH y REDEFEA y habeas corpus presentados para la búsqueda de paradero de las víctimas involucradas
  • Libros titulados "Subteniente de Caballería JCO 1977", "Derechos Humanos, Justicia y Reparación", "Vida y lucha de Vanguardia Comunista", "Genocidio en la Argentina" e "Historia Argentina contemporánea"

El Centro Clandestino de Detención El Vesubio funcionó entre 1975 y 1979 en un predio del Servicio Penitenciario Federal ubicado en el cruce de Autopista Ricchieri y Camino de Cintura en el partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires. Hasta su disolución y demolición completa a raíz de la inspección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), habían pasado más de 2.500 personas de las que hubo unos pocos sobrevivientes. Este tramo del juicio analiza la responsabilidad de seis agentes del Servicio Penitenciario Federal en los crímenes perpetrados contra casi 400 víctimas. Por esta causa en las que se investigaron crímenes cometidos contra casi 400 víctimas, el Tribunal condenó a un exmilitar y a dos exagentes penitenciarios federales a prisión perpetua, e impuso penas de entre tres años y seis meses de prisión y 15 años de prisión para otros cinco acusados. A su vez, el TOF 4 declaró que los hechos juzgados fueron crímenes contra la humanidad y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres "fue específica, sistemática y planificada" y que "partió de estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido y con un claro objetivo disciplinador". También dispuso la reparación de los legajos de las víctimas estudiantes y trabajadoras para que se consigne que fueron víctimas del terrorismo de Estado.

Argentina. Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4

Fondo Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad"

  • AR-ANM-CMNAPALPI
  • Fondo
  • 2014-2022

Este fondo contiene copia los cuerpos de la investigación preliminar de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad" inciada en 2014, la documentación agregada en instrucción suplementaria, las audiencias del juicio, el fallo y fundamentos de la sentencia y los informes de cumplimiento de la sentencia de la Unidad para la Ejecución de la Sentencia de la Causa "Masacre de Napalpí s/juicio por la Verdad".

La particularidad de este juicio se relaciona con la complejidad de la investigación judicial llevada adelante, que debió indagar sobre hechos ocurridos un siglo antes. En la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia se establece que la "Masacre de Napalpí" constituyó un crimen de lesa humanidad y da como probados los hechos que se detallan a continuación: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos. Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora. De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio, debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados/as y asesinados/as. La perpetración de la Masacre, por su propia complejidad, requirió de la previa concepción de un plan, que supuso una exhaustiva coordinación, organización logística, distribución de roles, movilización de diversos contingentes de tropas, su traslado y concentración desde varios días antes, gran cantidad de armamento y municiones, su acampe y alimentación, además del apoyo de una avioneta que realizó por lo menos, tareas de inteligencia y observación. Tales hechos ocurrieron en el contexto de la Reducción de Indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado argentino bajo la dirección civil del Ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral. Sus condiciones de vida eran deplorables, vivían hacinados/as, sin vestimenta apropiada, con poca comida y de mala calidad, sin atención médica ni posibilidad de escolarizarse. Allí les cobraban por los elementos de trabajo, como así, por las bolsas de algodón y un impuesto del 15% sobre la cosecha y costosos fletes para su traslado, a los pocos que se les dio la posibilidad de hacerlo, siendo el resto obligados/as a trabajar extensas jornadas para la Reducción o vecinos hacendados, pagándoles con vales. Asimismo, fue decretada su prohibición de salir del territorio y no podían elegir dónde y para quien trabajar. Las mujeres indígenas trabajaban intensamente y sin remuneración, eran frecuentes los abusos, es decir, en condiciones análogas a la esclavitud. Todo ello dio lugar a la protesta y reunión de alrededor de mil indígenas en la zona de El Aguará, en el interior de la Reducción, donde luego ocurrió el ataque. Una vez producida la masacre, desde el Estado se llevó adelante una estrategia de construcción de una historia oficial, a los fines de negar y encubrir la matanza, siendo presentados los hechos como un supuesto enfrentamiento entre las etnias y posterior desbande, que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas, uno de ellos el importante dirigente Pedro Maidana. La prensa oficialista reprodujo la versión brindada por los oficiales policiales y los funcionarios del gobierno del territorio, que luego avaló la justicia local, en un proceso en el que declararon solo los efectivos y civiles que participaron de la agresión, pero ningún indígena. En paralelo, el oficialismo en el Congreso de la Nación obstruyó la conformación de una Comisión Investigadora, a pesar de las aberrantes denuncias que se conocían y la existencia de testigos calificados que podían narrar aquella barbarie. La masacre provocó graves consecuencias en los sobrevivientes y en sus descendientes. Producto de ello y de una sistemática opresión, las generaciones posteriores de los pueblos Moqoit y Qom sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la pérdida de su lengua y su cultura”.

En los cuerpos de la investigación preliminar, en términos generales, se encuentran documentos jurídicos propios del desarrollo de la investigación judicial y del juicio, tales como requerimientos de la fiscalía, dictámenes del juzgado, ofrecimientos de prueba, entre otros. Además estos cuerpos contienen testimonios producidos en las dos etapas de la investigación, en instrucción y durante las audiencias orales del juicio así como también se incluyen las copias de libros, informes, artículos académicos y periodísticos y otro tipo de producción académica y no académica. Asimismo, se encuentran unidades documentales que fueron incorporadas directamente o como anexos de informes institucionales, tales como expedientes del Ministerio del Interior aportados por el Archivo General de la Nación, fotografías de relevancia pertenecientes a museos o archivos locales o extranjeros, y decretos y leyes publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cabe señalar también que, además de los cuerpos creados a partir del 2014 el fondo también contiene copia de los dos cuerpos del expediente iniciado en 1924. La organización y contenido de la documentación responde, en gran medida, a las decisiones y estrategias de la Unidad Fiscal.

Argentina. Juzgado Federal Número 1 de Resistencia

Fondo Departamento 2 de Informaciones de la Policía de la Provincia de San Juan

  • AR-ANM-D2SJ
  • Fondo
  • 1956-2003 (1967-1985)

Según la Ley Orgánica de la Provincia de San Juan Nº 3612, de 1970, la estructura de la policía provincial de la provincia de San Juan se componía de cinco departamentos, el D2 correspondía a Informaciones Policiales. Esta estructura se replicaba a nivel de las Fuerzas Armadas y de otras policías provinciales (D1 Personal, D2 Informaciones/Inteligencia, D3 Operaciones, D4 Logística, D5 Judicial en el caso de San Juan, también podía ser Asuntos Civiles o Territoriales en otras provincias). Los representantes del Ministerio Público Fiscal que investigaron su funcionamiento consideraron que el D-2 "realizaba el trabajo de inteligencia, y también intervenía en lo operativo"; el D-3 "prestaba el apoyo operativo a las acciones del D-2"; el D-4 "acompañaba con la logística", y el D- 5 "manejaba la información judicial existente de todas las víctimas, no así la política, que la obtenía, seleccionaba y utilizaba el D-2". A partir de la Directiva del Consejo de Defensa 1/75 del 15 de octubre de 1975, las policías provinciales quedaban bajo control operacional de las Fuerzas Armadas. En el territorio de San Juan, la policía provincial quedaba bajo las órdenes del Regimiento de Infantería de Montaña Nº 22 del Ejército.
El fondo se compone de los documentos producidos por el Departamento 2 de la Plana Mayor de la Policía Provincial, en el cumplimiento de sus funciones. Se encuentra en proceso de identificación las series documentales que lo integran. Por lo tanto, por el momento, se puede constatar solamente la existencia de fichas e informes de antecedentes y recortes periodísticos vinculados al seguimiento de personas y actividades de universidades, partidos políticos, gremios, sindicatos, entidades religiosas, entre otros.
El fondo reúne los siguientes biblioratos, que contienen lo que se detalla a continuación:

  • "Antecedentes de Personas (V25)": notas vinculadas a solicitudes y remisiones de antecedentes de personas, e informes de antecedentes. Se incluyen formularios con datos personales, educativos, laborales, ideológicos, gremiales, religiosos y /o judiciales.
  • "Gremios": comunicaciones, notas, recortes de prensa, volantes, artículos periodísticos, listados de comisiones directivas de distintos sindicatos, listados de organizaciones gremiales, invitaciones, designaciones, notas de peticiones de permiso para asambleas.
  • "Movimientos universitarios": recortes periodísticos de temas universitarios, certificados de alumno regular, ordenanzas internas, organigramas, listados de autoridades de universidades y folletos.
  • "Partidos políticos": recortes de prensa, listado de autoridades de los partidos, informes de inteligencia, informes de actividades, declaraciones de figuras políticas, listados de Comisiones Directivas de los partidos, volantes, boletines, listas de candidatos y volantes de votaciones.
  • "Subversión": partes de inteligencia semanales, recortes de prensa, nóminas de pasajeros, volantes, revistas, listados de automóviles que ingresan a la provincia.
  • "Entidades religiosas": Recortes de prensa, notificaciones, publicaciones y peticiones de autorizaciones.
  • "Residentes extranjeros": Recortes de prensa, solicitudes de informes de antecedentes, informes de antecedentes, cartas de ciudadanía, censos.
  • "Medios de comunicación": Listado de periodistas acreditados por el Mundial 78, artículos, recortes periodísticos sobre canales de TV, repetidoras, notas vinculadas a la prohibición de libros, y programación de medios.
  • "Personal de Informaciones policiales": Informes de novedades, memorandos, listados con nombres de personas
  • "Alta. Promoción. Baja personal policial": partes informativos semanales y Órdenes del día.
  • "Organismos de Derechos Humanos": recortes de prensa, informes de inteligencia, listados de personas desaparecidas en San Juan, volantes y folletos.
    Además, hay legajos policiales de detenidos a disposición del PEN, recortes de prensa sobre la Asocicación Amigos Sanjuaninos, memos e informes varios de los años 2002 a 2003.
    Por último, forma parte del fondo, un fichero donde figuran, ordenadas alfabéticamente, antecedentes de personas.

Argentina. Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de San Juan

Fondo Ícaro

  • AR-ANM-ICARO
  • Fondo
  • 1982-1999

El fondo reúne los documentos audiovisuales generados por la productora Ícaro que trabaja desde sus inicios de forma independiente para agencias de noticias internacionales como CBS, BBC, ABC, Globo, Reuter, entre otras, en la realización de documentales e informes de noticias del ámbito latinoamericano.
Se trata de registros que abarcan desde el año 1982 hasta fines de la década de 1990 referidos en su mayor parte a hechos políticos y sociales, con un singular hincapié en las problemáticas de derechos humanos y temas afines. Podemos encontrar producciones relativas a Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, la guerra de Malvinas, las campañas y elección presidencial de 1983, el Juicio a las Juntas militares, las sublevaciones carapintadas, las leyes de impunidad, las campañas y elecciones de Menem, los indultos, los atentados a la Embajada de Israel y la AMIA, y diversos registros de la transición democrática en Chile y Uruguay. El fondo también incluye los ficheros originales en los cuales se consignaba información relevante de los casetes.

Ícaro Producciones SRL

Fondo Juicio a las Juntas

  • AR-ANM-JJ
  • Fondo
  • 1983 - 2023

A través del Decreto 158 del 15 de diciembre de 1983, el gobierno de Raúl Alfonsín ordenó la realización de un juicio sumario a los integrantes de las Juntas Militares que estuvieron en el poder desde el 24 de marzo de 1976 hasta la guerra de Malvinas. Tras derogar la “Ley de autoamnistía” sancionada hacia el final de la dictadura, el 28 de diciembre de 1983 el gobierno comunicó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que debía iniciar la instrucción y el juicio sumario de la que más tarde sería conocida como “Causa 13”.
Apoyándose en la ley 23.049/84 de reforma de del Código de Justicia Militar, y ante las demoras del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas para juzgar a sus pares, el 4 de octubre de 1984 la Cámara Federal desplazó al tribunal castrense y por avocación continuó con la investigación.
No obstante a cargo de la justicia penal, el proceso judicial se realizó bajo los procedimientos del Código de Justicia Militar, que imponía el juicio sumario, oral y público. Por decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones, el canal estatal de televisión, Argentina Televisora Color (ATC), registró íntegramente el desarrollo del juicio.
Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 tuvieron lugar las audiencias orales del juicio en las que prestaron declaración testimonial 833 personas citadas por las defensas y por el Ministerio Público. Entre agosto y septiembre se dio lectura a la acusación presentada por la Fiscalía y entre los meses de octubre y noviembre tuvieron lugar los alegatos de las defensas de los ex comandantes. El 9 de diciembre de 1985, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dictó sentencia fundada en el análisis de 709 casos presentados. Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera fueron condenados a reclusión perpetua; Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión; Armando Lambruschini a ocho años y Orlando Ramón Agosti a cuatro años y seis meses. Omar Domingo Rubens Graffigna, Basilio Arturo Lami Dozo, Leopoldo Fortunato Galtieri y Jorge Isaac Anaya fueron absueltos.
El fondo comprende la totalidad de las audiencias orales (530 horas) producidas en el marco del proceso judicial conocido como Juicio a las Juntas Militares, en el que se juzgó a los nueve miembros de las tres primeras Juntas Militares como responsables por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en Argentina durante la dictadura cívico-militar durante los años 1976 y 1983. Como material complementario fueron digitalizadas las actas mecanografiadas del juicio.
Asimismo, contiene copia digital de los 185 cuerpos de la Causa13/84 caratulada 'causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional'. Así como copia de las actas mecanografiadas de las manifestaciones vertidas por el Tribunal, las partes y testigos en el transcurso de la audiencia.
El fondo también reúne la documentación aportada como prueba por cada una de las partes. Se destacan los "cuadernos de la defensa" de Ramón Orlando Agosti, Leopoldo Fortunato Galtieri, Armando Lambruschini, Emilio Eduardo Massera, Jorge Rafael Videla y Roberto Eduardo Viola; así como las Directivas, Planes y Reglamentos de las tres Fuerzas Armadas. También hay copia de los expedientes del Consejo de Guerra Especial Estable. A su vez, pueden encontrarse la documentación traducida del idioma inglés aportada como cuaderno de prueba de la Fiscalía, documentación y reclamos gestionados a través de la Cancillería argentina vinculados a denuncias realizadas en el exterior y copia de la documentación aportada por los testigos.
Por su parte, pueden encontrarse copias de las denuncias vinculadas a desapariciones forzadas de personas recibidas por el Ministerio de Defensa durante el periodo de la dictadura, distintas denuncias de privación ilegítima de la libertad recibidas ante la justicia de las provincias de Entre Ríos, Mendoza y Santa Fe y copia de todos los habeas corpus presentados durante el juicio.

Argentina. Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal

Fondo Sara Solarz de Osatinsky

  • AR-ANM-SSO
  • Fondo
  • 2023

El fondo reúne la documentación producida y recopilada por Sara Solarz de Osatinsky, militante por los derechos humanos, tras la detención y desaparición de su marido, Marcos Osatinsky, quien fue secuestrado en 1975, permaneció en el Centro Clandestino de Detención “Departamento N°2 de Inteligencia de la Provincia de Córdoba (D2)” y fue asesinado el mismo año. En 1976 su hijo mayor, Mario Osatinsky, y su compañera embarazada Rosa Ocampo así como su hijo menor José Osatinsky fueron asesinados en distintas localidades de la provincia de Córdoba. Sara fue secuestrada en 1977 en Capital Federal y permaneció cautiva durante dos años en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada donde asistió a más de quince partos de personas secuestradas. En 1979 fue liberada bajo un régimen de “libertad vigilada” y obligada a exiliarse a España donde permaneció el resto de su vida. Junto a Alicia Millia y Ana María Martí, quienes también habían estado secuestradas en la ESMA, elaboraron un testimonio que fue presentado ante distintos organismos internacionales, constituyendo una denuncia pionera sobre los crímenes de lesa humanidad cometidos en ese centro clandestino de detención.
El fondo reúne alguna documentación personal de Sara como pasaporte, un currículum vitae, carnet de conducir y carnet de salud así como también fotografías familiares tanto de su familia como de la familia Osatinsky, algunas de las cuales se encontraban originalmente enmarcadas, y correspondencia de Sara escrita en español y en francés entre las cuales se incluye copia de una carta de José en la que realiza un relato del noviazgo de Sara con Marcos.
Otra documentación se refiere a la desaparición y asesinato de su marido así como de sus dos hijos y su nuera embarazada y las gestiones realizadas por Sara ante diversos organismos nacionales e internacionales. Entre estos documentos se destaca una nota recibida por Sara Solarz de parte de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP) el 27 de enero de 1984, acompañada de declaraciones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, copias de notas del Diario Página 12 y correos electrónicos impresos. También, se encuentran los diversos testimonios que Sara dio: una copia del testimonio de Sara en Buenos Aires el 14 de junio de 2007, el testimonio de Sara Solarz y María Marti ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra el 22 de febrero de 1982 y de agosto de 1983, el testimonio de Sara Solarz y María Marti sobre Alicia Elena Alfonsín de Cabandie ante la Asamblea Nacional Francesa el 12 de octubre de 1979, el testimonio “Parir en la ESMA” de Sara Solarz como testigo de la apropiación de bebés. Hay también otras fotografías, vinculadas a la militancia de Marcos como por ejemplo una en la que se encuentra junto a Fernando Vaca Narvaja. Gran parte de la documentación son copias de artículos de publicaciones periódicas, de prensa y algunos artículos de investigación y libros sobre los crímenes de lesa humanidad comentidos por la dictadura cívico militar entre 1976 y 1983 así como de los juicios de condena de estos delitos. Algunos de los artículos de prensa refieren específicamente a las novedades sobre los avances en las causas de los familiares de Sara detenidos desaparecidos asesinados como por ejemplo cuando se identificó el cadáver de Mario en 1999. Por su parte, algunos de los textos de investigación son de Sara Solarz como el libro "ESMA “Traslados” Testimonio de tres liberadas", escrito por por ella junto a Ana María Marti y María Alicia Milia de Pirles editado por Ediciones Abuelas Plaza de Mayo en 1995. Finalmente, hay impresiones de correos electrónicos de Sara así como algunos documentos vinculados a la reparación de Sara por parte del Estado Argentino como la resolución que otorga beneficio económico a Sara Solarz del 07 de Junio de 2005, la petición de beneficio de la Ley reparatoria Nacional de 2015.

Solarz de Osatinsky, Sara

Fotografía de Madres de Plaza de Mayo en Tribunales

Fotografía de Madres de Plaza de Mayo frente al Palacio de Tribunales en el marco de las audiencias públicas del juicio que la Cámara Federal sigue a los ex comandantes que integraron las Juntas Militares entre 1976 y 1983. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Setton, Marcelo

Fotografía de Nelva Méndez de Falcone y María Elvira Luis

Fotografía de Nelva Méndez de Falcone (izquierda) y María Elvira Luis, quienes en 1977 fueron secuestradas y permanecieron en el centro clandestino de detención La Cacha ubicado en la localidad bonaerense de Lisandro Olmos, al realizar una presentación judicial ante el Juzgado Número 8 a cargo del Juez Dr. Carlos Peralta Calve. La Plata, Buenos Aires.

Bourdet, Jorge

Fotografías de la inspección ocular al establecimiento Cromañón

Esta parte reúne fotografías tomadas por Martín Kraut en el establecimiento Cromañón en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la inspección ocular dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal 24, a seis días de la sentencia del juicio oral por la masacre de Cromañón que tuvo lugar el 30 de diciembre de 2004.

Kraut, Martín

Fotografías de la presentación del informe sobre juicios de lesa humanidad

Esta parte reúne fotografías tomadas por Martín Kraut en la presentación del informe sobre juicios por delitos de lesa humanidad, actividad que se llevó a cabo en el Palacio de Tribunales, ubicado en Talcahuano 550, y en el que se presentó una publicación con todos los procesos juzgados desde el año 2006, incluidos los que se encontraban en proceso, con el objeto de informar a la opinión pública acerca de los actos jurisdiccionales y organizativos realizados por el Poder Judicial de la Nación para impulsar los juicios relativos a delitos de lesa humanidad en todo el país.

Kraut, Martín

Fotografías del Juicio ABO (Atlético, Banco y Olimpo)

Esta parte reúne fotografías interiores y exteriores tomadas por Martín Kraut en el juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en el marco de la última dictadura cívico militar en los Centros Clandestinos de Detención Atlético, Banco y Olimpo (ABO) a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2, en el que resultaron condenados Enrique Del Pino, Juan Carlos Avena, Julio Simón, Oscar Rolón, Guillermo Cardozo, Eufemio Uballes, Eugenio Pereyra Apestegui, Roberto Rosa, Raúl González, Eduardo Kalinec, Luis Donocik, Samuel Miara, Mario Gómez Arenas, Raúl Guglielminetti, Carlos Tepedino y Ricardo Taddei, resultando absuelto Juan Carlos Falcón.

Kraut, Martín

Fotografías del Juicio Automotores Orletti

Esta parte reúne fotografías tomadas por Martín Kraut durante el juicio a cargo del Tribunal Oral Federal 1 (TOF) que juzgó delitos de lesa humanidad cometidos en el ex Centro Clandestino de Detención Automotores Orletti en el marco de la última dictadura cívico militar, por el que se encontraban imputados Néstor Horacio Guillamondegui, Rubén Víctor Visuara, Eduardo Rodolfo Cabanillas, Raúl Antonio Guglielminetti, Honorio Carlos Martínez Ruiz y Eduardo Alfredo Ruffo.

Kraut, Martín

Fotografías del Juicio Campo de Mayo II

Esta parte reúne fotografías tomadas por Martín Kraut durante el juicio conocido como “Campo de Mayo II”, llevado adelante por el Tribunal Oral Federal Número 1 de San Martín, por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar en la jurisdicción de Campo de Mayo. Estas fotografías registran el desarrollo del proceso judicial en el que fueron juzgados y condenados el ex Presidente de facto Reynaldo Bignone, como así también Santiago Omar Riveros, Fernando Exequiel Verplaetsen, Carlos Tepedino, Jorge Osvaldo García y Eugenio Guañabens Perelló, resultando absuelto Germán Montenegro.

Kraut, Martín

Resultados 241 a 260 de 294